El Gobernador de la provincia, aquel que en campaña desde la caja de las camionetas del Sindicato de Petroleros Privados, cargaba contra Alicia Kirchner porque tenía postergados a los docentes de la provincia y sumida en una crisis ingobernable a la Educación en Santa Cruz, el mismo que en varios discursos grabados se enciende en favor de la educación pública y demanda salarios acordes para los maestros, acaba de firmar una sanción pecuniaria contra la ADOSAC provincial tras la sanción impuesta por la Secretaría de Trabajo mediante Disposición N° 304 del mes de septiembre 2024.
Por el Instrumento público el Ministerio de Trabajo procedió a multar con $ 654.296,00 por cada docente que no acató la conciliación obligatoria, dispuesta por el Ministro, en virtud del paro docente que la autoridad de aplicación decidió interrumpir y el gremio no acató.
De acuerdo al documento la multa total alcanza los $1.736.894.161,60 dándole al sindicato tres días de plazo para depositar la millonaria suma en la cuenta del Banco Santa Cruz SA Cuenta Corriente Multa 1-416135-7 – CBU 0860001101800041613572 – CUIT N° 30-71611032-6 , lo cual, obviamente nunca ocurrió.
Típica conducta del “Rincón del vago”
Antes de la aparición de la Inteligencia Artificial, en internet se fundó un sitio español de monografías, apuntes y textos académicos presentados por alumnos de distintos lugares de escuelas y universidades que suben sus escritos, los cuales ayudan a preparar trabajos similares de determinada temática, con un mínimo esfuerzo. De allí, precisamente, deviene su nombre: “Rincón del vago”.
En este caso, el Subsecretario de Trabajo de la provincia, Javier Aravena, utilizó un mecanismo parecido al que podríamos llamar “el rincón del vago santacruceño” a los fines de sancionar a la ADOSAC, pues reflotó una vieja sanción no ejecutada por el gobierno de Alicia Kirchner, le cambió la fecha, le adosó una cédula de notificación con fecha 14 de noviembre 2023 y al final le agregó una hoja con la resolución de tres artículos sancionando al gremio y hasta allí llegó el máximo esfuerzo del Secretario de Estado de Trabajo de Santa Cruz; ni siquiera se tomó el trabajo de refrendar el procedimiento a través de las actuales autoridades de Educación, por el contrario, lo hizo invocando los fundamentos de personas que no están en funciones como María Cecilia Velázquez, ex presidente del Consejo Provincial de Educación, Enrique Ismael como Vicepresidente, Ninnet Milestic, Secretaria de Coordinación General y Gala Pugh, Secretaria de Gestión Administrativa, ninguno de los cuales están en funciones, dado que pertenecen a la gestión anterior que terminó el 11 de diciembre de 2023. ¡será Claudio Vidal una extensión de las políticas educativas del kirchnerismo?.
Para acortar camino, el Subsecretario de Trabajo Javier Aravena, se basó en el dictámen N° 746/DGAJ/2023 de la gestión anterior, por el cual se disponía imponer a la ADOSAC una sanción de multa por incumplimiento a la conciliación obligatoria y obstrucción a la autoridad laboral de aquel momento y hoy, ante un hecho similar ocurrido durante el gobierno del kirchnerismo, el gobierno de Vidal rescata y aplica.
Recurso de anticonstitucionalidad
La ADOSAC presentó un Recurso con pedido de anticonstitucionalidad por la decisión tomada por la Secretaría de Trabajo aduciendo que la exigencia del depósito previo contenida en el artículo 16 de la Ley 2.450, es una norma destinada para ser aplicada al sector empleador y no a los trabajadores, ni luego tampoco a sus representantes, remarca el texto del Recurso, destacando que la norma del art. 16 tiene su fuente en el principio protectorio del trabajador.
“Igualmente – señala el escrito legal – corresponde señalar que, en el sistema legal aplicable, la multa sólo puede ser aplicada a la patronal y no al sector empleador”.
Siguiendo con el cuestionamiento, la presentación legal de la ADOSAC indica “Así, la norma utilizada por el Ministerio para sancionarnos, es la Ley 25512, cuyos artículos 2, 3 y 4 establecen y diferencian las distintas faltas por las cuales puede aplicarse una sanción. En todos y cada uno de los casos, se trata de violaciones de normas destinadas a proteger al trabajador y cuyo cumplimiento está a cargo del empleador” y concluye “La violación de estas normas es lo que puede dar lugar a multas. La violación de obligaciones por el trabajador o por el gremio, no da lugar a multas”.
El Secretario General de la ADOSAC, señaló ante nuestra consulta, que la decisión del gobierno “es política”, una extorsión para disolver la voluntad de lucha del gremio y desalentar los paros “nosotros ya recusamos la medida y vamos a realizar la denuncia ante la OIT (Organización Internacional de Trabajo) por los argumentos que sostenemos de que no se puede ser juez y parte en un conflicto que aún cuando lo habilite la Constitución, no se puede desconocer que no es en absoluto independiente y lo que hacen es reconocer y confirmar la modalidad que usó el kirchnerismo antes y ellos replican y aplican ahora. Los mismos argumentos y metodología”, concluyó Fernández. (Agencia OPI Santa Cruz)