Según publica Clarín Le informó al juez Lino Mirabelli que “no comparte” sus argumentos. El magistrado había rechazado que no existiera delito, como sostenía el Presidente.
Por: Lucía Salinas
En un breve escrito el presidente Alberto Fernández le dijo al juez federal Lino Mirabelli que, pese a no compartir sus argumentos, no apelará la decisión de haber rechazado el planteo de inexistencia de delito en la causa que investiga la fiesta del 14 de julio de 2020 en la quinta de Olivos, cuando regía una estricta cuarentena. El jefe de Estado había pedido su sobreseimiento. Además, dejará de representarse a sí mismo y designó a dos abogados.
En este expediente radicado en el juzgado de San Martín, el principal imputado es el Presidente. El objeto procesal “comprende múltiples hechos” vinculados a la violación de la normativa, “entre otras figuras invocadas en las respectivas denuncias, a raíz de presuntas transgresiones a las medidas instrumentadas por las autoridades nacionales con el objetivo de mitigar la propagación de la pandemia de COVID-19”.
En ese mismo sentido, en la causa se indicó que el “denominador común consiste en que se habrían producido en la Residencia Presidencial de Olivos”. Antes de que quede imputado en este expediente, Alberto Fernández había pedido su sobreseimiento a través de una “falta de acción por inexistencia” del delito.
Para argumentar su pedido, había manifestado que en el cumpleaños de Fabiola Yañez del que participaron nueve personas más cuando en el país regía una estricta cuarentena, “de ninguna manera se relajaron, evitaron u omitieron las medidas de cuidado de rigor. Y que en ningún caso se concretó el contagio propio, de los presentes, o de terceros”.
Al analizar la situación y tener en cuenta el criterio del fiscal Domínguez que había rechazado los argumentos del Presidente de la Nación, el juez Mirabelli dijo: “a la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron las defensas de Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi”.
El magistrado entendió que los argumentos manifestados por el Jefe de Estado “adolecen de las condiciones necesarias para su procedencia en el caso”, para determinar la inexistencia del delito.
Con esa resolución el juez Mirabelli que sostuvo que por el momento se deben seguir investigando los delitos atribuidos a Alberto Fernández, violación de la normativa e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Para el resto de los imputados, sólo les comprende la primera acusación contemplada en el Código Penal.
Recientemente Alberto Fernández presentó un breve escrito en el que informó al juzgado que no apelará la resolución del juez Lino Mirabelli pese a “no compartir los argumentos” esgrimidos.
De todos modos, la Cámara de Apelaciones de San Martín sí deberá expedirse ya que el rechazo al planteo de inexistencia de delito, fue apelado por el abogado Fernando Burlando y el defensor de las hermanas Peruilh y de Sofía Pacchi. El recurso ya fue concedido por el magistrado y elevado para ser resuelto por la instancia superior.
El presidente de la Nación se representaba a sí mismo en este expediente, pero ahora designó dos nuevos abogados: Marcelo Antonio Sgro y Fabián Musso. Este último fue el coordinador del consejo consultivo que Alberto Fernández anunció para reformar la Justicia e integro el estudio del ex Procurador Esteban Righi. (Clarín)