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EL CONTRATO DE PABLO GRASSO CON LA EMPRESA DE TRANSPORTE URBANO, HECHO A IMAGEN Y SEMEJANZA DE CITY BUS Y EN DETRIMENTO DEL MUNICIPIO

Lo que el Intendente de Río Gallegos presentó casi como una conquista épica para resolver el problema del transporte urbano en la capital, en Contrato de Servicio con City Bus, puesto bajo la lupa genera fuertes suspicacias y sospechas de que el jefe comunal no dice toda la verdad y no es para nada ecuánime a la hora de repartir las “pérdidas y ganancias” al final de su lectura, teniendo en cuenta que como funcionario municipal, debe velar por los intereses de los ciudadanos que lo sostienen con sus tasas y contribuciones.

A partir del contrato firmado con la empresa City Bus, el cual tenemos en nuestro poder, vamos a hacer algunas enumeraciones que nos llamaron la atención y hoy es blanco de varias críticas al respecto, incluyendo dentro del propio Concejo Deliberante de la ciudad.

El contrato, al igual que el anterior con la empresa Maxia, le genera aún más compromisos a la municipalidad que a la propia empresa. La inversión inicial para City Bus, según establece la Cláusula Nº 17 del contrato, es sostenida por la propia municipalidad de Río Gallegos con un adelanto de 70 millones de pesos, un seguro de caución por medio y una  restitución del capital pactada en en 6 cuotas cuya finalidad es la compra de unidades 0 km para el servicio urbano de esta capital. La devolución de la empresa será en 24 meses , incluido un periodo de gracia de 12 meses desde que sea depositada la ultima cuota del adelanto. En síntesis, el municipio le compra los ómnibus a City Bus para que cobre los subsidios, cobre el pasaje más caro y no invierta un solo peso al arrancar.

Es decir, no existe ningún riesgo empresario. City Bus no hace una inversión realno arriesga capital e inclusive en la misma cláusula décimo séptima, el Intendente aclara sin eufemismos que “la falta de pago total o parcial por parte del municipio faculta a la empresa concesionaria no iniciar la prestación, suspender la misma, hasta tanto la Municipalidad  regularice la situación de incumplimiento”.

De alguna manera es e lpropio municipio el que faculta a la empresa, ante cualquier contingencia de tipo económico o financiera que surgiera, a cortar el servicio de manera unilateral, constituyendo esto, un amparo directo a la firma en contra de la propia municipalidad e inclusive del servicio, que es esencial.

El contrato entre el municipio de Río Gallegos y la empresa de transporte urbano en su Cláusula Nº 15, le asegura en diversas cláusulas a City Bus una “justa retribución”, aún sin saber si la rentabilidad “razonable” para la empresa va a ser del 15, 20, 30 o 50%, dado que la concesionaria va a contar, por un lado con el subsidio nacional al transporte y el subsidio provincial al transporte público, lo cual garantiza un pago mínimo de $ 900.000,00 al mes por cada unidad en servicio por parte del municipio y ellas son alrededor de 20 colectivos.

A todo ello se le deba sumar el costo del boleto que arranca con $ 60,00, valor que se ha pactado ajustar de acuerdo al “costo estructural” y conforme a una tabla que en el contrato figura con porcentajes de aumentos correspondientes al cas oil, cubiertas, salarios etc. Así lo determina también, la Cláusula Nº 14 la cual establece una redeterminación automática del valor del pasaje cada 6 meses, estableciendo de antemano los porcentajes de las distintas variables, dejando establecido que dicha condiciones es necesaria para cumplir lo determinado en la Cláusula anterior, que exige la prestación del servicio. En síntesis, si la empresa no puede redeterminar los precios, está exenta de obligaciones contractuales directas; la culpa será del municipio.

EL CONTRATO DE PABLO GRASSO CON LA EMPRESA DE TRANSPORTE URBANO, HECHO A IMAGEN Y SEMEJANZA DE CITY BUS Y EN DETRIMENTO DEL MUNICIPIO

Otro punto controvertido lo establece la Claúsula Nº 8 por la cual, en caso de situaciones de despidos de algún trabajador, la empresa se hace cargo de los pagos indemnizatorios, pero los mismos serán cubiertos proporcionalmente luego por la propia municipalidad, es decir, que los gastos emanados de los despidos serán solventado por la ciudad y no por la empresa que cobra todos los subsidios. Por lo tanto cualquier problema de orden privado que surja entre la empresa y sus empleados (choferes, administrativos, operativos, etc) serán absorbidos por el erario público, lo que remite que todos los ciudadanos de Río Gallegos, le den a la empresa y sus empleados “un virtual seguro de despido” con cargo a la municipalidad de Río Gallegos. El municipio se transforma en un “socio solidario” de City Bus en las pérdidas, en las ganancias no, esas solo son para City Bus.

Y otra cuestión controvertida surge de la la Cláusula Nº 37, por cuanto allí se establece que la concesionaria puede ceder los derechos y obligaciones derivadas del contrato de concesión a otra empresa, previa autorización de la municipalidad, la cual no requerirá la aprobación de otros organismos, ni el Concejo Deliberante ni poderes provinciales ni municipales; es decir, todo quedará al libre arbitrio del Intendente, quien podrá disponer, junto con City Bus, quién, cómo, cuándo y bajo qué términos, se haría cargo del servicio ante una eventual salida de la actual concesionaria, para quien el contrato no fija obligaciones pecuniarias, indemnizatorias o de obligaciones directas, teniendo a la Municipalidad de Río Gallegos como un seguro financiero de su actividad económica, quien, además le da los fondos para comprar los colectivos, que reciben doble subsidios (nación y provincia) y establece un alto valor para el boleto inicial y ya tiene prevista la escala de aumentos, en función de las variables inflacionarias, mientras los sectores de la ciudad que va a cubrir con sus servicios, lejos están de absorber esos costos y esos aumentos progresivos. Si este contrato no es “raro”, es al menos sospechoso de resguardar o encubrir irregularidades.

Quienes analizaron el contrato lo encuentran sospechosamente parcial, que ampara unilateralmente a la concesionaria y está planteado en términos relativos desde la empresa con sus obligaciones, tanto de inversión como de servicios, hacia el propio municipio. (Agencia OPI Santa Cruz)

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6 COMENTARIOS

  1. ¿¿¿YYY PABLO???? LA SOCIEDAD DEL ESTADO??? TE ACORDAS QUE TU ARGUMENTO ERA QUE LA HACÍAS PARA RESOLVER ESTO?
    QUE MENTIROSO HIJO DE PUTA ES ESTE TIPO
    CARA DE PIEDRA

  2. Intendente::::: Ud y su cómplice Diego Robles deberían ser denunciados ante la justicia por esto. Ud es un delincuente y su socio ni le cuento

  3. che Diego cuanto vamos y vamos en este negocito?
    Tu viaje a Rio Grande fue para ajustar el retorno?
    Es verdad que sos el mas interesado de cerrar esto?
    Volviste a las andanzas dieguito de cuando te echaron de medisur y le choreabas a Daniel
    Esto tiene vida corta
    Todo se sabra en pocos dias

  4. La unica empresa que visualizo…es la Municipalidad…asumiendo el capital y todos los riesgos y costos??? Para eso compren colectivos propios y previo curso a los empleados municipales….hacen un transporte municipal con tarifas bien bajas y gratis en algunos lugares……digo si hay tanto subsidio….

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