- Publicidad -

Qué pasará con los sueldos durante la cuarentena

Quienes hagan teletrabajo cobrarán normalmente. Para los que no trabajen, el salario será no remunerativo.

Por: Ismael Bermúdez

El Ministerio de Trabajo reglamentó la disposición del Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció que durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, los trabajadores y trabajadoras del sector privado tendrán derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales, en los términos que establecerá la reglamentación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”.

El texto al que accedió Clarín dice que en los casos en que el trabajo se realice por el sistema de teletrabajo desde los lugares de aislamiento, los trabajadores “percibirán su remuneración habitual”, mientras los que directamente no puedan concurrir a su lugar de trabajo “las sumas percibidas tendrán carácter no remunerativo, excepto para los aportes y contribuciones de Salud (obras sociales, PAMI).

Esto quiere decir que no se descontará del sueldo el aporte del trabajador para la jubilación (11%) y tampoco deberá pagar la contribución previsional el empleador.  Para el trabajador el carácter no remunerativo significa que no tiene el descuento del 11% para jubilación, pero la remuneración que recibirá mientras rija la cuarentena no se lo calculará para el pago del aguinaldo.

La Resolución aclara que esta disposición abarca también a los trabajadores que “prestan servicios de forma continua bajo figuras no dependientes, becas en lugares de trabajo y pasantías”.

En las actividades declaradas esenciales, como salud, alimentación, seguridad, “tendrán una reducción del 95% de las alícuotas” referidas a las contribuciones patronales con destino al Sistema previsional. También tendrán esa reducción las remuneraciones de los trabajadores que se contraten en forma “extraordinaria y transitoria” durante la vigencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio.

Por su parte, el articulo 9 del DNU especifica que “se otorga asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020…”. Las Provincias deberían adoptar el mismo criterio con el empleo público nacional. (Clarín)

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí