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El infanticidio será excarcelable y nuestra diputada nacional por la UCR promueve el proyecto de Ley

La Diputada Nacional Elsa Alvarez (UCR-Santa Cruz) - Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz
23/08 – 17:00 – La reincorporación al Código Penal de la figura del infanticidio avanza en el Congreso y ya esta listo para que lo trate la Cámara de Diputados. Si se aprueba, toda madre que mate a su hijo durante el nacimiento o inmediatamente después, quedará en libertad. Elsa Alvarez (UCR-Santa Cruz) promovió la norma junto a legisladores del oficialismo y la oposición. Gran debate donde colisiona lo práctico con lo ético y moral.

Tal como lo publica hoy el portal Urgente24.com las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia aprobaron un dictamen de mayoría, consensuado entre el oficialismo y partidos de la oposición, que atenúa la pena a la mujer que mata a su hijo durante el nacimiento o luego, mientras se encuentra bajo la influencia del estado puerperal y fija el castigo de seis meses a tres años de prisión. Hoy le puede. Es decir que el asesinato de un niño en manos de su madre, tendrá una pena excarcelable.

La iniciativa fue promovida por los diputados Claudia Rucci (Peronismo Federal, Liliana Parada (Proyecto Sur-Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Silvia Storni (UCR-Córdoba), Oscar Albrieu (Frente para la victoria-Río Negro), – María Linares (GEN-Buenos Aires), María Acosta (Frente para la Victoria-Catamarca), Hilda Aguirre de Soria (Frente para la Victoria-La Rioja), Horario Alcuaz (GEN-Buenos Aires), Elsa Álvarez (UCR-Santa Cruz), Raúl Barrandeguy (Frente para la Victoria-Entre Ríos), Miguel Barrios (Partido Socialista-Santa Fe), Elisa Carca (Coalición Cívica- Buenos Aires), Remo Carlotto (Frente para la Victoria-Buenos Aires), Diana Conti (Frente para la Victoria-Buenos Aires), Juliana Di Tullio (Frente para la Victoria-Buenos Aires), Luis Fernández Basualdo (Frente para la Victoria-Formosa), Ricardo Gil Lavedra (UCR-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Fernanda Gil Lozano (Coalición Cívica-Buenos Aires), Olga Guzmán (Movimiento Popular Neuquino- Neuquén), Carlos Kunkel (Frente para la Victoria-Buenos Aires) Cecilia Merchan (Libres del Sur-Córdoba), Mirta Pastoriza (Frente Cívico- Santiago del Estero), Marcela Rodríguez (Coalición Cívica-Buenos Aires), María Storani (UCR-Buenos Aires), quienes firmaron el dictamen de mayoría.

La figura del infanticidio fue derogado en 1994 mediante la ley 24.410, lo cual ha implicado que todos los supuestos en que la madre da muerte a su hijo (filicidio) constituyan un homicidio agravado por el vínculo, al cual le corresponde una pena privativa de la libertad perpetua (artículo 80 del Código Penal), a menos que se considere que están presentes las circunstancias extraordinarias de atenuación determinando que la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de privación de la libertad. Si se aprueba esta ley, será excarcelable. (Agencia OPI Santa Cruz)

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38 COMENTARIOS

  1. Es decir, que esta en proceso de ser tratado`por dipùtados , cuando ? Y ninguno de los otros diputadas/os por Santa Cruz estan en la comison y como votaron ? Y habria que leer todo el proyecto y no sacar unas lineas de contexto para ver que es exactamente lo que se promueve, ademas de conocer el trasfondo de la cuestion, porque cual es lo ” practico” y quienes son “Urgente 24 com” , ya que en este portal no dicen .Y en que parte del portal esta la nota ?

  2. PERDON??, entendí bién, no van a la cárcel?, esta Diputada es Madre?, tiene Madre?, me parece horroroso lo que está haciendo, Dios ilumine al resto de los Diputados y ponga piedad en sus almas y la rechasen, y a su vez rechasen a esa Diputada

  3. Y que esperaban??? estos radicales no se diferencian en nada a los garcas que estan en el oficialismo. Mirá que legalizar el crimen de un bebé es justicia social no??? pero son de cuarta… retrógrados. esta mujer es madre?. Digo no, uno puede estar o no de acuerdo con el aborto de un embrión de 2 meses y es discutible el hecho de si la vida empieza o no allí, ahora, cuando has tenido a un hijo, lo ves, lo tocás, luego de llevarlo 9 meses en la panza y no sentis remordimiento matándolo de distinta manera es decir: lo podés ahogar, tirarlo al basural para que se muera, darle un gope en la cabeza etc etc….. y esa mujer no paga con su libertad un asesinato de este tipo::: ES INCONSEBIBLE QUE UNA MUJER COMO LA DIPUTADA VOTE TAMAÑO DESPROPOSITO. Bueno, pero que podemos esperar de esta mujer que se encontró con el cargo. Ni ella pensaba ganar. Este es el producto de nuestra sociedad. Ahora andá a cantarle aGardel, lo único que nos queda es putearla por este foro y cuando la veamos en la calle escracharla por asesina.
    Además, sería bueno que EDUARDO COSTA de respuest aporque el la llevó a esta mina a la rastra en su lista. DEJENSE DE JODER RADICALES, de los peronchos se puede esperar, pero se entiene que Uds tendrían que ser mejores no???? PUUUUAAAAAJJJJJJJJJJ

  4. EL RADICFALISMO LOCAL TENDRIA QUE SALIR A DAR EXPLICACION POR LA POSICION TOMADA POR ESTA MUJER NO?. COINCIDO CON POSTEOS ANTERIORES PARA QUE COSTA MAXIMO EXPONENTE DE LA UCR O FREDDY EXPLIQUEN LA ACTITUD DE ESTA MUJER. DEL OFICIALISMO PODEMOS ESPERAR CUALQUIER COSA, PERO SI TIENE SU RAZONES QUE LA EXPLICQUE. QUE DIGA PORQUE NO ES PUNIBLE MATAR A UN HIJO RECIEN NACIDO::::::::::: NO CREO QUE TENGA MUCHSO ARGUMENTOS QUE ESGRIMIR ANTE LA OPNION PUBLICA.

  5. che ciudadano, te vi psotear en otras notas y siempre tirando mierda a esta página, porqué no te vas a la puta madre que te recontramil veces pario boludo, andá a leer Prensa Libre como mando Peralta boludo a cuerda, que te venis a hacer el canchero acá seguro debes ser un operador del gobierno. Y a vos OPi no seas boludo y sacale los comentarios a la mierda a este cabrón ¿En qué lado le van a dejar bardear a otros GIL?. tirale los cometarios a la mierda que se vaya a cagar.

  6. hola opi, sabes yo entre a la pagina del congreso y en los proyectos de la diputada no figura la informacion. Sabes si esta desactualizado? Otra cosa. Te consulto, si pones un espacio donde pones terminos de uso y politica de privacidad, no es que los posteos con malas palabras, seran modificados o suprimidos, porque entiendo que alguien este de acuerdo o no con un comentario o que se canse, pero dejar que un posteo de insultos y malas palabras justifique un fastidio de un lector del sitio, no me parece que construya mucho. Sino siempre estamos hablando de intolerancia y derechos y de respetar al otro, pero cuando alguien opina mal o diferente, sale una persona como el del posteo 7 bardeli, que lo raja a puteadas, porque no le gusto y punto. Dejemonos de joder con la intolerancia y si no nos gusta lo que opina otro, expongamos un punto de vista diferente, pero con respeto, que entiendo es el fin de insertar una opinion, no la de insultar a otro. Espero que esto pueda mejorar porque sino el sitio es cualquier cosa y te aclaro yo he comentado a favor o en contra de comentarios, pero exponiendo puntos de vista, no puteando a otro porque no me gusto lo que dijo. Un saludo y seria bueno mejorar esto.

  7. Lo que entiendo que quiere ciudadano, es que se clarifique la fuente de la informacion, que hay de cierto y en que punto de parte preparatoria de la sesion, o en comisiones, donde se encuentra la iniciativa. Que grado de adherencia y que fundamentos tiene?, como para emitir un juicio. Dado que es un tema delicado, donde nadie esta de acuerdo estimo, salvo cuestiones muy sensibles que justifiquen un accionar criminal contra una criatura indefensa, lo cual dudo, pero es necesario saber bien como viene la mano y que fundamentos sostienen los diputados que propician esta iniciativa. Si no cierra claro que nadie va a estar de acuerdo y seria cuestionable el accionar no solo de la diputada por nuestra provincia, sino de todos los integrantes de dicha camara que avalan la misma, debiendose aclarar mucho.

  8. DESPUES SE LLENAN LA BOCA,ACUSANDO LOS PEDOFILOS,SE LLENAN LA BOCA DE LOS DERECHOS HUMANOS,QUE LACRA ESTA BESTIA,Y KUNKEL??QUE SE PODIAESPERAR,DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS,Y ESTA DE ACUERDO CON QUITARLE LA VIDA A UN INOCENTE,QUE PENSARIAN ESTOS,SI FUERAN SUS HIJOS,O NIETOS??PALOS CON ESTOS QUE DE HUMANOS NO TIENEN NADA.

  9. Re Nyc me parece que le estás buscando la quinta pata al gato vos. Está clarito, que más información necesitás para saber que esta mina aprueba la muerte de los hijos en manos de la madre ¿Qué parte no entendiste?. No me vengas con que hay que ver todo bla bla bla…. cualquier justificación que dé es contra natural. ¿Que va a decir? Que bueno, si la madre lo tuvo perop no lo quería lo puede matar…. si es hijo de una violación lo puede matar-…. que si es un hijo nacido de una union extramatrimonial lo puede asesinar total…. después la seguimos con los discapacitados: si la mujer tiene un hijo deficiente lo puede asesinar, eso si, lo tiene que matar enseguida que lo pare…. vamos, es una porquería y esta mujer tendria que dar explicaciones aquí en santa cruz ppor lo que dijo y sostuvo. El electorado tendría que pedirle explicaciones, que venga a explicar su punto de vista y a ver que dice

  10. Pero si esta señora no sabe ni ella como llego a diputada…. vayan a saber, capaz firmo sin leer, o no interpreto bien el texto … lo mas seguro que ahora cuando vio lo que firmo y la repercusion del tema, pide que pasen corrector por encima de su firma… la verdad no me puedo enojar con esta pobre cristiana… eso si a los demas asesinos que quieren excarcelar el infanticido los detesto!!!!

  11. El único derecho que me va quedando en pie es votar y ahora ni pienso votar a la UCR si no me explican con meridiana claridad y con la mirada bajaesto de facilitar, o hasta incentivar, el asesinato de niños recién nacidos. Siento vergüenza ajena por esta mujer, y la nombro, Elsa Álvarez (UCR-Santa Cruz), para que se grabe bien su nombre en los ciudadanos decentes de la Provincia.

  12. Gracias re NyC , Que Bardeli 7 y Gato pardo 13 se pongan al frente y que le hagan juicio a la Diputada. Lo que pasa es que todos se creen jueces o son del FPV. Dejemoslo ahi , ya que ya que evidentemente ni la Alvarez y nadie quieren la muerte de un infante , por tanto hay un gran trasfondo que no se ve y hasta que no se entienda ……………………..

  13. Me gustaría conocer los argumentos de la diputada para estar de acuerdo con que el infanticidio pueda se excarcelable. Por supuesto que no lo apruebo ni aprobaré bajo ningún argumento, pero estaría bueno conocer el suyo para al mismo tiempo conocerla màs a ella ¿no les parece? No se olviden que esta diputada hizo una carrera en la justicia y se jubiló ahi!! en San Julián, Juzgado de Primera Instancia Nº 1.

  14. CUANDO ALGUNO DE ESTOS POLITICOS MALPARIDOS LE TOQUE DE CERCA, QUE UNA HIJA”””””” LES MATE UN NIETO”””” AMPARADA POR LA LEY “””ENFERMA”””” QUE HOY VOTAN, SE DARAN CUENTA LO QUE HICIERON……” DIOS LOS AYUDE” . YO LOS MATARIA A TODOS PARA QUE NO SIGAN ENGENDRANDO MAS POLITICOS SUCIOS.

  15. En realidad el proyecto de Ley corresponde a la Diputada Claudia Rucci, es la Presidente de la Comisión de Familia, mujer, niñez y adolescencia. Lo acompañan varios legisladores.

    Sería muy interesante saber si los que están opinando tienen en claro el por qué los diputados dictaminaron de esta forma.

  16. Bueno!!!! Pero el mio sra con N mayuscula!!!! Mis disculpas. Ah, para quien piensa que la cosa es blanca o negra. Te cuento que en justicia, hay muchos tipos de grises. Uno de ellos es el que habla, o hablaba segun tengo entendido de lo que se llama estado puerperal, el cual le quita imputabilidad a la autora de un infanticidio, dado el estado post parto que puede producir este tipo de conducta, no controlada por la autora. NO QUIERO DECIR CON ESTO QUE LA CONDENA SOCIAL ESTA !!! y humanamente cualquier muerte y con mayor razon de un recien nacido o en gestacion es condenable e inhumano, pero es bueno ver a que se refiere la propuesta en si, para informarme mas, no para opinar porque si y con lo poco que te tira una nota al voleo. Así puedo decidir YO, si este fundamento nuevo presentado es digno de ser escuchado, o digno de ser repudiado. Un saludo

  17. DEPRESIÓN POST-PARTO: MIRADAS MÉDICAS:
    Gregorio Evans M., Mcjohn Vicuña M., Rodrigo Marín; Depresión postparto realidad en el sistema público de atención de salud. Revista Chilena de Obstetricia Ginecológica Vol. 68 Nro.6 (Santiago de Chile:2003) Alberto Moreno Zaconeta, Lucília Domingues Casulari da Motta1, Paulo Sergio França. Depresión postparto: prevalencia de test de rastreo positivo en puérperas del hospital universitario de Brasilia, Brasil. Revista Chilena de Obstetricia Ginecológica Vol. 69. Nro. 3 (Santiago de Chile 2004) Elvira Martínez, Mercedes Toledo, María Pineda y Javier Monleón. La depresión postparto: un estudio exploratorio con una muestra de mujeres valencianas. Revista de Psicopatología y Psicología Clínica. Año 2001, Vol. 6, Nro. 1

    LEGISLACIÓN COMPARADA
    1. CODIGO PENAL VENEZOLANO, artículo 413, anota: “Cuando el delito previsto en el artículo 407 se haya cometido en un niño recién nacido, no inscrito en el Registro del estado civil dentro del término legal, con el objeto de salvar el honor del culpado o la honra de su esposa, de su madre, de su descendiente, hermana o hija adoptiva, la pena señalada en dicho artículo se rebajará de un cuarto a la mitad”.
    2. CODIGO PENAL DE COSTA RICA , artículo 113, establece: “Se impondrá la pena de uno a seis años de prisión: 3) A la madre de buena fama que para ocultar su deshonra diere muerte a su hijo dentro de los tres días siguientes a su nacimiento”.
    3. CODIGO PENAL ECUATORIANO, artículo 453, apunta: “La madre que por ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido, será reprimida con la pena de reclusión menor de tres a seis años. Igual pena se impondrá a los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de la madre, cometieren este delito”.
    4. CODIGO PENAL DE PORTUGAL, artículo 136 (infanticidio), prescribe: “La madre que matare al hijo durante o luego del parto, estando aún bajo su influencia perturbadora o para ocultar su deshonra, será penada con prisión de uno a cinco años”.
    5. CODIGO PENAL DE BRASIL, artículo 123, anota: “(Infanticidio) Matar bajo la influencia del estado puerperal al propio hijo durante el parto o inmediatamente después. Pena: detención de dos a seis años”.
    6. CODIGO PENAL BOLIVIANO ,Art. 258.- (INFANTICIDIO). La madre que, para encubrir su fragilidad o deshonra, diere muerte a su hijo durante el parto o hasta tres días después, incurrirá en privación de libertad de uno a tres años.
    7. CODIGO PENAL COLOMBIANO, Art. 328 (Actualmente en vigencia), “La madre que durante el nacimiento o dentro de los ocho días siguientes matare a su hijo, fruto de acceso carnal violento o abusivo o de inseminación artificial no consentida, incurrirá en arresto de uno a tres años.
    8. CODIGO PENAL CHILENO, Art. 394, anota: “Comenten infanticidio el padre, la madre o los demás ascendientes legítimos o ilegítimos, que dentro de las cuarenta y ocho horas después del parto matan al hijo o descendiente.”
    9. CODIGO PENAL URUGUAYO, El Art. 313 (Infanticidio honoris causa) establece: “Si el delito previsto en el Art. 310 se cometiere sobre la persona de un niño de tres días para salvar el honor propio, del cónyuge o de un pariente cercano, será castigado con seis meses de prisión o cuatro años de penitenciaría. Se entiende por parientes próximos a los padres e hijos legítimos o naturales, reconocidos y declarados tales, los adoptivos y también los hermanos legítimos.”
    10. CODIGO PENAL CUBANO Art. 264 inc. 2, La madre que dentro de las setenta y dos horas posteriores al parto mate al hijo, para ocultar el hecho de haberlo concebido, incurre en sanción de privación de libertad de dos a diez años.

    En estos textos se encuenran los fundamentos de la normativa en estudio que OPI SANTA CRUZ titula, a mi entender, con demasiado descuido, provocando en todos los visitantes una sensación de rechazo y repugnancia que evidentemente está dirigido a dañar el nombre de la Legisladora Alvarez. Es triste ver cómo los medios manipulan la información “Teun Van Dijk” ha escriyto toneladas de material sobre eso. La norma tiende a contemplar una situación “muy íntima y triste” ,pero que es una realidad entre nosotros. Hay un conflicto que se producirá en la interpretación que algunos jueces darán a determinados casos y los legisladores tienen la obligación de evitar que esto suceda, por eso es que se impulsa este proyecto, de ninguna manera responde a un imposición salvaje por parte de la legisladora Álvarez. Por último: “El contrato de lectura” se establece y fortalece cuando los visitantes inferimos honestidad intelectual por parte del medio. ESTO ES UN MAMARACHO.

    • No sabemos quien es Gustavo Olivera, pero quien escribió esto REPUGNA. Si tiene tantas ganas de dirigirse al derecho comparado hágalo con países del primer mundo, no sea parcial ni adecue el pensaminento y el discurso a su interés partidario. No veo la legislación comparada de Francia, EEUU, España, Inglaterra, etc sobre cuestiones que tienen que ver nada mas que con un crimen liso y llano. Es lamentable que se nos critique por disentir sobre una acción aberrante como permitir que una madre mate a un hijo y con cualquier tipo de argucias lograr que la criminal qued een libertad. No hay ningún argumento coherente que le pueda hacer creer a un lector consecuente con la idea de los derechos humanos que esto es derecho y menos humano. Por favor, el crimen es crimen, no los hay buenos ni malos. Lo que ud dice y toma como ejemplo es un verdadero asco. Atte. OPI

  18. Soy radical y me averguenzo de que una legisladora de mi partido, apoye semejante proyecto!! El código penal está bien como está y no debe modificarse ni una sóla coma. Legalizar el asesinato de un ser humano ya me parece escandaloso pero intentar legalizar el homicidio de su propio hijo me parece lo más espeluznante que escuché de estas mierdas de legisladores que tenemos. Esta mina es una impresentable y la gente de san julian debería comenzar a escracharla donde quiera que vaya. Disculpenme lectores de opi, pero no puedo menos que calificarla como una verdadera hija de una carrada de putas!

  19. Desde la mitologia Griega aparece este acto con el “Complejo de Medea”. Pero bien, datos : Canada 8 años – Francia 15 años . EEUU 2 años y en el Estado de Tejas de 180 dias a 2 años – Inglaterra 15 años – España 4 años – en Polonia le dieron a una madre cadena perpetua.. En Sud America en tiempos Mayas e Incas era normal y aceptado el infanticido o filicido , puerperal o no. Opi , averiguen un poco mas . No afecte negativamente el nombre de una persona… a no ser que Ud sea un Juez que haya dado su veredicto luego de un juicio legal???

  20. No se si fui claro. Se entiende que la madre no esta en su sano juicio, debido a la violacion, y por eso se relativiza el crimen. Seria bueno poder acceder a la justificacion del proyecto, para ver q razones incluyeron ellos.

  21. Se trata de una figura atenuada del homicidio agravado por el vinculo,consecuentemente con pena de menor entidad que el homicidio simple o los agravados.
    Actualmente se encuentra derogado,aplicandosé en tal supuesto en el peor de lso casos la pena de Prision o Reclusion de 10 a 25 años,más la accesoria del art. 52 del codigo penal.

    El ex art. 81 inc. 2 (derogado por la ley 24410) rezaba ” Se impondrá reclusión hasta 3 años o prision de 6 meses a 2 años a la madre que, para ocultar su deshonra, matare a su hijo durante el nacimiento o mientras se encontraba bajo la influencia del estado puerperal y a los padres, hermanos,marido e hijos que, para ocultar la deshonra de su hija, hermana, esposa o madre, cometiesen el mismo delito en la circunstancias indicadas en la letra A del inc. 1 de este art. ( c/emoción volenta).

    Y con respecto a la la excarcelación es un beneficio que se concede al procesado, cuando no existen riesgos para la sociedad a causa de la peligrosidad del imputado, de permanecer en libertad mientras dura el proceso judicial en su contra. Surge del principio constitucional de que se presume la inocencia del reo mientras no se demuestre su culpabilidad, y permite no condenar por anticipado.

    Se diferencia de la eximición de prisión en que en ésta la persona aún no ha sido detenida, y en la excarcelación ya ha sido privada de su libertad.

    En Argentina está regulada por el capítulo VII del título IV del Libro II, del Código Procesal Penal de la Nación, junto con la exención de prisión. Puede ser pedida la excarcelación en cualquier estado del proceso, de oficio o a petición de parte, para delitos cuya pena no supere los 8 años de prisión o reclusión o si le correspondiera pena de ejecución condicional, o ya hubiera cumplido la pena solicitada por el fiscal o el tiempo previsto para pedir la libertad condicional, o el tiempo impuesto por sentencia no firme. Se concede bajo caución juratoria, ya sea personal o real.

    Adhiero a tus comentarios,Gustavo Olivera.

  22. Estimado OPI, hoy he visto con un poco de desagrado que es la primera vez que te has cerrado en un concepto, sin ver cuestiones como te explican ESTUDIANTE, GUSTAVO OLIVERA y otros, que no es que ellos esten contra lo que vos opinas. Nadie te dice que esta bien. Ese no es el marco de la discusion, te fuiste del tema puntual. Sino que se trata de una reactivacion de una figura penal derogada, una adecuacion, etc. Es decir una reforma como tantas otras que abundan en el codigo penal o de procedimientos penal, pero eso no quiere decir que la ley en si y de fondo sea plausible, sino justa en general. Es decir busca justicia por la victima, pero a su vez en atencion a los derechos humanos y demas pactos interamericanos firmados por nuestro país, como asi la constitucion misma, tenemos la justicia que nos toca hoy, donde, se debe garantizar inocencia a un imputado hasta que se demuestre que es culpable en un juicio y no antes. No podes tomar como culpable a alguien sin un juicio. Asimismo habla del trato del detenido, la forma de detencion, sus derechos, como en el cual si hay una pena no superior a tres años, se DEBE dictar su excacelamiento lo que no es lo mismo que eximirlo de prision como bien lo indican en este posteo. El imputado sigue sujeto a la causa en esa calidad IMPUTADO y recien cuando tiene una condena en un juicio oral. Es primer instancia, que puede ser recusada hasta la corte suprema de justicia, por lo cual el imputado puede seguir libre, siempre y cuando no sea considerado por quien interpreta la ley conforme todo lo que mencionara que es un peligro para el, terceros o se presumire posibilidad de fuga para lograr impunidad por la sentencia definitiva. Es complicado, pero esto no quiere decir que se este de acuerdo naturalmente o acorde las creencias o acorde a lo que uno entiende como logico, un hecho donde se priva la vida de un recien nacido, pero hay cuestiones que se han tomado a nivel mundial como relevantes para determinar que el imputado pudo actuar en una situacion similar a la emocion violenta, sin ser conciente de sus actos. Eso es un tema de inimputabilidad, si se determina y en nuestro pais ya hay antecedentes. Pero por favor OPI, no cometas el error que tanto criticas. No tomes como un ataque la opinion diferente, sino que aceptala y respalda la tuya con objetividad. Tal vez asi empecemos a escucharnos un poco mas y veamos que cuestiones como esta, se aplican a distintos delitos realmente aberrantes o graves y nos encontramos en la misma situacion. ESO SERIA BUENO PLANTEARLO, VER QUE ES MAS IMPORTANTE LOS PACTOS Y TRATADOS NTERNACIONALES QUE AMPARAN A LOS IMPUTADOS DE UN HECHO, DONDE EL ESTADO POR INTERMEDIO DE LA JUSTICIA TIENE QUE DETERMINAR QUE ES CULPABLE Y NO COMO EN OTROS PAISES, DONDE EL REO DEBE PROBAR SU INOCENCIA. ACA NO SE PRIMAN LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS, SINO DE LOS AUTORES, POR INTERMEDIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, PERO LA BALANZA DE JUSTICIA TIENE QUE SER EQUILIBRADA. SIEMPRE SE VA PARA EL LADO DEL REO Y LA SOCIEDAD QUEDA EXPECTANTE. PLANTEEMOS UNA REFORMA SERIA DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS, DEL CODIGO PENAL, DE LAS PENAS, DE LAS EXCARCELACIONES, DENTRO DE UN MARCO DE JUSTICIA QUE SEA AMPARADO POR LOS DERECHOS HUMANOS PARA TODOS, PERO EN CONCENSO, LO CUAL HOY NO OCURRE. SEAMOS SINCEROS, ESTO TAMBIEN TIENE QUE VER CON LA SEGURIDAD PUBLICA, SI LAS LEYES NO SON REALMENTE JUSTAS PARA LA SOCIEDAD, ENTONCES PIERDEN SENTIDO Y ATENTAN CONTRA LA MISMA. SI LOS TRATADOS Y PACTOS PREEXISTENTES NO ATIENDEN LAS NECESIDADES SOCIALES, TAMBIEN ATENTAN CONTRA LA MISMA. ES NECESARIO UN REPLANTEO, DONDE SE HALLE UN SANO EQUILIBRIO ENTRE TODA LA LEGISLACION PENAL Y PACTOS Y TRATADOS EXISTENTES, FINES QUE UN JUEZ NO DEBA INTERPRETAR LIBREMENTE QUE HACER, SINO QUE ESTE SUJETO A LO QUE DICE LA LEY, SIN ESPACIO A INTERPRETACIONES Y SI ES POSIBLE, PASAR AL SISTEMA DE JURADOS, DONDE REALMENTE SEA LA SOCIEDA QUIEN CONDENE AL REPSONSABLE DE UN DELITO Y NO QUEDE ENTRE LAS PAREDES DE UNA OFICINA Y A CRITERIO DE UN JUEZ O TRES EN UN ESPACIO ORAL. OPI, disculpa, pero es bueno tener opiniones diferentes. Nos hace crecer como sociedad, sino no aprendimos nada en nuestros 200 años, donde mucha gente dio su vida, por pensar diferente y en pos de un pais mejor. Es mejor construir que destruir. un abrazo

  23. Y ASI LE DAMOS PIE Y JUSTIFICACION A TODAS LAS QUE QUIERAN MATAR A SUS HIJOS HACIENDOSE QUE ESTAN BAJO UN ESTADO DEPRESIVO,ASI CUALQUIERA!LA QUE LE GUSTO HACERLOS QUE LOS CRESCA.UN BEBE NO PIDIO VENIR ALMUNDO,SRES LEGISLADORES DE CUARTA Y SIN SENTIMIENTOS,SIEMPRE HACIENDOLE EL CAMINO FACIL A LOS QUE OBRAN MAL.

  24. pd.: como comentara para el derecho, no existe el blanco y negro. Hay tambien grises. Un profesor de derecho, indicaba que en materia de derecho, todo es opinable y defendible. Lo que quiere decir que apoyado en un buen fundamento legal, en el derecho argentino, se puede lograr una sentencia o una libertad de igual forma, siempre que quien esgrima sus fundamentos se sujete a derecho. Esto es viable. No quiero decir que sea aprovable por la sociedad, pero es asi. El ejemplo lo tenemos en la vida real y las reincidencias en los crimenes por delincuentes benficiados por reducciones de penas 2 x 1, extramuros, liberados condicionalmente, etc. Esto es algo tambien que es observado por los derechos humanos y las victimas estan a tu lado. Si, somos todos nosotros, la sociedad en su conjunto. Porque hoy nadie quiere tomar una medida extrema con el delito porque seria calificado de Facho o represor, pero mientras sigamos dejando que esto ocurra, viviremos victimas de un sistema que garantiza la seguridad del delincuente y no la de la sociedad. Rehenes de nuestro propio sistema, sin esperanzas de un cambio a corto plazo. DISCULPEN PERO QUERIA EXPRESARME EN RELACION AL DELITO EN GENERAL QUE YA CANSA Y LA RESPUESTA LA TENEMOS TODOS DICIENDA BASTA. EXIGIENDO DERECHOS HUMANOS PARA LAS VICTIMAS, PARA LOS CIUDADANOS Y NO TANTO PARA LOS HOMICIDAS, VIOLADORES, TRAFICANTES, CHORROS, ETC., ETC.-

  25. la verdad que importa poco lo que las demas leyes de otros paises digan, para mi sigue siendo un asesinato, carcel perpetua, si esta prohibido el aborto por ser un asesinato, esto considero que es peor

  26. por leyes parecida a esta, el pais esta como esta en lo que hace a la delincuencia, cuando conviene estan los derechos humanos, cuando no, es culpa del gobierno represor, pero nunca va a ser culpa de los señores congresales, somos todos giles aca

  27. CUANTA COSA POCO SENSATA…. DISCUTIR SOBRE EL CODIGO PENAL SIN NI SIQUIERA HABERLO TENIDO EN LA MANO! Y ADEMAS A LOS QUE DEMUESTRAN CONOCIMIENTO SE LOS DESCALIFICA O LES CAUSA “ASCO”. EN EL PROYECTO EN CUESTION SE MANTIENE LA CONDENA HASTA 25 AÑOS PARA AQUELLA MUJER QUE MATE A SU HIJO SIN PODER DEMOSTRAR ALTERACIONES PROVOCADAS POR EL PERIODO DE PUERPERIO, CALIFICANDO AL HECHO COMO HOMICIDIO SIMPLE AGRAVADO POR EL VINCULO, O SEA FILICIDIO.
    EL INFANTICIDIO, QUE IGUALMENTE SE CONDENARIA PERO CON UNA PENA MENOR, ES UNA FIGURA QUE SE ELIMINO EN 1994, Y SOLO SE APLICARIA A MUJERES CON SUS FACULTADES PSIQUICAS ALTERADAS EN EL ESTADO DE PUERPERIO, CON ALGUN TIPO DE DISMINUCION MENTAL O CON UN CONTEXTO DE SOLEDAD Y FALTA DE INFORMACION QUE LE IMPIDIERA DENUNCIAR VIOLACIONES GENERALMENTE LLEVADAS A CABO POR FAMILIARES O PERSONAS CERCANAS A SU ENTORNO, MAYORITARIAMENTE RURAL; ” EN MUCHAS OCASIONES EL PARTO SE DA EN SOLEDAD Y EN BAÑOS DE SERVICIO. SIN DUDAS QUE ESTOS CASOS DAN MAS PARA TRATARLOS DESDE LA ASISTENCIA SOCIAL , LA PSICOLOGIA O LA PSIQUIATRIA, QUE DESDE LO PUNIBLE” ( CITO A EUGENIO ZAFFARONI MIEMBRO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA )

  28. ME PARECERIA MUY IMPORTANTE QUE PRIMERO SE LEA EL PROYECTO Y QUE LUEGO SE PUEDA DEBATIR …LO QUE HACE OPI ES COPIAR UNA INFORMACION DE OTRO PORTAL DE INTERNET …PERO EL PROYECTO NO ESTA Y ADEMAS SE TENDRIA QUE SABER CUAL ES EL DIPUTADO QUE IMPULSA EL ESTA PROPUESTA GRACIAS

  29. Ummhh… el artículo de OPI SANTA CRUZ me huele a campaña sucia de prensa contra la Diputada Alvarez, será porque es Radical y ganó en Santa Cruz. Me consta que trabajando para la justicia, siempre se ha preocupado y defendido a las víctimas de violaciones.

  30. PARA COMENTARIO 37.-

    NO PODEMOS METER A TODOS EN LA BOLSA PORQUE UNA “””DIPUTADA””” PIENSE ASI.
    NO SOY RADICAL NI MUCHO MENOS.
    PERO OPINO QUE “”””SI POLITICOS QUE PIENSAN COMO ESTA SRA.ESTAN EN LA CAMARA DE DIPUTADOS”””” PARA LEGISLAR, MEJOR QUE “””””””SE ENTIERRENNNNNNNNNN””””””

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