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Medidas electoralistas: el Gobierno eliminó restricciones para acceder a créditos a tasa cero

Monotributo en Argentina -

Según publica La Nación El Ministerio de Desarrollo Productivo sacó tres de las condiciones que existían para acceder a financiación a tasa subsidiada.

Continúan las medidas electoralistas. Este lunes el Gobierno flexibilizó los requisitos para que más monotributistas puedan acceder a los Créditos a Tasa Cero 2021, debido a la “demanda insatisfecha” que tuvo el programa en esta nueva edición.

La herramienta había sido lanzada el año pasado para acompañar a los monotributistas en el peor momento de la pandemia de coronavirus. En agosto volvieron a relanzar los créditos, con montos de hasta $150.000 y el costo financiero total subsidiado en un 100%.

“Atento al impacto alcanzado por el citado Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios del Programa ‘Crédito a Tasa Cero 2021′”, explicó el Ejecutivo a través de la resolución 626/2021, publicada esta mañana en el Boletín Oficial.

Así, el Ministerio de Desarrollo Productivo suprimió el impedimento que regía sobre aquellos monotributistas que prestan servicios al sector público, ya sea al Estado nacional, provinciales o municipales.

Además, a partir de ahora los solicitantes que registren facturas electrónicas podrán acceder al crédito a tasa subsidiada aún cuando se verifique que su facturación electrónica sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

También se eliminó el requisito que existía sobre aquellos monotributistas que no registran factura electrónica, pero que el promedio mensual de compras del primer semestre del año superaba el 80% de la suma que resultara de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

En ambos casos, los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A tenían que tomar como límite la suma de $20.800. En caso de haber iniciado sus actividades con posterioridad al 1 de enero, se tenía que tomar en consideración el 80% de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio.

Tras haber flexibilizado los requisitos para que más contribuyentes puedan sumarse al beneficio, el Ministerio de Desarrollo Productivo sumó una nueva condición. En esta ocasión, se destacó que no serán elegibles aquellos solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encontraban inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al momento de la solicitud respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año. (La Nación)

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