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La Justicia le ordenó a la Anses no demorar más las nuevas jubilaciones

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Según publica La Nación Un fallo de la Cámara Federal de Rosario resolvió, entre otros puntos, que los turnos para trámites se otorguen de manera más ágil y con un plazo que no supere los 45 días; qué pasó desde el inicio de la pandemia con las altas.

Por: Silvia Stang

En un fallo a favor de un colegio de abogados, pero que se proyecta que tendrá efectos más extendidos entre los usuarios del sistema, la Cámara Federal de Rosario le ordenó a la Anses facilitar y agilizar la obtención de turnos para tramitar, por ejemplo, altas de jubilaciones y pensiones. Además, los jueces de la Sala A de la mencionada cámara de apelaciones instaron al organismo a disponer que en las unidades de atención al público se trabaje “al máximo que permita el aforo correspondiente” (exceptuando al personal que sea de riesgo) y que los empleados que no estén en forma presencial “presten servicio real diario de forma virtual o remota”.

La medida cautelar dictada por los jueces en favor del Colegio de Abogados de Rosario ratifica en líneas generales una emitida en primera instancia en abril último. El escrito judicial establece que los turnos “para el inicio de las jubilaciones y pensiones y demás trámites” que pidan los abogados “de la segunda circunscripción judicial de la Provincia de Santa Fe (Rosario)” sean otorgados “en un plazo no mayor a 45 días, dentro del aforo permitido”. En la práctica, según explicó en diálogo con LA NACION Hugo Hernández, presidente del Instituto de Derecho Constitucional del citado colegio, y también según otras fuentes, los turnos se están dando a 60 días. La demora afecta a por igual a los abogados que actúan en nombre de terceros y a los usuarios que tramitan por cuenta propia sus prestaciones.

La modalidad con la que se hace el otorgamiento de turnos es igual para todo el país e incluye a usuarios particulares y a abogado apoderados; por eso, más allá de que sea el colegio profesional de una ciudad determinada el que logró el fallo, se entiende que la solución dispuesta, en caso de cumplirse lo ordenado por los jueces, tendrá en la práctica un alcance más general.

La resolución judicial incluye la orden a la Anses de que disponga un horario fijo y preestablecido, que sea informado a los usuarios, en el cual se acceda diariamente al pedido de turnos desde la web. Según explicó Hernández, desde hace un tiempo los turnos se habilitan, hasta su agotamiento, en horarios diferentes cada día, sin que exista previsibilidad respecto de cuándo se los puede conseguir.

En una presentación hecha en el marco de la causa a mediados de agosto, la Anses había pedido que el reclamo se declarara abstracto, en función de las mejoras que, según dijo el organismo, hubo en los últimos meses. Se había argumentado, por caso, que en cumplimiento de una circular interna de junio de este año “todo el personal de este Organismo (salvo las excepciones previstas) ya se encuentra abocado al régimen laboral de presencialidad en los ‘esquemas de burbujas’ de conformidad con los protocolos sanitarios vigentes”. También se había señalado la existencia de mejoras edilicias y de actualizaciones en el sistema de trámites bajo la modalidad virtual.

“En el fondo, el problema es la falta de turnos en cantidad suficiente para la demanda que existe –advirtió en diálogo con LA NACION el abogado previsionalista Adrián Tróccoli-. Hubo también amparos individuales para lograr que la Anses los otorgara; pero no puede ser que esa sea la solución; esos reclamos son parte de lo que satura los tribunales”.

En uno de sus argumentos de defensa, de hecho, la Anses esgrimió que en junio y en julio no habían existido acciones judiciales para solicitar que se le ordenara al organismo otorgar turnos y atender al público (antes sí los hubo, según se admitió).

Los problemas para acceder a los turnos y concretar trámites han ocurrido a partir del inicio de la pandemia. Las dificultades incluyen también al sistema de atención virtual, según las advertencias que hicieron diferentes instituciones que nuclean a los abogados. “Todo se podría solucionar con el sistema de atención virtual, que en la práctica no funcionó como se esperaba”, sostuvo Tróccoli.

Menos jubilados nuevos

Las dificultades, que comenzaron cuando la Anses empezó a suspender los turnos y luego cerró sus puertas por la cuarentena, se reflejaron en los números de prestaciones dadas de alta: en todo 2020 se habilitaron 120.390 nuevas jubilaciones, según datos de la Secretaría de Seguridad Social, un número que es inferior a la mitad del promedio anual de nuevos jubilados (248.384) de los tres años previos. Eso fue parte del ajuste fiscal concretado por el gobierno de Alberto Fernández, con el que se afectó el gasto previsional (la otra parte del ajuste fue la actualización insuficiente de los haberes).

Recién en el segundo trimestre de este año, según se desprende de la estadística oficial, hubo una mejora en los números: en los primeros tres meses del año se otorgaron algo menos de 33.000 altas de jubilaciones, en tanto que en los seis meses transcurridos entre enero y junio los casos fueron 96.258.

Las dificultades para conseguir turnos y las demoras en la gestión de trámites virtuales tienen sus consecuencias concretas en los bolsillos de los futuros jubilados, porque el día en que se asigna el turno para iniciar el trámite es el momento en que comienza a calcularse el haber. Por eso, cuando el beneficio se pone al pago, se abona también el retroactivo, que es el monto del ingreso que se acumuló desde que se consiguió el turno (en el caso de la gestión presencial) y el mes en que se cobra por primera vez. Por otra parte, la cifra acumulada no tiene actualización alguna, lo que provoca que, por la inflación, cuanto más demore el alta una vez iniciado el trámite, más poder adquisitivo se perderá.

Conducta proactiva

En el caso de Rosario, los jueces camaristas Aníbal Pinedo y Fernando Barbará se refirieron, entre las consideraciones del fallo que firmaron, a la necesidad de “pasar de una conducta defensiva [con respecto al Covid-19] a una conducta proactiva”, para “defender la salud humana de las empleadas y empleados públicos, pero también el funcionamiento de las instituciones básicas de estado de derecho”.

En el escrito se menciona que en los 9 meses previos a marzo de 2020 se otorgaron en la jurisdicción en cuestión 12.712 turnos para la atención presencial, mientras que entre junio de 2020 y febrero de 2021 se dieron 6439 turnos, y desde el 27 de abril (el día en que la jueza de primera instancia emitió la cautelar a favor del Colegio de Abogados) y hasta el 31 de agosto (5 meses), se concedieron 7154 turnos presenciales para trámites previsionales y 742 turnos virtuales. Esos datos son los que aportó la Anses a la causa. “No obstante -señala el fallo-, los amparistas manifestaron que la proyección de turnos invocada por el organismo ‘…no es lo que se ve en la realidad’”.

Además, se señala que antes de la pandemia el plazo de concesión de turnos para ir a las unidades de atención era de 48 horas a 30 días.

En la justificación al llamado a regularizar los servicios, el fallo sostiene que “en el carácter de funcionarios públicos, estamos obligados a tener una mirada y una planificación con perspectiva institucional, mayor a la reacción individual que podemos experimentar como simples ciudadanos sin cargas colectivas”. Y se concluye que no puede pensarse hoy en una etapa de “pospandemia”, porque la situación derivada del Covid-19 es “un proceso que va a perdurar, que es continuado y se va a prolongar quizá unos años”.

Además, se advierte que está en juego el derecho al acceso a prestaciones sociales “de personas de extrema vulnerabilidad”, en referencia a quienes tienen una discapacidad, cuyos beneficios resultaron especialmente demorados, por la tardanza en el inicio de la atención de las comisiones médicas.

Tras mencionar datos expuestos por los amparistas y por el organismo demandado, el juez Pineda concluyó que “el sistema de atención, tanto virtual como presencial, resulta –prima facie- insuficiente para garantizar el inicio de las jubilaciones y pensiones y demás trámites”.

Lo que resulta de esta y otras causas, según evaluó Tróccoli, es que los abogados y la Justicia tratan de poner las cosas en equilibrio cuando los poderes Ejecutivo o Legislativo se equivocan. “La función del Poder Judicial es poner límites; en este caso puso una obligación mínima, que incluso es menor de la que tendrían que haber dispuesto”, concluyó.

Mientras persisten el conflicto por los turnos y las demoras que comenzaron hace un año y medio para quienes necesitan comenzar a cobrar su prestación, ayer la Anses informó que resolvió 25.886 jubilaciones a mujeres, otorgadas mediante el mecanismo de contar años de aportes por hijos según lo dispuesto por un decreto de necesidad y urgencia de mediados de julio de este año. Y se especificó que se iniciaron 46.388 expedientes de esos casos, por lo que ya se le dio finalización al 55%.

En uno de los últimos escritos que los representantes del organismo habían elevado a los jueces de Rosario, se indicó que para esos beneficios, que comenzaron a darse poco antes de las elecciones, se implementaron “esquemas extraordinarios de trabajo” con extensión de horarios. (La Nación)

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