Inicio Economía y Finanzas Programa Repro II: el Gobierno prorrogó la reducción en las contribuciones patronales

Programa Repro II: el Gobierno prorrogó la reducción en las contribuciones patronales

0
La actividad de las pymes industriales cayó 5% en octubre
Desde la CAME advierten que el 60% de las Pymes tienen dificultades para pagar el adelanto salarial

Según publica La Nación La Casa Rosada publicó la medida a través de un decreto en el Boletín Oficial; se trata de una quita del 100% para las firmas beneficiadas.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial este miércoles una prórroga a la reducción del 100% en las contribuciones patronales para las firmas incluidas en el programa Repro II, destinado a aquellas empresas que pertenecen a actividades críticas debido a la pandemia.

En concreto, la Casa Rosada prorrogó el decreto 323, publicado en mayo de este año, que otorgaba ese beneficio hasta el 31 de diciembre. Ahora, a través de otro decreto, el número 899, la reducción total de las contribuciones patronales regirá hasta el 30 de junio.

En los considerandos de la medida, se señaló que resulta preciso extender los beneficios otorgados “por un plazo mayor, para no afectar la sustentabilidad económica de las unidades productivas y preservar el nivel de trabajo registrado”.

Asimismo, se agrega que el tratamiento diferencial a las empresas en este punto “será compensado con aportes del Tesoro Nacional con el objetivo de asegurar la sustentabilidad económica y financiera del Sistema Previsional Argentino (SIPA), con el fin de no afectar las prestaciones de sus actuales ni futuros beneficiarios o futuras beneficiarias”.

Creado por la resolución 938 del 2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el “Programa REPRO II” consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos y adheridas al Programa.

El Repro II, que reemplazó a la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) de la primera parte de la pandemia, incluye criterios de selección para acceder al beneficio y determinar si las empresas se encuentran en condiciones de percibir el subsidio como la variación porcentual interanual de la facturación, variación porcentual interanual del IVA compras, endeudamiento, liquidez, variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera, variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación y la variación porcentual interanual de las importaciones.

A su vez, en el mismo decreto se extendieron los beneficios en este sentido para las nuevas relaciones laborales en las provincias del Norte Grande. Se trata de lo establecido en el decreto 191 de marzo de este año por el que se estableció “una rebaja gradual y temporaria de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales que se inicien en el término de doce meses contados desde su vigencia, durante un período de tres años”.

La medida abarca a “sectores económicos determinados de las provincias de Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago Del Estero y Tucumán, orientados a la producción de bienes” y busca dinamizar el empleo en la región. (La Nación)

SIN COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Exit mobile version