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Censura judicial previa en Salta para que los medios se abstengan de publicar imágenes de Los Nocheros

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10:00 – La Asociación de Entidades Periodísticas Argentina (ADEPA) emitió un comunicado con respecto a la medida judicial tomada por una jueza de salta con la cual trata de impedir que los medios nacionales y/o locales se abstengan de publicar imágenes del grupo folclórico Los Nocheros, en el marco de la investigación por abuso y violación de parte del hijo de uno de ellos, Lautaro Teruel que permanece detenido.

El comunicado de ADEPA indica expresamente:

La jueza de Garantías 7 de la provincia de Salta, María Edith Rodríguez, notificó al Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) que los medios locales y nacionales deberían abstenerse de publicar imágenes del grupo folclórico Los Nocheros y de sus miembros individualmente, en el marco de la cobertura informativa de una causa judicial por la que se encuentra detenido Lautaro Teruel.

Ordenó, además, la eliminación de “todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, links, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda” vinculados a la causa y que contengan imágenes o el nombre de cualquiera de los integrantes del grupo musical.

Se trata de una resolución mordaza que configura claramente un intento de censura prohibido de manera expresa por nuestra Constitución. Esta interdicción constitucional no implica ausencia de responsabilidad ulterior ante eventuales perjuicios ocasionados por los medios. Pero la eventual defensa del derecho al honor, la intimidad o la imagen no pueden, dentro de nuestro ordenamiento jurídico y en el de la mayoría de las democracias modernas, cercenar la libertad de prensa y de expresión con una restricción que impide la difusión de información e ideas.

Prácticas habituales en casos vinculados al mundo del espectáculo como la notificación de la imposición de “bozales legales” están en línea con la resolución de la jueza Rodríguez.

Nuestro país cuenta con una frondosa jurisprudencia que reafirma la prohibición de la censura previa, nutrida por casos como “Lacroze de Fortabat c/Barone”, “Chamatrópulos c/La Gaceta”, “Pérez Arriaga c/Arte Gráfico Editorial Argentino SA” o “Servini de Cubría, María Romilda s/amparo”. Admitir la potestad de los jueces de decidir qué puede o no publicarse implicaría que estos dejaran de ser tales para transformarse en censores. (Agencia OPI Santa Cruz)

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