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Jubilaciones: la recomposición de marzo podría ser de entre 4,2% y 11,9%

Por: Silvia Stang

Preocupado por la inflación, el Gobierno pidió moderación en las paritarias

El mes próximo, las jubilaciones y pensiones del sistema general que gestiona la Anses podrían tener aumentos de entre el 4,2% y el 11,9%, según una de las alternativas que estudia por estos días el Gobierno, con posibilidades de ser finalmente aprobada. De aplicarse ese plan, el haber mínimo que cobran 2,8 millones de pasivos (sobre un total de 5,7 millones) pasaría de $14.068 a $15.740, un monto muy similar al que habría resultado en caso de aplicarse la fórmula de movilidad aprobada a fines de 2017, que quedó suspendida por la ley de emergencia.

En cambio, todos los jubilados que hoy cobran más que la mínima (poco más de la mitad) recibirían un incremento inferior al que habrían percibido en caso de no existir esa suspensión. Y, de esa manera, las recomposiciones quedarían para muchos por debajo no solamente del porcentaje que preveía la movilidad vigente hasta 2019, sino también de la inflación, que, para el trimestre ahora en curso, se estima que estaría entre el 10% y el 11%.

El incremento que estudia concretar el Gobierno, según confirmaron a LA NACION fuentes oficiales, implica aplicar, sobre los valores de los haberes actuales, un 3%. Y, al resultado, sumar un monto fijo de $1250. Un ingreso actual de $20.000, por ejemplo, tendría con esa modalidad de recomposición una suba de $1850, que significaría, en términos de porcentaje, un 9,25%. Para un haber de $40.000, en tanto, habría una suba nominal de 6,12%, ya que se pasaría a un ingreso mensual de $42.450.

En el caso del haber máximo que reconoce el sistema de la Anses, hoy de $103.064,23, el aumento aplicado de la manera ya mencionada llevaría el monto a $107.406,16, y eso representaría un 4,21% más.

Por la modalidad de aumentos que quedó suspendida por ley, en principio por 180 días desde fines de 2019, todos los jubilados y pensionados de la Anses debían recibir en marzo un aumento de 11,6%. Ese número es el resultado de la fórmula aprobada por la reforma legal de 2017, que disponía sumar el 70% de la inflación trimestral de un período determinado más el 30% de la evolución que en el mismo lapso habían tenido los salarios formales de la economía, según un índice llamado Ripte. Los datos considerados, para el caso de la suba del mes próximo, eran los del tercer trimestre el año pasado.

La decisión del gobierno de Alberto Fernández de suspender esa fórmula y lograr para el Poder Ejecutivo las facultades (aprobadas de hecho por el Congreso) para dar subas de manera discrecional, está enmarcada en una política que se propone recortar el déficit fiscal, a través de la desindexación de una parte importante del gasto público. La modalidad que se adoptaría conllevaría un ahorro respecto de lo que se les tendría que haber dado a los jubilados sin suspensión de la fórmula. Y la decisión final se tomará cuando el Presidente regrese de su viaje por Europa.

Por la fórmula de movilidad, que preveía ajustes trimestrales, se actualizaban no solo las jubilaciones, sino también las pensiones no contributivas, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y los cobros por hijos a cargo de asalariados y monotributistas. Con respecto a estas dos últimas variables, aún está pendiente de definirse cuál será la modalidad de la suba, pero, según fuentes del Gobierno, también se otorgará el mes próximo.

Al otorgarse aumentos que serán inferiores al que se habría previsto por la ley de movilidad, se descuenta que habrá reclamos en la Justicia. La situación afectaría a más de la mitad de los jubilados y pensionados, y el defensor de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, anticipó su decisión de presentar un reclamo, algo que tiene previsto hacer (más allá de las demandas individuales que se concreten) una vez que se oficialice la manera en que se segmentarán las subas.

Los ajustes periódicos a las jubilaciones según los resultados de una fórmula fueron dispuestos por ley y tuvieron vigencia a partir de 2009. La aprobación de la primera normativa sobre el tema llegó unos años después de que la Corte Suprema de Justicia les ordenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo que se dictara una medida sobre el tema: fue cuando los jueces declararon inconstitucional la política tomada entre 2002 y 2006, que consistió en aumentar solamente la jubilación mínima y permitir que quienes cobraban más fueran acumulando pérdidas de poder adquisitivo. Los funcionarios actuales tuvieron en cuenta ese antecedente y la posibilidad de que se disparen demandas judiciales.

Pero la decisión de segmentar los aumentos, provocando un achatamiento de la pirámide de ingresos-aun en un escenario de pérdida de poder adquisitivo-, ya está tomada. Y una de los argumentos que se usaría eventualmente en defensa de esa medida, es que se da en el marco de una “emergencia previsional”, declarada en la misma ley que dispuso la suspensión de la fórmula. (La Nación)

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