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Casación rechazó la excarcelación de José López, condenado por enriquecimiento ilícito

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“Nación-Provincia-Municipio”: López habló y los ex intendentes de Santa Cruz harán fila para declarar

Según publica Clarín La Cámara le denegó al exfuncionario un pedido para salir en libertad sin abonar 85 millones de pesos de fianza.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles, por unanimidad, que el exsecretario de Obras Públicas José López deberá pagar 85 millones de pesos como fianza si desea acceder a la libertad condicional en la causa en la que está condenado por enriquecimiento ilícito.

La sala segunda del máximo tribunal penal del país rechazó un recurso interpuesto por la defensa de López, en el que se reclamaba que se impusiera una caución real inferior.

Ahora, la Justicia rechazó su pedido ya que entiende que puede hacer frente al monto de la fianza con bienes inmuebles y acciones societarias a su nombre.​

José López se encuentra hace casi cinco años detenido, luego de que en 2016 la Policía lo encontrara intentando esconder en un convento de General Rodríguez bolsos con nueve millones de dólares.

López fue declarado culpable del delito de “enriquecimiento ilícito”, en junio de 2019. Entonces le impusieron una pena de seis años de prisión, una condena que aún no está firme.

A lo largo de su encierro solicitó en varias oportunidades el beneficio de las salidas transitorias, pero el pedido le fue denegado por el Tribunal Oral Federal (TOF 1).

Finalmente, el TOF 1 le concedió a López la excarcelación por haber cumplido dos tercios de su condena, pero con una condición: abonar una fianza de 85 millones de pesos.

Días más tarde, la defensora oficial Pamela Bisserier​​ presentó un recurso para que ese monto fuera reemplazada por una caución juratoria ya que, dijo, López no podía afrontar la fianza.

Los fundamentos del rechazo

Este miércoles, la sala segunda de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de López, en una resolución que lleva la firma de los magistrados Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques.

El juez Slokar, quien lideró el acuerdo, señaló que en la causa se había explicitado que la fianza era la única caución apropiada.

Además, remarcó que la situación patrimonial del encausado permitía sostener la razonabilidad, con expresa mención de los bienes inmuebles que serían de su propiedad, junto con las acciones societarias a su nombre.

“En estas condiciones, el remedio no puede prosperar, por cuanto la recurrente no tomó a su cargo rebatir de modo adecuado los argumentos expuestos en la resolución atacada que condujeron a rechazar la sustitución de la caución impuesta a José Francisco López”, sostuvo el magistrado en el voto al que adhirieron sus colegas.

Fuentes judiciales recordaron, además, que luego de declarar como arrepentido ante el fiscal Carlos Stornelli en la denominada causa Cuadernos, José López ingresó Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados el 18 de agosto de 2018, lo que le permitió transitar el encierro separado del resto de la población penitenciaria. (Clarín)

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