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La Justicia no revisará el arresto domiciliario de Amado Boudou, que seguirá detenido en su casa

Amado Boudou ex vicepresidente de la Nación – Foto: Clarín

Por: Hernán Cappiello

El exvicepresidente Amado Boudou, condenado a cinco años y diez meses de prisión por quedarse con el 75% de las acciones de Ciccone Calcográfica, no regresará por el momento a la cárcel. El fiscal ante la Cámara de Casación Javier de Luca desistió hoy de recurrir ante ese tribunal el arresto domiciliario que benefició a Boudou, con lo que los jueces de la Cámara de Casación, sin recurso del fiscal, no tienen nada para resolver y el exvicepresidente podrá quedarse en su casa.

Boudou está condenado a 5 años y diez meses de prisión y estaba cumpliendo su pena en el penal de Ezeiza hasta el 6 de abril pasado, cuando el juez Daniel Obligado le otorgó el arresto domiciliario. El fiscal del juicio Marcelo Colombo apeló esa decisión mediante un recurso para que la Cámara de Casación revise la decisión de Obligado.

El asunto llegó así a la Casación y los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo convocaron a una audiencia que se celebró hoy. En esa audiencia, el fiscal De Luca desistió de la apelación de su colega Colombo, por lo que todo indica que en las próximas horas los jueces desestimarán el recurso.

De Luca escribió que desistió del recurso porque interpretó, como en todos los casos similares en los que dictaminó, que no está dirigido contra una sentencia definitiva, ni se trata de un caso de “gravedad institucional” ni de “causas en que se ventilan delitos de lesa humanidad”.

Dijo que el arresto domiciliario no perjudica a la fiscalía porque si bien ahora el fiscal Colombo se opuso, “con anterioridad había dictaminado a favor del cese de la prisión preventiva (excarcelación) del condenado por no encontrarse firme la sentencia y por ausencia de riesgos procesales o de fuga”. Entendió que ni él mismo ni la Cámara Federal de Casación Penal tienen competencia para expedirse.

El fiscal De Luca dijo que cuando se introdujo el tema de la pandemia, la Corte le indicó al juez que tratase la situación cautelar de Boudou y que fue allí donde el fiscal consideró que no era un caso de Covid-19, pero el juez sí, y dispuso la prisión domiciliaria. “La paradoja que descubre el caso es que se mantuvo incólume la posición fiscal en favor de la excarcelación” y ahora se opone a su arresto domiciliario.

Para De Luca, Boudou todavía no está cumpliendo la pena, sino que cumple prisión preventiva. A pesar de que la Sala IV de Casación confirmó la condena de Boudou y de que un plenario de jueces de Casación resolvió que basta esa decisión y el rechazo del recurso extraordinario para que la condena se empiece a ejecutar, De Luca sostuvo que eso “no resulta jurídicamente sostenible”.

Y puso como ejemplo que si la condena fuese de muerte, como estaba prevista en el viejo código de justicia militar, habría que ejecutar al condenado, aunque subsistiese la posibilidad de que la Corte revirtiera esa condena. Por lo que ese plenario no es obligatorio para los fiscales ni las otras partes.

Por eso dijo que la situación de Boudou “debe juzgarse a la luz de las reglas de las medidas cautelares”; es decir, entendiendo que cumple prisión preventiva.

No obstante, aclaró que según su punto de vista la condena de Boudou no está firme y que no se pronuncia sobre si debe o no ser excarcelado o en arresto domiciliario hasta que la Corte se pronuncie sobre su condena. “Mi dictamen se queda en la puerta de ello, no abro juicio de valor alguno sobre la resolución del juez de ejecución, porque advierto que no existen en el caso los requisitos previos de procedencia del recurso de casación”, dijo.

Con esta opinión, que deja sin impulso la apelación del fiscal Colombo, los jueces de Casación no tienen otro camino que rechazar el recurso y dejar firme el arresto domiciliario de Boudou. (La Nación)

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