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Insólito: la Directora del Hospital de Puerto San Julián prohíbe la libertad de expresión de los trabajadores del nosocomio

Insólito: la Directora del Hospital de Puerto San Julián prohíbe la libertad de expresión de los trabajadores del nosocomio

Con singular soltura y cercenando un derecho humano fundamental, la directora del Hospital Distrital “Miguel Lombardich” de la localidad de Puerto San Julián, Leticia Gorriti de Ponceemitió una circular mediante la cual informó a todos los trabajadores del nosocomio, la prohibición de expresarse por cualquier medio respecto de alguna situación que ocurriera en ese ámbito laboral. Caso contrario, advierte, serán pasibles de “medidas disciplinarias”.

La nota, que lleva firma y sello de la funcionaria y está fechada el 11 de septiembre pasado en esa costera localidad santacruceña, causó no sólo sorpresa por el tenor de la misma, sino también indignación. 

Con rótulo del Ministerio de Salud y Ambiente de la provincia de Santa Cruz, el texto indica:

A todo el personal del Hospital Distrital Dr. Miguel Lombardich:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes con el fin de informar que no se pueden realizar manifestaciones públicas de temas inherentes al Hospital Distrital Dr. Miguel Lombardich; ya sean en redes sociales, grupos cerrados o por cualquier otro medio; ante cualquier problemática que pueda llegar a surgir en el ámbito hospitalario dirigirse por nota a esta Dirección. 

En caso de observase este tipo de manifestaciones se llevarán a cabo las medidas disciplinarias correspondientes”.

La libertad de expresión es un derecho fundamental que se manifiesta en diversas formas, principalmente en dar y emitir opiniones, además de la búsqueda de información.

Así lo consagra no solamente la Constitución Nacional en su Artículo 14, sino también se podría remitir al 19: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.

También la Carta Magna Provincial, en su Artículo 11 establece, en una parte de su texto, que: “No podrán dictarse leyes ni otras medidas que restrinjan la libertad de palabra hablada o escrita”.

Además del marco jurídico argentino, los tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 13 y 19); la Declaración Universal de Derechos Humanos y otras similares, hacen referencia a la legislación internacional que respalda la libertad de expresión en la mayoría de los países democráticos, lo que desconoce o soslaya la Directora.

Consultada por el programa “Entre Colegas” que se emite de manera virtual en la capital de Santa Cruz, la directora del Instituto de Derecho Laboral de la Asociación de Abogados de Río Gallegos, dijo respecto de la nota firmada por la doctora Gorriti de Ponce que “es una aberración jurídica pero también institucional” y remarcó que la misma violenta toda legislación nacional y los tratados internacionales, ya que “se está coartando toda libertad de expresión” a los trabajadores.

Y en el mismo sentido fueron las declaraciones que realizó el doctor Enrique Papa, reconocido abogado del fuero local, especialista en derecho laboral.

En primer término la nota atenta contra la libertad de expresión. Es una barbaridad. Porque no dice qué temas privados ni qué temas que puedan ser del ámbito personalísimo. Dice ‘cualquier situación con respecto al Hospital’. Es una barbaridad”, sostuvo en contacto con OPI.

Además, aseguró que lo planteado “atenta contra el derecho a peticionar” y explicó: “los trabajadores del Hospital (de Puerto San Julián) pueden realizar públicamente sus reclamos, si es que los hay. Lo pueden hacer gremialmente o a través de los medios de comunicación. Esto está garantizado constitucionalmente y no puede haber censura previa”. Y añadió que, como si fuera poco, la nota firmada por la Directora del nosocomio sanjulianense “atenta contra el último convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es el 190, sobre violencia laboral. Porque acá la directora está ejerciendo violencia laboral contra sus propios empleados porque los amenaza diciendo que si llegan a publicar en sus redes sociales alguna cuestión referida al Hospital, van a ser sancionados. Esto es una aberración. No se le puede prohibir a los trabajadores que se expresen libremente”, dijo categórico. 

Sobre el final de la nota con esta Agencia, el doctor Papa se preguntó: ¿qué le queda entonces a esta funcionaria a partir de esto? Prohibir las reuniones, prohibir transitar… Es un acto dictatorial que atenta contra el sistema republicano y democrático de gobierno”. (Agencia OPI Santa Cruz)

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