Emergencia sanitaria: el decreto del Gobierno que complicaría el pago a Cristina Kirchner de $175 millones por su jubilación

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La vicepresidente Cristina Kirchner - Foto: NA

Según publica La Nación La medida, que se había decretado inicialmente el 12 de marzo de 2020, se extendió en 2021 y ahora regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Gobierno decretó ayer la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023 de la emergencia sanitaria, lo que determinaría, entre otras cosas, la imposibilidad de los pagos retroactivos a pensiones especiales e imposibilitaría que la vicepresidenta Cristina Kirchner pudiera cobrar los $175 millones que reclama por su jubilación.

“Si amplían la emergencia sanitaria, por la normativa de la Anses que dictaminó que mientras dure no puede haber pago retroactivo de lo que son pensiones especiales, a Cristina no correspondería pagarle”, dijo a LA NACIÓN la diputada nacional Graciela Ocaña.

La legisladora había presentado ayer una medida cautelar ante el juez federal Ariel Lijo para que impida que la Anses le pague a a la vicepresidenta un retroactivo de su jubilación por unos 175 millones de pesos. “Con la emergencia sanitaria ampliada, quedaría abstracto el recurso que presenté”, agregó Ocaña, quien justificó su pedido en que el monto exigido por la vicepresidenta es “ilegal” y que “ello implicaría la consumación del delito de malversación de caudales públicos”.

Ya ayer, Ocaña había advertido este miércoles: “Restando menos de dos días hábiles para que finalice el año, no existe decreto ni norma que prorrogue nuevamente la emergencia sanitaria, por lo que, de no mediar un nuevo decreto, el 1° de Enero de 2023 dejaríamos de estar en emergencia sanitaria, por lo que las causales de suspensión de pago de los retroactivos dejarían de existir, y así se consumaría el perjuicio económico”.

Decretada la extensión de la emergencia sanitaria, los pagos retroactivos se suspenden automáticamente.

La ley 24.018 fija las pensiones para exmandatarios. Todos los expresidentes perciben pensiones equivalentes al 100% de un sueldo de la Corte Suprema, mientras que los exvicepresidentes perciben el 75%, aunque puede haber variantes por antigüedad y otros ítems.

Ocaña denunció a Fernada Raverta, la camporista titular de la ANSES, por no haber apelado la sentencia del juez Ezequiel Pérez Nami del 29 de diciembre de 2020, que otorgaba a Cristina Kirchner la posibilidad de cobrar dos asignaciones consideradas de privilegio. La vicepresidenta fue autorizada a seguir cobrando su doble pensión: una por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner y la otra por haber sido mandataria.

Pero dado que en junio de 2020 el organismo previsional resolvió que, mientras dure la emergencia sanitaria, resulta prudente suspender el pago de los haberes retroactivos -tal cual establece el decreto- la expresidenta no podría percibir el dinero reclamado. En el escrito de hace más de dos años, la Anses argumentó que la crisis por el coronavirus obliga a “un esfuerzo mancomunado de la totalidad de los sectores sociales en relación con aquellos de menores ingresos”.

El decreto de extensión de la emergencia sanitaria

El DNU 863/2022, publicado hoy en el Boletín Oficial, faculta al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria y, en sus considerandos, argumenta que todavía hay necesidades de atención especial por la pandemia de coronavirus y sus impactos incluso en el ámbito de la salud mental.

Allí se explica que si bien se alcanzó un elevado nivel de inmunidad poblacional contra el Covid-19, se registra nuevamente una alta circulación de ese virus, así como de otros que afectan las vías respiratorias.

La ampliación por un año más de la emergencia indica que el fin “es prepararse para la integración sostenible de la vigilancia de SARS CoV-2 con otros sistemas de vigilancia (controlando asimismo la influenza y otros virus respiratorios) y la de continuar adaptando el uso de medidas de protección efectivas a nivel individual para reducir la transmisión, adaptadas adecuadamente al contexto epidemiológico cambiante”.

Además, se informa que en el país “en el año 2022, además de circulación de SARS-CoV-2 se registró un comportamiento inusual tanto en la estacionalidad y número de casos registrados de influenza como en la frecuencia y distribución de otros virus respiratorios, fundamentalmente metapneumovirus, virus sincicial respiratorio, parainfluenza y adenovirus”.

Así es como que se afirma que si bien se llegó a un elevado nivel de inmunidad poblacional, “relacionado con una combinación de alta incidencia de infecciones en sucesivas olas de contagios y muy altas coberturas de vacunación, se registra nuevamente alta circulación de SARS CoV-2 y otros virus respiratorios”.

Qué implica la emergencia sanitaria

De acuerdo al documento, la emergencia sanitaria permite un conjunto de medidas relacionadas con la disposición del presupuesto, contrataciones de personal de salud y otros trámites:

  •     “Establecer un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran”.
  •     “También se puede contratar a personal de salud jubilado o retirado, y autorizar, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos y técnicas de salud, titulados y tituladas en el extranjero cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina”.
  •     “Permite a la cartera de Salud autorizar la instalación y funcionamiento de hospitales de campaña o modulares aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas”.
  •     “Autoriza la reasignación de partidas presupuestarias, por parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la implementación de las medidas que fueran necesarias bajo esta emergencia”. (La Nación)
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1 COMENTARIO

  1. La porota tiene la cara más dura q el diamante, lo explico la escala de Moss q regula la dureza de los minerales se basa q el de arriba raya al de abajo, el más blando es el talco y el más duro el diamante q solo es rayado x otro diamante . Fin

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