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Oil combustibles: entra en etapa decisiva el juicio por defraudación contra Ricardo Echegaray, Cristóbal López y Fabián de Sousa

Cuadernos: los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa recuperaron la libertad

Según publica La Nación El Tribunal Oral Federal 3 dará a conocer su veredicto el 16 de diciembre; minutos antes los acusados podrán decir sus últimas palabras.

Por: Candela Ini

Se acerca una definición incierta en un juicio por defraudación que involucra a actores de peso en el mundo de la política y los negocios. Es el caso conocido como Oil Combustibles, en el que el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray está acusado junto a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa por el otorgamiento de planes de pago de manera irregular a la firma petrolera para beneficiar a las empresas del Grupo Indalo. El juicio oral por esta causa comenzó en junio de 2019 y el Tribunal Oral Federal 3 ya fijó fecha para dar a conocer su veredicto el 16 de diciembre. Antes de fin de año, López, De Sousa y Echegaray serán absueltos o condenados por el delito de defraudación al Estado.

El fiscal del caso, Juan Patricio García Elorrio, pidió aplicar una condena de cuatro años y cuatro meses de prisión a los dueños del Grupo Indalo, y de cuatro años y ocho meses de prisión al extitular de la AFIP. Según la acusación, el Estado se vio perjudicado al no recibir parte de sus recursos, ya que la firma no pagó el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL), y se encuentra acreditado que mediante los denominados “préstamos intercompany” Oil Combustibles financió a otras firmas del Grupo Indalo con los fondos líquidos exigibles producto de la falta de pago por parte de la empresa.

Echegaray fue considerado en la acusación como partícipe necesario del delito de defraudación al Estado, por una serie de “acciones y omisiones que perpetuaron la maniobra delictiva”, según el alegato fiscal. En su defensa, Echegaray dijo que los hechos que se investigaron no constituyen delito y que todo lo actuado se realizó en el marco de lo estipulado en el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Tributario (11.683). “Los planes de pago particular siguieron el mismo trámite que los 1648 planes de pago que se concedieron durante mi gestión”, dijo. También sostuvo que no hubo perjuicio fiscal para el Estado. “La deuda se encontraba dentro del concepto de espera documentada”.

Fabián de Sousa tiene como abogado al penalista Carlos Beraldi, quien se ocupa de los frentes judiciales de Cristina Kirchner, López es representado por Fabián Lertora y Echegaray cuenta con León Arslanian y Martín Arias Duval.

La defensa de los empresarios no solamente se enfocó en señalar que los planes de pago que les habían sido otorgados también fueron concedidos a otras empresas. Sostuvieron a lo largo de las audiencias que esta modalidad era legal y dijeron que la causa fue armada por una asociación ilícita durante el gobierno de Mauricio Macri. Los medios de comunicación del Grupo Indalo apuntaron contra quienes interrumpieron planes de pago de Oil y los acusaron de haber llevado a Oil Combustibles voluntariamente a la quiebra. Los extitulares de la AFIP durante el macrismo Alberto Abad y Leandro Cuccioli fueron de los principales apuntados por los acusados en esta causa.

La definición es un enigma. El tribunal está integrado por los jueces Andrés Basso, Fernando Machado Pelloni y Javier Feliciano Ríos. De perfil técnico, Basso lleva casi 27 años en la Justicia federal, con trayectoria en los tribunales de La Plata, los de Lomas de Zamora, y los de Capital Federal. Es dirigente de la Lista Bordó, que conduce la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y que en la interna de los jueces suele identificarse con posturas más antikirchneristas respecto de la política judicial.

No es este el único proceso relevante en materia de corrupción del que Basso forma parte. También ocupa una silla como juez subrogante del TOF 2 en el juicio contra la vicepresidenta en la causa Vialidad, donde se investiga el presunto direccionamiento de obra pública a las empresas de Lázaro Báez. En ese proceso, sostienen varios funcionarios de Comodoro Py, el rol de Basso fue clave cuando el juicio quedó al borde de ser suspendido porque la Corte Suprema había pedido revisar el expediente, en mayo de 2019. También falló como juez unipersonal y condenó por falso testimonio a los falsos testigos que declararon para perjudicar al juez Sebastián Casanello, y requirió a primera instancia que acelerara la investigación contra los presuntos autores intelectuales de la maniobra.

Con alrededor de 34 años en el poder judicial, Javier Feliciano Ríos trabajó primero como secretario de primera instancia en un juzgado penal. Después fue como juez de instrucción durante la intervención federal de Santiago del Estero, entre 2004 y 2005. En 2006 pasó a ser juez de instrucción en la Capital Federal, y en su entorno destacan que en ese cargo aplicó por primera vez la figura penal de femicidio. En 2015 fue nombrado juez de cámara en el TOF 3. Ríos es afín a la Lista Celeste, usualmente identificada con las políticas judiciales del kirchnerismo.

Alineados con dos agrupaciones opuestas, Ríos y Basso tienen posiciones definidas y conocidas en el mundo de las internas entre los jueces federales y nacionales. Machado Pelloni, en cambio, no está identificado ni con la Lista Bordó ni con la Celeste, aunque avaló la elección de Alberto Lugones (de la lista Celeste) en el Consejo de la Magistratura.

Con sus tres integrantes, el TOF 3 dictó sentencias en dos megajuicios de causas narco: uno, el de Marcos Estrada González, donde fueron condenados 38 personas con penas de hasta 24 años de prisión, y otro, el que condenó a la denominada Banda de Itatí.

Este tribunal absolvió el año pasado a Carlos Telleldín en el juicio donde estaba acusado como partícipe necesario del atentado a la AMIA, que provocó la muerte de 85 personas en 1994. Esta absolución, firmada por Basso y por Ríos al entender que no surgió ninguna prueba directa y objetiva de que Telleldín supiera el destino que iba a tener la camioneta que el vendió el 10 de julio de 1994, dejó al caso sin culpables. (La Nación)

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