- Publicidad -

¿Se reactiva la causa contra González Machin?

viceintendente municipal Sergio Bohe; el gerente de Biocombustibles Chubut, Marcelo Machín; el secretario de Hidrocarburos de la Provincia, Luis Tarrío; el titular de Petrominera Chubut, Néstor Di Pierro -
18/06 – 20:00 – El procurador adjunto de la provincia, Emilio Porras Hernández, revisó ayer su negativa de informar a los concejales radicales sobre la marcha de la causa que se inició para investigar si el controvertido empresario Marcelo González Machín defraudó al estado municipal al no utilizar correctamente los casi 600.000 pesos que se le entregaron para desarrollar distintos proyectos productivos.

(OPI Chubut) – Pese a la nota en la que, semanas atrás, les comunicó que no iba a informarle a los ediles sobre el avance de la investigación, que se abrió ante la presentación de Jorge Camarda y Gustavo Borracer, el Procurador habilitó una reunión que ayer los denunciantes tuvieron con la fiscal Verona D Agoto.

En el encuentro, la fiscalía dio algunos detalles del avance de la causa y los concejales insistieron en la necesidad que se agilicen las actuaciones que, entienden, están demoradas por la implicancia política de la denuncia que, como OPI informó en su momento, afecta directamente al hoy ministro de Comercio Exterior del Chubut, Eduardo Arzani, que se desempeñó como secretario de la Producción del municipio de Comodoro cuando se resolvió la entrega de los aportes a Machín.

Más allá de las contestaciones irónicas y soeces que Machín dio a notas publicada por esta Organización Periodística Independiente, que dio cuenta de la denuncia y de su reaparición mediática, el empresario todavía debe explicar que hizo con el dinero que se le otorgó en Comodoro para desarrollar proyectos de maricultura en Caleta Córdova e instalar equipos de ahorro energético en la comuna.

Recordemos que la denuncia fue presentada por los concejales de Comodoro el pasado 9 de diciembre y que inmediatamente mereció otra presentación, con la que se buscó ganar terreno, del propio municipio que, en su momento, también informó que abrió un sumario administrativo para deslindar responsabilidades.

Los legisladores municipales sostienen que Arzani podría haber cometido el delito de malversación de fondos e incumplido los deberes de funcionario público y estafa contra el erario municipal al haber otorgado los fondos sin sustento técnico alguno y no realizar un seguimiento concreto de la realización de los proyectos. (Agencia OPI Chubut)

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

2 COMENTARIOS

  1. El modelo chubut es este ???… asi manejan los recursos de la provincia los justicialistas…. Desde diciembre estan tapando y cajoneando esta denuncia, pero la ciudadania no es boba, podran demorar un poco mas, pero la hora de la verdad llegara… corruptos, asi manejan la politica Ud. con sobornos, con desinformacion, comprando voluntades… pero poco les queda, el pueblo en las urnas les dara la espalda al justicialismo… llego la hora del cambio de color politico. arriba radicales.

  2. Si Si Mira como se reactiva!!!!!!
    SE PRESENTA – INFORMA SOBRE LA REALIDAD DE LOS HECHOS – OFRECE PRUEBA – PIDE ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES – DENUNCIA CONDUCTA DELICTIVA DE FUNCIONARIOS PUBLICOS – FUNDAMENTA – PIDE PROCESAMIENTO.
    SEÑOR FISCAL:
    ANA MARIA D´AGOSTINO, por su propio derecho, con domicilio real en calle Piquillín 3225 de la ciudad de Puerto Madryn, Provincia de Chubut y constituyendo el legal en el Estudio Jurídico de mi abogado defensor, Dr. Alejandro Daniel Fuentes ya identificado en autos, en la causa número 25.654 autos caratulados “PIS DIEZ MANUEL Y OTRO S. DENUNCIA ESTAFA A LA ADMINISTRACION PUBLICA R/D MUNICIPALIDAD C.R.”, se presenta y manifiesta.
    III – PRUEBA
    Ofrezco como prueba de lo expuesto la siguiente:
    A. DOCUMENTAL: Se agregue como documental para el expediente los citados Actos Notariales, números 968685 del 03 de Septiembre del 2008. La escritura 323, Acta de Requerimiento y constatación de fecha 16 de Noviembre de 2010 y todas sus relacionadas. Acta 043 de Certificación de firma en DECLARACION JURADA en sus 16 folios de fecha 19 de Noviembre. Actuación Notarial Colegio de Escribanos de Chubut N° 239763 de 46 fojas “Test Preocupacionales a Damnificados “ pasada ante la notaria Erika Medina de las fechas citadas.
    B. OFICIO: Se libre oficio a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia para que agreguen en original y en el total de sus fojas el expediente administrativo 2990-M-2008.
    C. PERICIAL: Se designe perito idóneo de la matrícula para que haga una revisión de los elementos obrantes en el domicilio de calle Piquillín número 3225 de Puerto Madryn y verifique la existencia de los elementos indicados en el acta adjunta y ratifique su finalidad y operatividad.
    D. RECONOCIMIENTO JUDICIAL: Se ordene un reconocimiento judicial al domicilio indicado para verificar la existencia y operatividad de los elementos incluidos en el acta adjunta.
    IV – DENUNCIA CONDUCTA ILEGAL – PIDE PROCESAMIENTO DE FUNCIONARIOS – FUNDAMENTA
    Desde nuestro punto de vista ha existido una conducta delictiva por parte de los denunciantes y así también por parte del Intendente Municipal Sr. Martín Buzzi, de quienes los denunciantes han recibido instrucciones para formular esta denuncia y de quienes también recibieron el poder a partir del cual actúan.
    En principio ha existido falsedad de parte de ellos al afirmar que la abajo firmante desde el inicio del expediente administrativo tuvo la idea de estafar al municipio y luego al afirmar que los trabajos no fueron realizados y que nunca lo seria.
    Lo anterior se funda en que del expediente 2990-M-2008 surge claro que no fueron asi las cosas y por el contrario existe toda una actividad desarrollada en el mismo y en el tiempo tendiente a cumplir lo asumido y aún más y este hecho ellos lo conocían a la perfección al momento de denunciar dado que actuaron en ese expediente como parte municipal.
    Lo indicado le cabe también al intendente dado que de él recibieron órdenes para denunciarme injustamente.
    Lo precedente tipifica la conducta de los denunciante en las previsiones normativas de los artículos 172 y 173 inc. 8 del Código Penal.
    Luego, deliberadamente omitieron agregar como documental en autos el expediente 2990-M-2008 dado que su sola lectura desbarata toda la construcción falsa elaborada en torno a este expediente. Esta conducta está tipificada en el artículo 172 como Estafa y en el artículo 173 inc 8 como retención y ocultamiento ilegal y malicioso de documentos.
    Se informa que sobre el particular fue enviada a los letrados denunciantes la carta documento adjunta la que recibió su respuesta –también adjunta- y asimismo fue remitida carta documento denunciando la conducta ilegal referida al intendente municipal, la que se agrega y que no tuvo respuesta por lo que su silencio puede interpretarse como aceptación de la acusación.
    Lo expuesto se agrava en el hecho de haber generado un movimiento judicial extraordinario falseando y ocultando la verdad y los documentos que dicen sobre la verdad.
    Consideramos que deberá iniciarse proceso judicial por la comisión de los delitos referidos a los denunciantes y al intendente municipal y entendemos que el Fiscal de la causa así debe actuar.
    V – PETITORIO
    Por todo lo expuesto, solicito:
    a. Se me tenga por presentada esta explicación de los hechos y se considere a la misma adecuada en todas sus partes.
    b. Se tenga presente y se ejecute la prueba ofrecida.
    c. Se ordene el archivo de las actuaciones sin más
    d. Se procese a los funcionarios indicados por los delitos cometidos.

    SERA JUSTICIA

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí