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La presidenta quiere limitar venta de tierras a extranjeros, mientras su provincia es la que menos cumple con la ley vigente


28/04 – 12:00 – Cristina Fernández de Kirchner anunció ayer que va a enviar un proyecto de protección de la tierra al Congreso. Hace dos años atrás OPI publicó un informe de la AGN donde el organismo observa que el estado no controla, admite irregularidades en la venta de tierras en la Patagonia y Santa Cruz es la provincia donde empresas y particulares extranjeros, cumplen con menos rigor, la legislación vigente.

Luego de las palabras que encendidamente diera ayer la presidenta CFK sobre un proyecto para resguardar la tierra, podemos decir que el Estado más que elaborar otras leyes, debiera hacer cumplir las que están vigentes; más aún se resalta esta contradicción al ser la presidenta oriunda de una provincia donde desde siempre se vulneran abiertamente las leyes para la adquisición de tierras por parte de extranjeros.

El 02 de febrero de 2009 en OPI publicamos una nota bajo el título “La AGN señaló que el Estado no controla, es ineficiente y admite irregularidades en la venta de tierras a extranjeros en la Región Patagónica”. Allí se expresan las observaciones emitida por un informe de la Auditoría General de la Nación donde da cuenta que la Secretaría de Seguridad Interior incumple con la exigencia de requisitos para la compra y explotación de tierras denominadas “Zona de seguridad” en áreas de frontera . Según aquel informe, Tierra del Fuego es la provincia patagónica que más cumple con la normativa vigente y Santa Cruz la que menos se ajusta a los requisitos de la ley vigente.

De aquel informe de la AGN del año 2009, transcribimos el siguiente texto:

La AGN realizó una auditoría en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Interior (SSI) del Ministerio del Interior y muestra una realidad palpable que en otros artículos hemos manifestado, pero que hoy, con la palabra oficial del organismo auditor, deja al desnudo la falencia del Estado Nacional como autoridad de contralor y ejecutor de políticas territoriales.

Santa Cruz, Chubut, Tierra del Fuego, Río Negro y Neuquén son provincias con delicado equilibrio en sus fronteras tanto por la preservación de los bosques nativos, como por la disposición estratégica de las tierras lindantes con Chile por los reservorios de agua dulce y potencialidades mineralógicas de la región.

Desde OPI nos propusimos hace tiempo buscar algún documento oficial que refrendara la sospecha que circula desde hace mucho en distintos ámbitos, sobre la entrega irregular de tierras en la región patagónica a extranjeros, personas físicas de dudosa existencia y entidades jurídicas de difícil localización.

Lo que era una simple sospecha fue corroborado por un informe de la Auditoría General de la Nación que data de finales del 2007 donde hace graves acusaciones al gobierno nacional y más precisamente al Ministerio del Interior, de no contar con los medios, no disponer los recursos y no hacer cumplir la Ley y las reglamentaciones vigentes en materia de adquisición de tierras en la zona de fronteras de las provincias patagónicas.

Por ese motivo a continuación expresaremos detalladamente las anormalidades detectadas por la auditoría y que hemos extractado para interpretar desde dónde parte la responsabilidad mayor por el cuidado de nuestra soberanía, lo cual destruye mágicamente todos los discursos políticos que se dan al respecto sobre las acciones de los gobiernos en materia del cuidado territorial y preservación del patrimonio nacional.

El objeto de la AGN

El objeto del trabajo que hizo la AGN fue auditar el control ejercido por la SSI del Ministerio del Interior en la compra de tierras por extranjeros en áreas de frontera andino patagónica y determinar su impacto en la gestión de los recursos naturales.

Se analizó la normativa aplicable, se relevó y analizó la documentación y se entrevistó a funcionarios como el Secretario de Seguridad interior, el Director Gral Técnico Administrativo, Directora de Asuntos Policiales y Legales, Director de Asuntos Técnicos de Fronteras y se desarrolló entre septiembre de 2007 y marzo de 2008.

Más allá de la preservación natural de los bosques y el mantenimiento del equilibrio del ecosistema que sufre el impacto por la libre disposición de las tierras sin control del Estado, la posesión o tenencia de tierras en “zonas de seguridad” de fronteras también se vincula con la presencia de agua dulce en cuencas altas que atraviesan la región Patagónica, de los que son tributarios de lagos, donde resulta imprescindible la protección del recurso en virtud de su condición estratégica para el desarrollo económico, social y cultural de la población actual.

Por otro lado en esta región se encuentran importantes parques nacionales como el Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo, Los Alerces, Los Glaciares y Tierra del Fuego que constituyen, además, un polo de atracción turística mundial.

La “Zona de Seguridad” comprende una franja a lo largo de la frontera terrestre y marítima y una cintura alrededor de los establecimientos militares y civiles del interior que interesan especialmente a la defensa del país.

El ancho de las zonas fijas lo establece el Poder Ejecutivo según la situación, la población, los recursos y los intereses de defensa nacional. Ese ancho no puede exceder en ningún caso los 150 kms en la frontera terrestre, los 50 Kms en la frontera marítima y los 30 kms en las zonas del interior, tal lo establece el Decreto Ley 15.385/44.

¿Qué dicen las normas?

La Secretaría de Seguridad Interior, dependiente del Ministerio del Interior es el organismo coordinador, orientador y asesor de las autoridades nacionales, provinciales y municipales que desarrollan actividades en en las Zonas de Seguridad y que directa o indirectamente atañen a la Defensa nacional, tal lo regula y establece la Resolución SNF-CNZS Nº 175/95 y Decreto Nº 1409/96; e interviene en la aplicación de las leyes relacionadas con la preservación de la seguridad de las áreas y Zonas de fronteras y preside la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad.

De acuerdo a la Resolución SNF Nº 205/95 es de conveniencia nacional que los bienes inmuebles ubicados en la Zona de Seguridad pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos. En consecuencia para la adquisición de bienes inmuebles o la explotación de permisos y concesiones en Zonas de Seguridad existe un régimen de previa conformidad del que están exceptuados los ciudadanos argentinos nativos sin antecedentes judiciales que puedan afectar la defensa o la seguridad nacional.

Por su parte la resolución SNF Nº 205/95 las personas físicas que sean argentinos naturalizados deben acreditar años de ejercicio de la ciudadanía o años de residencia permanente en el país y el período exigido varía de acuerdo con la ubicación del inmueble que deseen adquirir y el origen del adquirente.

Sin embargo la cosa no termina allí porque la Resolución SNF-CNZS Nº 1751/95 amplía los requisitos que deben reunir las personas adquirentes de tierras y los emprendimientos en estas zonas de fronteras y señala entre estas condiciones el grado de argentinización alcanzado, la presión demográfica respecto de los países limítrofes, la existencia o no de accidentes de carácter orográfico e hidrográfico que impida o dificulten el tránsito de personas a través del límite internacional y la adecuada compatibilización de las medidas restrictivas en la materia existentes en los países limítrofes.

Trámites necesarios y obligatorios

Para tramitar la Previa conformidad se debe presentar el Formulario Nº 1 (Solictud previa de conformidad), Formulario Nº 2 (Antecedentes del solicitante), Formulario Nº 3 (Antecedentes del inmueble) y certificado de antecedentes judiciales de los solicitantes.

Asimismo la normativa por Resolución 205 establece que si las personas físicas no cumplen con los años de acreditación de la ciudadanía argentina o residencia permanente en el país, deben presentar el proyecto de inversión requerido a personas jurídicas extranjeras.

A su vez las personas jurídicas extranjeras deben presentar entre otros requisitos cuatro formularios donde constan los antecedentes de compañías, sociedades y asociaciones, el estatuto o contrato social, el Acta de constitución del último directorio y el último balance aprobado. Deben especificar el acto jurídico para el cual se solicita la “previa conformidad” y la finalidad y destino del inmueble que se pretende adquirir.

En todo proyecto de inversión los extranjeros deben presentar un proyecto de inversión donde se especifique, al menos, monto del capital a invertir, cronograma de inversión, etapas del proyecto y nacionalidad de la mano de obra a emplear.

La Resolución Nº 205/95 deja abierta la posibilidad de hacerle una gambeta al trámite engorroso, pero de ninguna manera para que se transforme en una regla la utilización de esta vía para la cesión de autorizaciones por parte de las autoridades correspondientes.

Al respecto señala que las personas jurídicas extranjeras, físicas argentinas por naturalización y físicas extranjeras que no cumplan con los requisitos particulares, serán expedidas por vía de la excepción previo de las exigencias antes detalladas. Y de la misma manera establece que la solicitud de previa conformidad que deban ser analizadas por vía de excepción estará condicionada al cumplimiento del proyecto de inversión que motiva la apertura del procedimiento.

Así cumplen las provincias

De acuerdo a los registros a los cuales tuvimos acceso y que contabilizó la Auditoria General de la Nación en la zona andino-patagónica se contabilizaron en el periodo enero 2033 – julio 2007 428 expedientes que iniciaron el trámite de “Previa conformidad” de los cuales 137 fueron aprobados.

El equipo de Auditoría revisó el 49,5% de los expedientes aprobados de ese período de acuerdo al siguiente detalle por provincia:

Santa Cruz: 54 expedientes iniciados, 20 aprobados y 12 revisados.
Chubut: 84 iniciados, 28 aprobados y 12 revisados.
Neuquén: 92 iniciados, 32 aprobados y 20 revisados.
Río Negro: 144 iniciados, 35 aprobados y 16 revisados.
Tierra del Fuego: 55 iniciados, 22 aprobados y 8 revisados.

De los expedientes que auditó la AGN se estableció que el 41º% corresponde a personas jurídicas y el 59% a personas físicas. De 41% se desagrega en un 12% a personas jurídicas extranjeras y 29% a personas jurídicas de origen nacional y el 59% está compuesto por un 35% de personas físicas extranjeras, un 6% de personas físicas nativas correspondientes a trámites de inmuebles fiscales y un 18% de personas físicas extranjeras con años de ejercicios de la ciudadanía o de residencia permanente en el país.

Bajo cumplimiento

De los expedientes revisados por la AGN resultó el siguiente nivel de cumplimiento por parte de las provincias patagónicas, de la normativa referida a la adquisición de inmuebles en Zona de frontera es el siguiente:

Santa Cruz: Cumple en un 25% la normativa, 58% hizo una presentación incompleta de los formularios y al 17% le falta alguna documentación exigida.

Chubut: Un 33% cumple con la normativa, 50% hizo una presentación incompleta de los requisitos y al 17% le falta documentación.

Neuquén: Un 60% cumple con la normativa, 40% tiene deficiencia en conformación de formularios y no se registra falta de documentación.

Río Negro: El 56% cumple la normativa, 44% han presentado en forma incompleta los formularios y no se registra falta de documentación.

Tierra del Fuego: 63% cumple la normativa, 37% no ha completado los formularios y no se encontró falta de comumentación.

Con lo cual se puede resumir que de lo auditado el 48% de los expedientes aprobados cumple con toda la normativa vigente en su totalidad y el 52% parcialmente.

Errores, omisiones (y tal vez corrupción)

Seguidamente vamos a mencionar los principales puntos donde la AGN detectó gruesas fallas que en general facilitan la adquisición de tierras en lugares prohibidos, sin la debida fiscalización, detrás de lo cual no es imposible pensar que esté el tráfico de influencias, los negociados particulares y políticos y en general un aceitado sistema de corrupción que está invariablemente enfrentado con el interés nacional.

Proyectos de inversión.

De los proyectos revisados por la AGN el 3% no contaba con el proyecto de inversión exigido y el 15% estaba incompleto, como descargo el DATF señaló que carece de estructura para inspeccionar in situ la ejecución real de los proyectos de inversión.

Accidentes orográficos e hidrográficos

Sobre la información contenida en los expedientes sobre pasos que faciliten o dificulten el tránsito por el límite internacional, se pudo establecer que el 81% no adjunta información y del 19% que adjunta el informe el 38% está firmado por el solicitante, el 31% por un profesional habilitado y el 8% por u n organismo provincial.

Vía de excepción

El 45,6% de los expedientes revisados fueron aprobados por vía de la excepción, 23 de ellos corresponden a personas físicas y 8 a personas jurídicas. Los auditores señalan que si bien la normativa considera esta vía como probable “los expedientes de personas físicas que no cumplen con los requisitos exigidos resulta significativos”, resalta la observación.

De los demás, 2 de los expedientes no presentan proyectos de inversión exigido por el Art 22 de la Res1751/95 y los 27 expedientes restantes presentaban el proyecto de inversión pero la AGN no observó un seguimiento posterior.

Copia de escritura

Los auditores corroboraron que el69% de los expedientes revisados no tenían copia de la escritura lo cual impide el conocimiento acabado de la titularidad del inmueble ubicados en zona de seguridad. El 71% de los expedientes aprobados por vía de la excepción no contaba con la escritura a pesar que es condición indispensable por normativa, adjuntarla.

Falencias detectadas

La AGN sostuvo en su informe final que la legislación en materia de “Conformidad previa” es muy endeble, dispersa, desactualizado y conforman normativas emitidas por organismos hoy inexistentes o que han perdido competencia en la materia.

Señala además que no existe un mecanismo para controlar si todas las transmisiones de dominios en Zonas de Seguridad, cumplen el requisito de “Previa conformidad”.

En el 94% de los casos no se consulta a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable para determinar la existencia de bosques nativos en los inmuebles que solicitan la “Previa conformidad”; solo el 6% presentó una nota de la SAyDS corroborando la inexistencia de bosques nativos.

No existe interrelación entre el Registro de la propiedad inmueble y Catastro de las provincias, hecho que recién ahora se estaría planificando para una instrumentación futura.

La AGN determinó que la falta de estructura estable de la DATF solo le permite conocer parcialmente el universo económico y demográfico y el estudio de los expedientes.

El Sistema de registro de Expedientes de “Previa conformidad” no se encuentra informatizado, carece de componentes técnicos que le den confiabilidad, es endeble, de acceso restringido y el soporte magnético no está protegido. (Agencia OPI Santa Cruz)

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18 COMENTARIOS

  1. ahora ya robaron mucho (en el tres a uno, se acuerdan?). Muchos amiguitos del poder tienen tierras demás.
    Ahora suena bien (además si queda menos después será un excelente negocio). Las mineras mientras tanto se llevan todo y nos hacen pelota la tierra. Quiero creerle, pero me parece especulación, solo especulación…

  2. En primer lugar kristina no es santacruceña.. ese ha sido un discurso para tener mas privilegios en esta provincia.. en segundo lugar, deberain empezar a respetar las leyes que ya existen.. todo lo que hace este gobierno siempre huele a podrido, que habrá detras de este proyecto de ley? a quien quieren beneficiar? no le creo NADA a kristina y secuaces..

  3. Pero Ale,…. no te calentés si es sabido que éste gobierno compuesto por una sartenada de inoperantes no cumple nada de lo que dice o promete!!!!!!!!!

  4. CHE AL FINAL A UDS. NO HAY NADA QUE LES VENGA BIEN…. NO SE XQ LA OPOSICION QUE SON MAYORIA NO PRESENTARON UNA LEY Y LA APROBARON PARA REGULAR LA VENTA DE TIERRAS… AHORA TODOS PROTESTAN POR PROTESTAR… CUANDO TIENEN UN LUGAR DONDE HACER NO HACEN NADA!!! TE DAS CUENTA… QUE ES LO QUE REALMENTE QUIEREN? LA CRITICA X LA CRITICA MISMA NO SIRVE Y ESTA COMPROBADO MUNDIALMENTE HAY QUE ACTUAR …. PARA UDS. SIEMPRE ESTA TODO MAL… ES ASI REALMENTE?

  5. CHE KRUELA Y ALE…CHUPAPICOS DE ESTE GOBIERNO, OJALA LES VENDAN SUS TIERRAS O LAS TOMEN POR LA FUERZA A VER SI LES GUSTA, O SEGURAMENTE ESTAN EN BUENOS AIRES CON ALGUN PANCHO FUNCIONARIO DE ESTE GOBIERNO QUE SE LAS MACETEA BIEN POR ESO OPINAN DE ESTA FORMA…..

  6. Y al final la nota no dice nada en cómo afectará la nueva ley la venta de tierras a extranjeros.
    La nota me parece excesivamente tendenciosa y la verdad no aporta mucho (por no decir nada).
    ¿Por qué OPI no explica y opina acerca del proyecto de ley? Esto de oponerse por el mero hecho de hacerlo no creo que aporte algo constructivo muchachos. Un poco de objetividad periodística por favor!

  7. propongo una solución final: una prolija y eficiente “operación romanov ampliada”; por Ké ampliada? porKe además de a la familia el castigo debe hacerse extensivo a la Korte y a las Kabezas más visibles de la claKe. que no Kede ninguno/a.

  8. Para Alejandra y Kruela, no pueden ser más boludas porque no practican, las leyes ya existen, con una nueva ley lo que hacen es blanquear a los los que estaban ilegales, ya que la nueva, seguro, debe anular legislaciones anteriores, y como no se puede aplicar con retroactividad dirán que de ahora en más van a ser estrictos…… y los que están ….y….bueno…. seguiran estando….Y GOODDDD SSSSHHHHHOOOOOOWWWWWWWW!!!!!!!!!!!!

  9. Gente de OPI y gente que hace su aporte, simplemente creo que es oportuno agregar esto:
    surge clara la cuestión en relación a bienes de Estado , pero qué pasa con las personas físicas, los privados que ningún impedimento de ley han tenido para adquirir tierras en zona de frontera ó de seguridad ?
    Aver: adquirieron regular y legalmente, pagaron sus cargas tributarias etc. y mañana ponen en venta sus muchas hectáreas y el que les paga lo que pretenden ó más, resulta ser extranjero??.
    La Propia Constitución garantiza la propiedad privada así como también la libertad de contratación. Las compraventas de bienes inmuebles poseen impuestos y formas previstos en las normas pero acá viene la cuestión: nada dispone la normativa vigente en cuanto al adquirente de un inmueble en una compraventa con un particular, un privado.
    Se imaginan el revuelo a nivel nacional e internacional que causaría una ley que impida que los legítimos propietarios titulares registrales de inmuebles les vendan a extranjeros?? A la vez, al propietario que ya no le dá la salud ó las ganas de seguir explotando ó teniendo para sí un inmueble y necesita venderlo – siempre hablamos de zona de frontera- . ¿ Desde qué lugar se le puede impedir que haga su voluntad y lo venda y por supuesto obtenga una ganancia?
    Pretender que los privados sólo les vendan a sus connacionales sería pretender que todos tengan una conciencia superior y pongan en 1er lugar los intereses del país,pero y? el Estado les va a dar una recompensa por obrar así?? y si así fuera, se beneficiarían doblemente lo cual, también está mal y es inequitativo.
    Se comprende a dónde apunta esto? cuántas puntas tiene este tema?
    la cuestión es sumamente compleja y delicada, va a generar un gran debate y requerirá de una reglamentación profunda.
    Tampoco nos olvidemos que en este mismo país que hoy cuestiona temas que hacen a su soberanía territorial, tuvo un momento histórico en que desde el gobierno se sancionó la fatal “Ley de Enfiteusis” pergeniada por la clase acomodada del poder central que junto con pseudo intelectuales de esa época (la generación del 80) querían que Buenos Aires se transformase en la París de sudamérica fomentándose la inmigración y la colonización de tierras en estas latitudes y otras muchas, la ley de enfiteusis justificó grandes masacres de población aborígen y muchas otras cosas más, eso es parte de nuestra historia gente! venimos de un legado bastante cuestionable y es por eso que a la luz de este hoy que nos toca vivir, estos temas nos requieren profundidad y seriedad, el tema no se agota en la figura de la Sra. Presidente y lo que quiera ó piense, la cosa es más compleja que eso.
    Gracias OPI saludos a todos.

  10. LES QUEDABAN TRES TERRENITOS NADA MAS….YA VENDIERON TODO SSSHH CALLADITOS..SI COMPRAS UNA CASA Y PONES UN KIOSCO EN CALAFATE TE INTIMAN PARA QUE SE LO VENDAS…YA TIENEN TODO PERO SIEMPRE QUIEREN MAS…YA ES HORA DE QUE SE TERMINE EL MONOPOLIO… PODER VIVIR TRANQUILO SIN INTIMACIONES Y APRETADAS…PORQUE SON DE LO MAS MATONES PARA PEDIRTE UN FAVOR…CUIDADO CON TU PROPIEDAD HASTA EL TERRENO MAS POBRE EN EL TRENCITO ES DE ELLOS!!
    SI TENES UN PERRO DE MARCA ATALO FUERTE…PORQUE SON BASTANTES CHORROS TAMBIEN

  11. Error de redacción…..SU PROVINCIA es BUENOS AIRES. El gentilicio de los que nacen en La Plata, bueno es Platense, pero de los que nacen en la Provincia de Buenos Aires, es Bonaerenses. La Presidenta nació en La Plata por lo tanto es Platense y Bonaerense, sino importar la cantidad de propiedades que tenga en Santa Cruz, ésta no es SU PROVINCIA.- En eso tiene razón el comentario 3 .- Y en su momento le vendieron tierras a un monton de multimillonarios extanjeros hasta en Partques Nacionales y ahora querran presionarlos para que se las vendan a ya saben quieres…..

  12. ta bien lo hacen para que lazarito pueda seguir comprando campitos a todo el mundo , y no se lo saquen los extranjeros, negocio redondo todo para elllllll

  13. Un pequeño aporte al tema
    Lo ridiculo de estas leyes, es similar a como se aplican todas las leyes en el pais. Las leyes sirven para los que estamos en el sistema, los que no viven en anarquia.
    Para el caso de los extranjeros que quieren invertir en Tierras (para el caso de areas de frontera), el tema es complicado desde hace mas de 10 años ya que deben solicitar autorizacion al Ministerio del Interior, cosa que me parece bien si este organismo cumpliece su funcion de que en un plazo razonable diera su respuesta, pero no lo hace ya que demora mas de 2 años en decir si es factible o no la inversion (Ud. firmaria la venta de su propiedad fijando las condiciones hoy y sin saber hasta por lo menos 2 años si en realidad la vendio y esperara ese tiempo para que le den el dinero???, sentido comun por favor…). Pero si vemos el caso de un extranjero que no posee dinero y entra ilegalmente al pais y ocupa un terreno publico o privado; el gobierno inmediatamente le da un subsidio, le regala una casa y todos contentos.
    La funcion del gobierno es controlar lo que hacen los privados (sean extranjeros o argentinos) con esas tierras evitando la degradacion; por los casos que conozco los extranjeros que invierten en el pais cuida mas que los Argentinos que generan mas degradacion debido a que sus economias se lo exigen. O veamos el caso de Tomkins que compro La Ea Monte Leon y se la DONO a Pques Nacionales.
    Estoy cansado que leer sobre las personas , que con muy poco sentido comun, se oponen a que los extranjeros compren tierras ya que argumentan que los Argentinos las perdemos. primer punto que las tierras que se venden ya son privadas, por lo que el acceso a las mismas no es publico; segundo punto, no veo la forma de que una persona se lleve las tierras a su pais; tercer punto quienes poblaron casi todas las tierras de este pais no fueron extrangeros (y donde esta el efecto negativo de eso, o a caso vamos a renegar de nuestros origenes?)
    Otr excusa que escucho todos los dias, sobre el valor de las tierras por el agua potable??? por que no se informan, el agua no es del propietario de las tierras, solo puede hacer uso de ese agua para bebeida de sus animales, el AGUA es del ESTADO (al igual que el petroleo).

    Para finalizar yo dejo planteada esta pregunta: cual es el problema de la venta de tierras, que los extranjeros quieren comprarlas? o habria que cuestionarse el porque familias que tiene sus raices en esas tierras con varias generaciones ocupandola TIENEN QUE VENDERLA, ya que no pueden vivir de su explotacion por falta de recursos y creditos, y una politica agropecuaria acorde?
    Sin ir mas lejos podemos ver en Sta Cruz, la politica productiva de los Gobiernos K desde el año 1995 cuando se afecto la meseta central con la ceniza, que con unos 200 millones de dolares y con un par de ideas que se le caigan a algun funcionario (el gobierno eligio tener 2 rutas asfaltadas para ir a Rio Turbio, y alisar las banquinas de la ruta 3 y ruta 5…acaso no son obras ridiculassssss) se podria haber repoblado la zona con ovinos, y est demostrado que benetton con explotaciones de escala pudo poblar Ea. Coronel y sus campos vecinos cuando con la famosa ley ovina no se logro nada.

  14. Si es como dicen uds., y no tengo porquè dudarlo, y siendo que esto es en toda la Argentina, preparemonos para matarnos entre nosotros….Argentina gobernada por alphonso cappone, john dillinguer, lucky luciano y cia.

  15. La patriota de Cristina debe devolver las tierras fiscales que junto a su marido compró para venderselas a CHILE, a los dueños de Jumbo.Este gobierno entregador del pais,lo único que hace es entregar soberanía a los extranjeros así sea monopolios o ilegales indocumentados que vienen a usurpar.

  16. para cordillerano: para ser alguien que usa ese nick deberias estar un poco mas familiarizado con lo que pasa en la región. Ya que hablas (y tenes toda la razón) al decir que el propietario o dueño de cierto territorio sólo es dueño de lo que existe en la superficie y no asi de los rcursos que se encuentren en el subsuelo (mineria, petroleo, gas, etc) ni de los cursos de aguas, tendrias que plantearte el tema del sr lewis y el caso en cuestión de Lago Escondido, el cual quedo dentro de sus tierras. Un recurso acuifero que tanto vos como yo y el resto de los argentinos bien nacidos no podemos visitar libremente porque este señor lo tiene cercado. Y seguramente podiamos seguir relatando casos, pero seguramente vos y todos nosotros ya los conocemos.
    Un abrazo a todos y gracias por el espacio para la opinion publica.

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