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Reformaron la Ley de defensa al Consumidor

Cámara de diputados de la Nación
14/03 – 09:50 – A partir de ahora, podrá efectuar reclamos a Servicios Públicos, dar de baja los servicios que contrató por ese mismo medio, entre otras posibilidades. Se multará a las empresas aerocomerciales por sobrevender pasajes.

La Cámara de Diputados de la Nación, aprobó la reforma de la Ley de Defensa del Consumidor.

La nueva normativa, que sufrió algunas modificaciones en el Senado por las presiones del sector privado, castiga la sobreventa de pasajes aéreos, obliga a especificar todos los gastos bancarios, eleva las multas por incumplimientos hasta los cinco millones de pesos y reduce las multas mínimas a 100 pesos, reconoce el derecho de indemnización inmediata hasta 3000 pesos, establece que los usuarios podrán litigar sin asumir los costos, las empresas de servicios públicos deberán someterse a esta ley y se crearán en todo el país tribunales arbitrales.

Cuando pasó al Senado, las presiones de diferentes entidades privadas (bancos, aeronáuticas, telefónicas, entre otras) se sintieron. Así fue como la Cámara alta realizó algunas modificaciones al proyecto original. Por ejemplo, eliminó un detalle de posibles prácticas abusivas y excluyó del alcance de la norma a las profesiones liberales.

A continuación, se detallan los principales ejes de la nueva ley:

– Transporte aéreo: Se especifica que la sobreventa de pasajes aéreos es una violación al deber de informar y los pasajeros pueden exigir una reparación. Los clientes tienen derecho a saber que el pasaje es condicional; las compañías no lo dicen cuando sobrevenden los tickets. Lo mismo ocurre con la pérdida del equipaje, que ahora se considera deficiencia en la prestación del servicio y queda alcanzado por la ley.

– Indemnización directa: Los consumidores tienen derecho a una indemnización por vía administrativa de hasta 5 canastas básicas, equivalente a 3000 pesos. El 95 por ciento de las denuncias por la Ley de Defensa del Consumidor son por montos menores a esta cifra. Por lo tanto, eran muy pocos los que avanzaban con los juicios, lo que terminaba desalentando reclamos.

– Multas: Con la reforma de ley, se aumentó el tope máximo de multas para los comercios que ahora es de cinco millones de pesos –antes era de 500 mil– y se bajó el mínimo a 100 pesos. Las multas altas funcionan como herramientas disuasivas. El 50 por ciento de las multas cobradas por el Estado servirán para crear un fondo destinado a campañas de educación para los consumidores.

– Servicios públicos: A partir de ahora, los servicios públicos podrán regirse por la Ley de Defensa del Consumidor juntamente con los marcos regulatorios de cada servicio. En caso de que haya dudas sobre qué normativa aplicar, se elegirá la más beneficiosa para el usuario. Además, los consumidores tienen derecho a iniciar un reclamo hasta un máximo de tres años después de ocurrido un perjuicio. Hoy, los clientes de Buenos Aires y Córdoba de las compañías eléctricas disponen de 48 horas para quejarse si se les quema la heladera.

– Atención personalizada: Las empresas prestadoras de servicios públicos deberán otorgar atención personalizada. De esta manera, los usuarios de los servicios telefónicos que hasta ayer sólo eran atendidos por teléfono –y en muchos casos a través de un contestador automático– podrán solicitar ser atendidos por un empleado de la empresa. Además, los usuarios tienen el derecho de rescindir un contrato por el mismo medio que fuera adjudicado. Si contrataron un servicio de Internet por teléfono, podrán darlo de baja por la misma vía.

– Bancos: La nueva normativa permitirá un mayor control sobre las cláusulas de los contratos con entidades bancarias, que deberán dar información fehaciente sobre el importe a desembolsar inicialmente y el monto financiado; el total de los intereses a pagar o el costo financiero total. Además, la normativa se hace extensiva a todos sus destinatarios. Si alguien tenía una extensión de una tarjeta de crédito para un familiar, sólo podía reclamar el titular de la misma. La nueva normativa se hace extensiva para todos los destinatarios y lo mismo ocurre en otro tipo de servicios, como las prepagas.

– Ley de Tarjetas de Crédito: Se integra con la Ley de Defensa del Consumidor. Hasta ayer, la autoridad de aplicación para la normativa de tarjetas era sólo nacional. Ahora, un cliente de Catamarca, en vez de tener que dirigirse a la Capital Federal para hacer su reclamo, podrá hacerlo directamente en su provincia. Esta ampliación de los lugares de reclamo se hace extensiva para los diferentes servicios, a través de las diferentes oficinas de Defensa del Consumidor en las provincias.

– Justicia gratuita: La nueva ley reinstala el beneficio de justicia gratuita para todos los procesos iniciados a partir de esta ley, ya sea en defensa de un derecho o interés individual como en defensa de los intereses colectivos. El usuario no tendrá que cargar con costas si pierde en su demanda.

– Comercialización de bienes inmuebles: En la ley se incorporaron todos los bienes inmuebles –sin especificar si son nuevos o usados—, con lo cual toda operatoria de compra, venta y alquiler de propiedades estará alcanzada por la nueva normativa. El mayor impacto es sobre inmobiliarias, bancos y constructoras.

– Creación de tribunales arbitrales: El Estado impulsará la organización de Tribunales Arbitrales de Consumo en todo el país, para resolver las controversias entre consumidores y empresas. Esta es una instancia más que no reemplaza los procedimientos administrativos. Actualmente existen 200 entidades adheridas a los tribunales. (Pagina 12/agencia OPI Santa Cruz)

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9 COMENTARIOS

  1. BUENAS TARDES.
    LES HAGO UNA CONSULTA, ESTA NUEVA LEY. NO TIENE NADA QUE VER CON EL TEMA DE LOS AUMENTOS INCREIBLES DE LOS ALQUILERES NO? PERDON MI IGNORANCIA PERO ESTOY DESESPERADA POR ESTOS AUMENTOS Y VEO QUE NADIE REGULA NADA.
    MUCHAS GRACIAS

  2. No Andrea, no tiene nada que ver lamentablemente… El Gobierno tendría que declarar una emergecia inmobiliaria y poner topes a los alquileres, los que no somos propietarios la verdad que la estamos pasando mal conestos aumentos.

  3. REGULACION?? TOPES???? DEJENSE DE JODER, VAYAN A LABURAR Y COMPRENSE LO QUE QUIEREN, LAS PROPIEDADES SON DE LOS DUEÑOS Y TE COBRAN LO QUE QUIEREN, SI NO TE GUSTA NO LOS ALQUILES…. QUE MANGA DE VAGOS E IGNORANTES QUE SON, ME DAN LASTIMA FRCASADOS RESENTIDOS!!!

  4. LAMENTABLE TU CONTESTACION NEGRO TENDRAS QUE SER!!!!! JAJAJAJA
    NO VALE LA PENA, NI CONTESTARTE.
    ALTURA QUERIDO NO SE DICEN ESTAS COSAS SI NO ES EN LA CARA, MUY DE MAL GUSTO Y DE GRONCHO TU CONTESTACION

  5. La compra de un Vehiculo Usado (para uso particular) en una Consecionaria esta alcanzada x la ley de defensa del consumidor? ya que compre uno y a los 2 meses se rompio el motor completo… y la agencia me dice que son fierros y que se rompen, que ellos no lo rompieron.
    Gracias

  6. les queria preguntar si el servicio de internet esta incluido en “servicios publicos” y por lo tanto tienen la obligacion de tener atencion personalizada ante reclamos, ya que hay empesas que no lo tienen.
    muchas gracias

  7. Adrian,no te molestes,enviale s por medio de abogado una carta documento ,e iniciales una causa por estafa ,averigua bien con un abogado,y a pelarse.que tengas suerte hermano

  8. Hola una consulta yo tenia una linea de telefonia móvil y me cambie a otra y ahora me estan cobrando una penalidad porq el aparato que compre estaba en promoción y como tofavwia no paso un año me quieren cobrar $6000. Eso edta bien??

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