ANSeS desmintió la suspensión de pagos de sentencias judiciales

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) desmintió que exista una suspensión en los plazos para el pago de sentencias judiciales y aclaró que los tiempos procesales fueron extendidos a pedido de los jueces de primera instancia.  

El organismo salió al cruce de versiones erróneas que surgieron tras la publicación de la Resolución N° 118/2025 de la Corte Suprema de Justicia. Según explicaron desde ANSeS, la decisión del Máximo Tribunal solo otorga una prórroga “a pedido de los juzgados federales de primera instancia (expediente 7975/2023)” para el dictado de sus resoluciones interlocutorias.  

ANSeS garantiza continuidad en los pagos  

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Desde la entidad enfatizaron que la medida es de carácter interno en el ámbito judicial y no afecta el normal cumplimiento de los pagos. “Los plazos de ANSeS no se encuentran suspendidos”, aseguraron.  

Además, el organismo recordó que, durante la actual gestión, se implementó un nuevo esquema de liquidación de sentencias a través de la Resolución DEA 307/2024. Según ANSeS, este cambio permitió acelerar los procesos de pago y ajustar los haberes iniciales dentro del plazo estipulado en las resoluciones judiciales.  

ANSeS pasó de liquidar las sentencias de manera tardía a asumir el compromiso de cumplir con los reajustes de haberes en tiempo y forma, en paralelo con el pago de los expedientes en stock”, explicaron desde el organismo.  

De esta manera, ANSeS ratificó que “no existe suspensión de plazo alguna” y que la decisión de la Corte Suprema solo afecta los tiempos de resolución de los jueces, sin modificar el esquema de pagos vigente. (Agencia OPI Santa Cruz)

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