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Cinco factores por los que la resolución de la ONU no incidirá en la deuda en default

Cinco factores por los que la resolución de la ONU no incidirá en la deuda en default
11/09 – 09:10 – Economistas explicaron a Infobae que el alcance de la propuesta argentina sobre reestructuraciones de deuda soberana, respaldada por 136 países, tiene significado político pero nulo impacto económico.

Por: Juan Gasalla
La presidente Cristina Kirchner destacó por cadena nacional la “exitosa y mayoritaria” votación que obtuvo en las Naciones Unidas la propuesta de la Argentina sobre las reestructuraciones de deuda, que fue votada favorablemente por 136 países, con seis votos en contra y 41 abstenciones.
Sin embargo, en términos prácticos este histórico respaldo tiene un efecto jurídico nulo sobre los bonos que no ingresaron a los canjes de deuda de 2005 y 2010, ni sobre aquellos reestructurados pero que se encuentran en default “selectivo” por el fallo del juez de Nueva York Thomas Griesa.

Los analistas económicos coincidieron en cinco puntos centrales por los cuales la resolución no incidirá en el estatus actual de la deuda argentina en cesación de pagos:

1) La medida no tiene efecto retroactivo. Por la resolución, los estados deben ser inmunes a las decisiones de tribunales locales en juicios por bonos incumplidos, pero no implica un cambio sobre las condiciones legales de los títulos ya emitidos por la Argentina.

2) Argentina aceptó la jurisdicción de los EEUU. El juicio iniciado por los holdouts en tribunales de Nueva York tiene sentencia firme contra nuestro país en tres instancias y si bien el actual Gobierno argentino no fue el emisor de aquellos títulos soberanos que hoy están en cesación de pagos, sí aceptó la jurisdicción norteamericana al lanzar los canjes.

3) No es vinculante para los países. A diferencia de lo que ocurre con el Consejo de Seguridad, que tiene el poder de emitir decisiones vinculantes, la Asamblea General no puede imponer su parecer, solo “instar” a los países “actuar de buena fe y con un ánimo de cooperación para alcanzar consensos en los arreglos”.

4) La resolución tiene sólo significado político. Es un punto a favor de la Argentina, que presentó la propuesta y recibió un aval a su postura frente a los reclamos de fondos especulativos, pero sin consecuencias prácticas sobre los juicios en curso o futuros por los bonos que no ingresados al canje.

5) La rechazan los principales países acreedores. Es un impedimento para poner en práctica la iniciativa. Estados Unidos, que votó en contra, advirtió que el mecanismo puede traer incertidumbre a los mercados financieros, a la vez que los países que adhieran a este marco regulador para emitir sus bonos podrían verse obligados a tomar deuda a tasas de interés más elevadas.

Fausto Spotorno, economista de la consultora Ferreres & Asociados, enfatizó que la resolución de la ONU “no tiene efecto retroactivo ni significará un nuevo fallo” en los EEUU por los títulos en default. Explicó que el organismo internacional “no tiene jurisdicción sobre la aplicación de las instituciones de los países miembros. Es como para decir que se trabajará en esto, pero no tiene ningún efecto sobre la Argentina ni en los juicios actuales ni en los futuros por los bonos que no ingresaron al canje. Para que esto tenga algún efecto tienen que pasar muchos años y negociaciones de política internacional”.

En líneas generales, Spotorno estimó que “los países que votaron en contra de la medida fueron aquellos donde están los mayores mercados del mundo y la mayor oferta de dinero. Es decir, que los que están en contra son los países acreedores y a favor los deudores. Y los acreedores son los que ponen las reglas del juego” en las operaciones financieras.

El economista Aldo Abram, de la Fundación Libertad y Progreso, recordó que el juicio entablado por los holdouts contra la Argentina “está resuelto en todas las instancias y en contra nuestra, no lo llegamos a cumplir”. Por ello no modifica el estatus de default “selectivo” en el que recayó la deuda argentina porque “este tipo de medidas no son de aplicación obligatoria y no son retroactivas, por lo tanto para la Argentina no significa absoluto nada”.

“No avala nada, porque en realidad los mercados, en constante aprendizaje, hacen aplicar reglas de juego. En el caso de los bonos soberanos, tienen cláusulas de aceptación mayoritaria en caso de reestructuraciones de deuda”, consideró Abram. “Eso es algo que se ha generalizado, en particular para la emisión de bonos de países que tienen más chances de entrar en default, lo que implica para el tenedor asumir el riesgo de no poder decidir por sí mismo en caso de un incumplimiento. No creo que países que tienen alto nivel de credibilidad vayan a aplicar este tipo de normativas”, añadió.

Abram puntualizó que en las emisiones de deuda, la inclusión de la resolución de la ONU significará “un sobrecosto que no tiene sentido pagarlo” para aquellos países con bajo riesgo crediticio. “En líneas generales, lo mejor es que ese tipo de seguro lo aplique cada país, pero no tiene ningún sentido que sea obligatorio hacérselo pagar a todos los países”.

El economista de La Gran Makro Agustín D’Attellis afirmó que “es una muy buena noticia para la Argentina, porque es una medida que el país impulsó en el foro internacional sobre deudas futuras, aunque no es retroactiva. Es un punto a favor contra el accionar de los fondos buitres por las adhesiones que cosechó de la gran mayoría de los países”.

D’Attellis ponderó que la resolución “aporta a la Argentina un posicionamiento y liderazgo internacional en la materia, si bien en el corto plazo beneficia mucho más otros países en situación de default, como Grecia”.

Iván Carrino, analista de Inversor Global, expresó que “acá estamos incumpliendo una decisión de la Corte Suprema de los EEUU, y el Gobierno en algún momento se sometió a esta jurisdicción. No pagarlo es un problema de la Argentina, por ahí no fue este Gobierno el que emitió sino otro, pero éste sí fue a buscar esa Justicia con los canjes. Es una gran contradicción. Ahora, no cumplir con los fallos te margina del mundo y Argentina, para colocar deuda, paga el 9% (anual) de tasa (en dólares). Y lo mismo le va a pasara a las empresas privadas que quieran endeudarse con el exterior”.

“Mientras la ONU declara el derecho soberano a reestructurar deuda, los ‘buitres’ esperan el cobro de la sentencia más los intereses punitorios. Que la ONU apruebe una resolución sobre deuda pública es como que el administrador de tu edificio resuelva sobre tu deuda con el banco”, graficó Carrino. “Los que piden el derecho soberano a reestructurar deuda después se quejan porque el mercado les cobra 9% anual en dólares”, sintetizó Carrino. (Infobae)

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