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Abastecimiento, una ley más allá de los precios

La historia de la ley de defensa de la competencia es una pintura de la Argentina regulatoria. La efectividad de la norma estuvo durante años (exactamente, desde 1999) incompleta. Desde entonces y hasta 2018 los gobiernos evitaron regularizar la autoridad de defensa de la competencia. En mayo de 2018 se reglamentó la conformación del tribunal, uno de los elementos claves de la ley.

Semejante irregularidad se dio, justamente, en uno de los períodos de la historia moderna en los que los roles de los empresarios, de las empresas, de la cartelización y de la concentración estuvieron más cuestionados.

Si el decreto se publica, los municipios tendrán entre sus funciones controlar el cumplimiento de esta ley. “Están prohibidos (…) los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general”, dice el artículo 1.

Está prohibido “fijar, concertar o manipular en forma directa o indirecta el precio de venta”, establece la ley. Esto podría ser controlado por los municipios. Pero no es lo único: también los casos de cartelización o monopolio. (La Nación)

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