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Ex Gobernador Peralta fue condenado a un año en suspenso por desobediencia a un fallo de la CSJ


17:30 – De acuerdo a lo informado por la Justicia, el ex gobernador Daniel Peralta quien estaba procesado ppor incumplir una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, quien había ordenado reponer a su cargo a Eduardo Sosa fue sentenciado a un año de prisión en suspenso a requerimiento del fiscal a cargo de la Fiscalía Federal de Río Gallegos, Julio Zárate, el juez federal subrogante de dicha jurisdicción y Guido Otranto quien rechazó el pedido de extinción de la acción penal por prescripción y afectación al derecho de ser juzgado en un plazo razonable, solicitada por la defensa del ex gobernador de la provincia de Santa Cruz, Daniel Román Peralta, condenándolo a tal pena como autor del delito de desobediencia a un funcionario público.

Peralta había sido denunciado por el delito de desobediencia, en virtud de que había incumplido la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de fecha 20 de octubre de 2009 -y reiterada en fecha 10 de noviembre del mismo año mediante la cual se le ordenaba reponer en su cargo al procurador por ante el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, Eduardo Sosa, ello conforme a Ley 2.404, de cumplimiento inexcusable por parte de autoridad provincial alguna, como así también que no le era oponible la inamovilidad o estabilidad de quien ocupe el cargo en ese momento.

En su indagatoria, Peralta sostuvo que no podía dar cumplimiento a la orden, ya que los nombramientos eran facultad del Poder Legislativo, al tiempo que -en ese momento- el cargo de Agente Fiscal ya estaba siendo ejercido por otro funcionario, el cual tenía derechos adquiridos, no pudiendo ser removido sino era a través del juicio político. En virtud de ello, procedió a dictar el Decreto 3026/09 en el cual, desoyendo lo ordenado por la CSJN, solicitó a la Honorable Cámara de Diputados provincial, que procediera a la creación de un nuevo cargo de Agente Fiscal, distribuyendo las competencias entre ambos, detalla el informe de Fiscales. org.

Tras ello, la jueza Andrea Askenazi Vera dispuso su sobreseimiento, lo que motivó la apelación de la Fiscalía Federal de Río Gallegos, a cargo de Gonzalo Miranda. En su presentación, el representante del Ministerio Público se agravió de que la magistrada había “efectuado un erróneo análisis de las circunstancias del caso relacionadas directamente con su objeto y la adecuación del mismo en orden a los tipos penales circunscriptos realizándose una valoración que excede la etapa que se transita” y, en línea con los argumentos de la sentencia de la CSJN y señaló que “las razones que el propio Tribunal de Justicia de la Provincia de Santa Cruz esgrimió para declarar la inconstitucionalidad del artículo 9°, segundo párrafo, de la ley 2.404… se hizo hincapié en la trascendencia institucional de la cuestión debatida en autos, en que la norma impugnada desconocía la garantía de la estabilidad judicial del actor consagrada en una disposición superior, de rango constitucional, y se destacó que no sólo afectaba derechos subjetivos, susceptibles de ser reparados patrimonialmente, sino que agredía el funcionamiento de las instituciones republicanas de la provincia, al desconocer que la garantía de estabilidad de jueces y funcionarios de los ministerios públicos era esencial para preservar la independencia del Poder Judicial”.

Finalmente, en febrero de 2017, la Cámara Federal de Apelaciones de Río Gallegos, revocó la resolución de la jueza interviniente y dictó el procesamiento de Peralta, en orden al delito de desobediencia, sobre el argumento de que “si bien el gobierno federal no puede impedir o estorbar a las provincias en el ejercicio de los poderes que no ha delegado o se han reservado (art.126 C.N.) éstas pueden ejercer su autonomía provincial en forma legítima, siempre que se mantengan dentro de los límites señalados por los poderes conferidos al gobierno nacional (conf. Fallos 193:496), en tanto ‘Los poderes de las provincias, por amplios que sean, debe ser ejercidos con las limitaciones establecidas en la Constitución Nacional’ (Fallos 184:223; 186:531)”.

Asimismo, agregaron que “dado que el imputado no realizó lo ordenado, entendiendo como tal al cumplimiento exegético de la manda, ya que el Dr. Sosa nunca fue repuesto en el cargo de Agente Fiscal, se debe concluir, que la acción típica prevista en el art. 239 CP, se habría configurado en la especie”.

La investigación siguió su curso y ya iniciado el debate oral, al momento de presentar su alegato, la defensa de Peralta solicitó la extinción de la acción penal por prescripción y afectación al derecho de ser juzgado en un plazo razonable, ante el cual el representante del Ministerio Publico hizo hincapié en que no se había configurado dicho instituto, como así también, que el derrotero del expediente sufrió la demora normal en el tratamiento de los varios planteos realizados por la defensa; luego de los alegatos el pedido de prescripción fue rechazado por el Juez Federal Subrogante de Río Gallegos, Guido Otranto, quien lo condenó a la pena de un año de prisión en suspenso y las costas del proceso. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo jueves 6 de diciembre, a las 10:00 hs. a través del sistema de videoconferencia. (Agencia OPI Santa Cruz)

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7 COMENTARIOS

  1. Dani Peralta, ex sindicalista, ex delegado del Banco Pcia en Punta Arenas (no pregunten a que fue, es inutil, no hizo nada) ex diputado provincial, ex goberndor, pero eterno lame chabomba bueno para nada, paga el plato roto, lo mismo le debería tocar al Totuer (claro este ya no puede ir en naca), Acevedo, a Sancho y a toda la katerva K

  2. Daniel Peralta otro estúpido más, que pusieron en riesgo su libertad y arrojaron a la mierda la honorabilidad, por ser un lame K ulo más de los miles y miles que pueblan el país. Periodistas, pensadores, empresarios, sindicalistas, políticos, universitarios y tantos imbeciles que se arrastrarón como lagartijas por una migaja de avaricia que pudiera caerles en su boca. Imbeciles, estúpidos imberbes, es un asco tener que votar por este mierdal en éstas elecciones.

  3. Uno de los tantos “CHUPA-K” que se cortó solo con el inutil y vago de su hijo Matías… tienen causas igual ya les llegará la hora de rendir cuentas por la corrupción de la que vivieron.

  4. este es otro que utilizo a la empresa ycrt para hacer campañas politicas.hacia donaciones permanentemente como si fuera un magnate y obvio los aplaudidores de turno eran felices

  5. 1 AÑO?
    DIEZ AÑOS TENDRÍAN QUE DARLE…..Y DE PRISION EFECTIVA Y QUE LO ACOMPAÑE SU MUJER. NO TIENEN VERGÜENZA.
    COMO SERA QUE NINGÚN PERONCHO SALE A DEFENDERLO…..

  6. Otro sorete ladrón, todos sus parientes testaferros robando en las petroleras en Neuquen en Santa Cruz, lavando guita, caradura, en CGC en YPF, soretes se cagan en el pueblo. Cumplió con el mandato del Nestor K.

  7. Este tipo tiene que estar preso,no puede justificar lo que tiene, como muchos que pasaron por la función pública,jamás hicieron otra cosa que robar.ojala paguen el daño que hicieron, sino es por la justicia del hombre que sea por la divina.

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