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Tierra del Fuego promulgó la ley Nº 853 que prohíbe la megaminería o mineria a cielo abierto


29/09 – 10:45 – Marcando un hito en las provincias patagónicas y constituyéndose en la octava provincia de la Argentina que prohíbe la megaminería, la gobernadora Fabiana Ríos y la Legislatura provincial se opusieron por ley a la minería a cielo abierto con el argumento de sostener los principios ambientales preventivos, precautorios y de equidad intergeneracional. Además exigen fondos de compensación y seguros de remediación ambiental para los proyectos en curso, reivindicando, de este modo, la tendencia a resguardar los recursos naturales y el medioambiente (agua, aire, suelo) para las futuras generaciones. Diferencias abismales con Santa Cruz donde todo se permite y con Chubut donde dudan si retroceder o avanzar en este sentido.

Después del duro traspié que tuvo la gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos, con el aumento desproporcionado que se autogestionó la clase política de la provincia, en estos días la gobernadora y el parlamento fueguino se anotaron una victoria ante la opinión pública al sancionar la ley provincial Nº 853 que prohíbe la minería a cielo abierto o megaminería, lo que fue señalado por el Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente, Ariel Martínez, como una política pública del gobierno de Ríos, la regulación de la actividad minera.

Tal como lo refiere el diario El Sureño de Ushuaia, el propio funcionario comunicó la novedad, advirtiendo que con esta decisión política, Tierra del Fuego es la octava provincia en el país que prohíbe la minería a cielo abierto, recordando el funcionario ambiental que la nueva norma provincial tiene como finalidad la aplicación de los principios básicos ambientales preventivos, precautorios y de equidad intergenracional, establecidos en la Ley nacional Nº 25.675, y que busca, según su espíritu – fundamentalmente – garantizar el uso racional y sustentable de los recursos naturales; proteger los recursos hídricos provinciales y compartidos; mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; asegurar la conservación de la diversidad biológica; prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades mineras puedan generar sobre el ambiente; promover la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo; minimizar los riesgos ambientales de la minería; y prevenir emergencias ambientales producidas por la actividad minera.

De esta manera tomando como base las leyes mencionadas, se prohíbe en el territorio de Tierra del Fuego el uso de sustancias en la explotación de los recursos minerales metalíferos, con la modalidad a cielo abierto de gran escala. Se incluyen los procesos de cateo; prospección; exploración; explotación; beneficio e industrialización in situ, cualquiera sea el método, detalla la ley.

El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo provincial, remarca El Sureño, fue girado a la Legislatura a mediados de 2010 y sancionado el 25 de agosto del presente año. Veinte días más tarde, a través del decreto 2108/11, fue promulgada por el Poder Ejecutivo

Los que ya están

La ley prevé que quienes posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales metalíferos, o quienes industrialicen o extraigan de la tierra o cursos de agua dichos minerales “deberán presentar, ante la autoridad de aplicación en el plazo de noventa días, un informe de base que indique la forma en que adecuarán sus explotaciones a las exigencias que por esta ley se establecen”.

Quienes incumplan esta normativa, aclara, “deberán suspender su actividad hasta tanto adecuen sus procesos mineros o industriales”, señalan los considerandos.Sin perjuicio de estas prohibiciones, la ley estipula que los concesionarios de minas de primera categoría “deberán contar, antes del inicio de la actividad, con un seguro de cobertura para garantizar el financiamiento de la compensación del daño que en su tipo pueda producir”.

En ese marco, se determina que la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente, funcionará como autoridad de aplicación y creará un Fondo de Restauración Ambiental, el que posibilitará la instrumentación de acciones de reparación del ambiente afectado por las actividades mineras de primera categoría al momento del cierre de la mina.

El Fondo se constituirá con el 5 por ciento de aportes de los concesionarios. Entre las funciones que tendrá la autoridad de aplicación, se destaca un riguroso seguimiento a cada emprendimiento minero desarrollado en el territorio de la Provincia. Para eso “se efectuarán controles específicos en cada una de las etapas de los proyectos, cuando los mismos afecten cuencas hídricas directa o indirectamente”.

La Secretaría tendrá también como tarea “realizar un relevamiento del pasivo ambiental que se haya generado en exploraciones o explotaciones de minerales metalíferos anteriores a la promulgación de la presente ley, a fin de establecer los niveles de contaminación preexistentes”.

En tanto, en las áreas en las que se detecte contaminación preexistente “se realizarán los procedimientos correspondientes para determinar las responsabilidades y proceder a la restauración ambiental”.

Diferencias abismales

Mientras la gobernadora Ríos y la Cámara de Diputados, llevan adelante medidas concretas para evitarle a las generaciones futuras la destrucción del entorno ambiental y la contaminación física del agua, el aire y el subsuelo, en Santa Cruz se siguen aprobando proyecto de megaminería, en zonas altamente sensibles, por un canon irrisorio y sin ningún tipo de regulación efectiva ni de control, más allá del que pregonan lo papeles oficiales, pero que no se aplica en la práctica.

Más de 80 proyectos están pendientes para dar el zarpazo en Santa Cruz y atacar la riqueza minera en el macizo central del Deseado, aportando regalías paupérrimas y contaminando acuíferos, impactando visualmente el paisaje, a la vez que lixiviando suelos con material altamente contaminante como el cianuro y los poderosos químicos que utiliza la explotación mineralógica, sin hablar – por supuesto – que la megaminería (explosionando el terreno a cielo abierto) emite continuamente “un particulado altamente tóxico que afecta la salud del ser humano expuesto en forma reiterada o permanente a su aspiración”.

En Chubut, mientras tanto, la megaminería está a un paso de hacer realidad su sueño. En este momento las propias autoridades políticas, incluyendo al Gobernador Das Neves y Martín Buzzi, el entrante, se encuentran en la disyuntiva entre obedecer el mandato minero, donde las empresas encabezadas por la Barrick Gold y esponsoreada por el gobierno nacional, embate contra aquellos gobiernos que dudan entre preservar la salud de las generaciones futuras o sacar el oro a cualquier precio.

En Chubut hay una gran resistencia pública a la megaminería y es una de las pocas provincias donde – a diferencia de Tierra del Fuego donde la gobernadora y el parlamento hicieron escuela – quienes más se interesan en la custodia del medio ambiente es el pueblo, con localidades que como Esquel, reaccionan en las calles, mientras la clase política duda.

El gran problema en Chubut es que una ley provincial la convirtió, a instancias de propio das Neves, en una provincia “libre de cianuro” y ahora, para obedecer el mandato de las multinacionales, el mismo gobierno debe tomar la decisión política (incorrecta ante la opinión pública) de desandar el camino de los encendidos discursos dados por Das Neves, donde se ufanaba de cuidar el medio ambiente a rajatabla y sustituírlo por el de la necesidad creciente de los pueblos como Gan Gan, haciendo hincapié en que las cenizas han destruído la economía provincial y se hace necesaria la sustitución de riquezas, razón por lo cual “la minería no es una alternativa despreciable”, dicen, excelente argumento para permitir lo que en otra circunstancia sería “políticamente incorrecto”. Es por ello que ni Das Neves, ni Eliceche, ni Buzzi, se animan a dar batalla en contra de la decisión pública y de los fortalecidos sectores ambientales de su provincia y recurren a la idea del plebiscito, entre otros mecanismos que le quiten peso a la responsabilidad de decidir el futuro de la megaminería en Chubut.

Aquí, en Santa Cruz, mientras tanto, las empresas mineras en combinación con los gobiernos (nacional y provincial) se encuentran corporizados detrás de un mismo objetivo: permitir la explotación mineral a cualquier costo, basándose, especialmente, en la inercia de una sociedad apática a los problemas medioambientales y donde los medios no hablan por temor a perder los favores del sector empresario y gubernamental. (Agencia OPI Santa Cruz)

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6 COMENTARIOS

  1. Prohiben la minería a cielo abierto en gran escala.
    O sea que la subterránea o la de cielo abierto a pequeña escala está permitida?
    Cuales son las 8 provincias?

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