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Excarcelan a Esteche en la causa por el memorándum con Irán

El fiscal federal Miguel Angel Osorio pidio una pena de 3 anos y 8 meses de prision para Fernando Esteche, por el incendio en 2007 de un local del ex gobernador neuquino Jorge Sobisch. Los activistas ahora marchan hacia la comisar’a 46 01/06/10 Alfredo Sanchez

El Tribunal Oral Federal Nº 8 concedió el beneficio al exlíder de Quebracho poco antes de que se cumplan dos años de su detención; deberá pagar una caución de 400.000 pesos para salir en libertad

Por: Candela Ini

Casi dos años después de su detención, el Tribunal Oral Federal Nº 8 le concedió ayer la excarcelación al exlíder de Quebracho Fernando Esteche en la causa en la que se investiga la firma del memorándum de entendimiento con Irán como supuesta herramienta para encubrir la responsabilidad de sospechosos iraníes en el atentado a la AMIA.

Esteche es el único de los imputados que queda detenido por el caso, basado en la denuncia que hizo el fallecido fiscal Alberto Nisman. Para que su excarcelación se haga efectiva, deberá pagar una caución de 400.000 pesos, monto que fue fijado por el TOF que lo juzgará.

Había quedado detenido en diciembre de 2017 por orden del juez Claudio Bonadio, por presunto encubrimiento agravado del atentado a la AMIA. En ese expediente, Bonadio también procesó con prisión preventiva a Cristina Kirchner, Carlos Zannini, Luis D’Elía, Yussuf Khalil y el fallecido excanciller Héctor Timerman.

La causa tiene como procesados sin prisión preventiva a Juan Martín Mena, Angelina Abonna, Oscar Parrilli, Andrés “Cuervo” Larroque, Eduardo Zuain y Allan Bogado. Desde ese entonces, Esteche estuvo preso en el penal de Marcos Paz. Bonadio elevó la causa a juicio en marzo de 2018, pero aún no hay fecha de inicio para el comienzo de ese proceso oral.

En julio de este año, Esteche fue absuelto en una causa por incitación a la violencia, en la que se lo investigaba por haber pedido que “caiga” el gobierno de Mauricio Macri en un acto en la ciudad de La Plata durante 2016.

El defensor de Esteche, Fernando Burlando, argumentó, al pedir la liberación, que el imputado “jamás obstaculizó la investigación ni se sustrajo del accionar de la Justicia”. El fiscal ante el tribunal oral, Marcelo Colombo, dictaminó a favor de que se le concediera la excarcelación, siempre y cuando se le fijara una caución no inferior a 400.000 pesos.

Durante la etapa de este proceso, a Esteche se le había denegado la excarcelación en tres oportunidades. Los jueces del TOF 8 sostuvieron ahora que algunas circunstancias se modificaron, a casi dos años de cumplirse su tiempo de prisión preventiva y sin que todavía se haya fijado una fecha para el inicio del debate oral.

“En pocas palabras, la razón fundamental por la que en todo este tiempo se mantuvo la medida cautelar que pesa sobre Esteche ha sido la existencia del riesgo de verse frustrada la celebración de dicho acto y la posibilidad de que la prueba que pueda producirse en ese marco se vea seriamente afectada a partir de la liberación”, explicaron los jueces del TOF 8 Daniel Obligado, Gabriela López Iñiguez y José Antonio Michilini.

¿Qué provocó que modificaran la decisión sobre la condición de Esteche? “Sin embargo -escribieron-, faltando casi dos meses para que se cumpla el plazo legal establecido en el art. 1 de la ley 24.390 como lapso razonable de duración de un proceso penal con personas privadas de su libertad, y no vislumbrándose que antes de ese tiempo pueda llevarse a cabo el debate oral y público en estas actuaciones, sobre todo si se tiene en cuenta que se trata de un proceso de gran envergadura, la decisión denegatoria que viene sosteniendo el tribunal debe ser revisada”.

Y explicaron: “En efecto, dado el tiempo transcurrido, la imposibilidad material de celebrarse en lo inmediato el debate no puede sopesar sobre la situación del imputado Esteche; es por ello que corresponde hacer lugar al pedido excarcelatorio, pero sujetando la libertad del nombrado a una caución de carácter real de cuatrocientos mil pesos, como propone el Sr. Fiscal General, a fin de asegurar su comparecencia a los llamados del tribunal y la realización del juicio”.

Zannini y D’Elía fueron liberados por esta causa a comienzos del año pasado. El caso de Esteche había sido distinto porque tenía condenas previas en otras causas, explicó en su momento el tribunal.

En el caso del memorándum con Irán, Nisman denunció a Esteche por el contacto telefónico que mantuvo con representantes de la República de Irán. Él negó “cualquier vinculación” con las personas mencionadas como artífices de las maniobras. “Cualquiera que conozco en la política argentina sabe de mi imposibilidad de relación con los personajes imputados en este expediente”, declaró Esteche cuando se defendió ante Bonadio.

El juez consideró, sin embargo, que tanto Esteche como Jorge Khalil, D’Elía y Allan Bogado actuaron como nexos con los funcionarios iraníes para transmitir información que “debía ser puesta en conocimiento de las autoridades de ese gobierno extranjero para el desarrollo de la maniobra realizada y que no podía y/o debía comunicarse por vías oficiales”. (La Nación)

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