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La Corte Suprema declaró inconstitucional la ley que limita la cantidad de extranjeros en la pesca


28/12 – 17:15 – La Corte Suprema declaró inconstitucional la ley provincial de Santa Cruz que exigía que la mitad de la tripulación de los buques pesqueros debía estar constituida por argentinos con más de dos años de residencia en la provincia. El Máximo Tribunal consideró que la norma contrariaba al Art. 31 de la Constitución, informó el Diario Judicial en su edición del lunes pasado. En Chubut, rige una ley similar, la IX Nª 75, que también caería.

(OPI Chubut) – Por unanimidad, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la ley 2.632 y del decreto 17/03 de la provincia de Santa Cruz al aceptar una acción declarativa de certeza de la empresa Argenova S.A. La norma cuestionada exige que la tripulación de los buques pesqueros esté constituida en un 50% por ciudadanos argentinos que tengan más de dos años de residencia permanente en la provincia.

El diario judicial indicó que la empresa Argenova SA consideró asimismo que la ley provincial 2.632 legisla sobre temas de carácter federal ya regulados de un modo diverso por el artículo 40, inciso b de la ley 24.922 —régimen federal de pesca— y en consecuencia conculca el artículo 31 de la Constitución Nacional. Los jueces de la Corte, con cita al pensamiento de Alberdi, manifestaron que la “’cláusula del progreso’ comprende tanto el derecho de la empresa a ejercer una industria lícita y la consecuente libertad de contratación —también amparada por la noción de comercio del artículo 75, inciso 13— como la protección y promoción de los derechos de los trabajadores del sector, con independencia de su lugar de residencia, en orden a la ‘igualdad de oportunidades y posibilidades’ formulada en el artículo 75, inciso 19”.

Derechos constitucionales

Según informó el diario Judicial, los magistrados expresaron que “con la sanción de la ley 2.632, la provincia de Santa Cruz introdujo un privilegio a favor de sus habitantes y de aquellas personas que acrediten más de dos años de residencia en ella, que por una parte afecta a la empresa (…) y, de otro lado, no se concilia con la igualdad de derechos que consagra la Constitución Nacional entre los habitantes de las distintas provincias”.

Para la justicia “la circunstancia de que los trabajadores sean migrantes o bien residentes en una determinada provincia no puede constituirse en un factor limitante de su admisibilidad en el empleo del que se trata, sin conculcar los principios constitucionales (…)”, enfatizaron los jueces del Máximo Tribunal. (Agencia OPI Chubut)

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3 COMENTARIOS

  1. bueno, ensima que nuestros hijos que no tenemos idea donde carajo van a trabajar en nuetra bendita provincia, traen gente de afuera para ocupar lugares, o sea que tenemos que vivir esperando un puesto de algun candidato del fvs, siempre en la adm, publica, para que no se les escape la plata nuestra…mi problema, no es con la gente de afuera, es con estos hijos de mil p…s, que nos gobiernan…

  2. pescado podrido es lo que venden con ese titular, como siempre data tendenciosa y mentirosa.
    Lo que se limita es la posibilidad de establecer un minimo de tripulacion SANTACRUCEÑA, la cantidad de extranjeros como tripulantes esta limitada por legislacion nacional, la ley declarada inconstitucional establecia un minimo obligatorio de tripulantes de origen santacruceño o con 2 años de residencia en la provincia y fue promovida por la agrupacion de marineros santacruceños pàra frenar el avance de marineros correntinos.
    Una vez mas opi demuestra que pinta las cosas segun su parecer o conveniencia mas alla de lo que es verdad.

  3. realmente este gobierno es pura kk mal habida!!!, con la depredaciòn q hacen esas empresas y se hacen los ciegos, ahora le suman la mano de obra extranjera¿?¿?¿? … xq no se van a pescar a Bolivia¿?¿?..mmmmm a debe ser xq se quedaron sin mar!!! y nosotros somos buenos y los dejamos trabajar a ellos, en lugar de a los nacidos acà!!!!!!!… basta de kk!!!!!!!!!!

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