- Publicidad -

Por qué Martín Báez no está detenido y Lázaro Báez podría quedar libre o cumpliendo su pena en libertad

Martín Báez, el hombre de los bolsos
12/09 – 17:00 – Conozca los detalles jurídicos de por qué hoy Martín Báez no se encuentra detenido como el padre y Lázaro sigue a la espera de una resolución judicial que lo podría dejar libre o bien condenado en libertad. Extrañamente la vía judicial tiene tantas y tales interpretaciones, que los legos solemos sentirnos sorprendidos por algunos resultados en contra de las más elementales reglas de la lógica. Si hay tanta prueba, tantos indicios, si existen miles de millones robados, lavados y sus responsables están al alcance de la mano, ¿Cómo es posible que no estén presos aún y muchos de ellos solo tenga que esperar al amparo de la misma ley que debiera castigarlos en nombre de la sociedad?.

Existen dos temas que por estos momentos preocupan a quienes desde el periodismo seguimos la causa de Lázaro Báez. Por qué Martín Báez que conforma las sociedades sospechadas de tráfico de divisas, lavado de dinero y corrupción con la obra pública, configura sociedades off shore (Tigan.Inc), tiene cuentas en Suiza donde hubo movimientos millonarios y se encuentra contando millones de dólares en el video de la Rosadita, no está preso y su padre Lázaro si. Asimismo, por qué Báez sigue detenido si en realidad no hay aún, de parte del Juez una causal concreta de un delito que inicialmente, es excarcelable.

Para entender desde lo jurídico estos temas y los detalles que rodean a estas complicadas causas, entrevistamos al Dr Walter Lasagno, penalista y docente de la UBA (Cátedra: Proceso Penal) por los delitos que se le imputan a Lázaro Báez de lavado de activos (tipificados en el Art 303 del Código Penal) y apropiación indebida de recursos de la seguridad social (tipificado en el art 9 de la ley 24769 del Régimen Penal Tributario, donde los legisladores estipularon una escala penal de 3 a 10 años para el primero y de 2 a 6 años para el segundo de los delitos.

“Cuando una persona comete varios delitos – señaló el abogado – al momento de ser juzgado se debe aplicar una única pena en un único juicio donde se engloben todos los delitos que se le imputan a esa persona; para ello se debe utilizar la regla del artículo 55 del Código Penal que reglamenta el llamado “concurso real de delitos” que dice: “Cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con una misma especie de pena, la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos. Sin embargo, esta suma no podrá exceder de (50) cincuenta años de reclusión o prisión”.

A modo de aclaración, la ley penal argentina reconoce 3 especies de penas que son: la prisión, la multa y la inhabilitación. Algunos delitos contienen una sola especie, otros dos o las tres en conjunto; a los fines excarcelatorios en el concurso de delitos solo debe considerarse la prisión.

En el caso que nos ocupa, el abogado indicó “El artículo 55 del Código Penal nos está diciendo que para armar la escala penal de quién cometió varios delitos debemos tomar el mínimo mayor, en el caso de Báez tenemos 3 años por lavado de activos y 2 de la apropiación indebida de recursos de la Seguridad Social, es decir que el mínimo de la escala va a ser 3 años. Para determinar el máximo de la pena debemos realizar la suma aritmética de los máximos, en el caso concreto 10 años + 6 años, lo que nos daría una escala de 3 a 16 años de prisión”.

“Cabe aclarar – dijo más adelante – que por aplicación de esta regla, si aparecen nuevos delitos de lavado y/o de apropiación de recursos de la seguridad social, va a tener implicancia para determinar el máximo de la escala y no para el mínimo. Por ejemplo, vamos a suponer que aparecieran cuatro hechos más de lavado de activos, la suma de los máximos nos va a dar 56 años, quedando la escala penal para el juicio de 3 a 50 años en razón del tope que impone el último párrafo del art. 55 del Código Penal”.

“Y aquí la importancia del mínimo – aclaró el Dr Lasagno – tal como está la escala penal hoy en día, Lázaro Báez podría ser excarcelado y en caso de ser condenado, que su pena sea de ejecución condicional, es decir, que la cumpla libre”.

Más adelante, cuando se le consultó sobre los motivos por los cuales Martín Báez está libre, la explicación se obtuvo del siguiente análisis:

“El artículo 26 del Código Penal dice – siguió explicando el letrado – que “En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena…” se debe aclara aquí que hace referencia a la pena dada en la sentencia, no a la escala penal. Es decir – continuó explicando – que en el caso que analizamos, como el mínimo de la escala es de 3 años el Tribunal dentro de sus posibilidades, puede dar el mínimo como pena en la sentencia condenatoria y por ende dejar la pena en suspenso; si bien por la cantidad y magnitud de los hechos es poco probable pero no imposible que ello ocurra, esto a su vez, durante la sustanciación del proceso antes de la sentencia, tiene implicancias en la excarcelación y eximición de prisión”.

“Los artículos 316 y 317 del Código de Procedimiento Penal de la Nación, son los que reglamentan dichos institutos, disponiendo en su parte pertinente respecto a este caso en análisis que “Art. 316. El juez calificará el o los hechos de que se trate, y cuando pudiere corresponderle al imputado un máximo no superior a los ocho (8) años de pena privativa de la libertad, podrá eximir de prisión al imputado. No obstante ello, también podrá hacerlo si estimare prima facie que procederá condena de ejecución condicional…..”. Y el art. 317 específico de la excarcelación dice: La excarcelación podrá concederse: 1°) En los supuestos que correspondiere la exención de prisión…”, remarcó citando el plexo legal.

Casanello le negó la excarcelación a Báez y Pérez Gadín

“Considerando el caso en abstracto – prosiguió – conforme a la escala penal cuyo mínimo es de 3 años, da la posibilidad de que la condena sea de ejecución condicional y aquí a los Báez no solo los favorece una ley, sino el fallo plenario “DIAZ BESSONE” de la Cámara Nacional de Casación penal, que determinó que “no basta en materia de excarcelación o eximición de prisión para su denegación la imposibilidad de futura condena de ejecución condicional, o que pudiere corresponderle al imputado una pena privativa de la libertad superior a ocho años (arts. 316 y 317 del C.P.P.N. ), sino que deben valorarse en forma conjunta con otros parámetros tales como los establecidos en el art. 319 del ordenamiento ritual a los fines de determinar la existencia de riesgo procesal”.

Ya sobre las consecuencias y los efectos de lo explicitado, el abogado advirtió “En relación con lo señalado anteriormente, los jueces además de la pena en expectativa deben evaluar los parámetros que impone el artículo 319 del CPPN, es decir que no exista peligro de fuga y/o entorpecimiento en la investigación” y remarcó claramente “Y es solo por esto último y no por los millones y millones que se lo acusa a Báez que se apropió en todos estos años, es que está en prisión preventiva. Está detenido, solo porque viajó a San Fernando “sin plan de vuelo“, dijo.

Más adelante dio una explicación más coloquial al respecto “Supongamos que me acusan de lavados de activos, que tiene una pena de 3 a 10 años de prisión y yo me entero de la maniobra jurídica antes de ir preso, puedo pedir una eximición o exención de prisión, en virtud del artículo 316 de Código de Procedimientos Penal, en el que dice que si me pudieran dar, al momento de sentenciarme, una pena que sea de Ejecución condicional, siendo el mínimo de la escala penal de 3 años, se darían los requisitos que exige el art. 26 explicado ut supra. Ahora, si me meten preso por las dudas (prisión preventiva) y recién allí me entero que me imputan el delito de lavado de activos, ahí tengo que pedir la excarcelación, con los mismos fundamentos que solicité la eximición de prisión en el supuesto anterior. La Única excusa para denegarme la excarcelación o eximición de prisión es la existencia de peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación (ocultar pruebas, incidencia o coacción a los testigos….etc) y ante ese caso, parece que estamos”, concluyó el abogado, graficando de la manera más simple los motivos por los cuales, desde lo jurídico, se interpreta que Martín Báez esté libre y Lázaro aún siga detenido en Ezeiza. (Agencia OPI Santa Cruz)

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

18 COMENTARIOS

  1. Que no exista peligro de fuga es un valor subjetivo. Nada les impide salir hacia Chile o a cualquier otro lado y despues lleva años ubicarlo y extraditarlo. Dinero no les falta para hacerlo y tienen dinero y cuentas en el exterior
    En cuanto al “entorpecimiento en la investigación” es lo que han hecho hasta ahora haciendo desaparecer los dineros robados y ocultando bienes, documentacion, etc.
    Deberían estar presos TODOS (si hubiera justicia, por supuesto)

  2. De ocurrir esto… Que la tripulación del helicóptero presidencial, cargue combustible a tanque lleno. Los que le creyeron que los corruptos iban a ir presos, se están empezando a dar cuenta que una vez más les han mentido. Sigue el baile, nomás…

  3. Todo bien….pero los dineros según la ley de activos financieros y lavado, les son incautados igual. Y eso hay que determinarlo incluyendo bienes en el extranjero y en poder de familiares y testaferros. Con lo que ya se le podría imputar otros delitos y agravar el existente con el de asociación ilícita que es lo que plantean los denunciantes….y otras causas que también lo involucran…..Creo que falta mucho para aventurar un resultado…

  4. Esta es la Argentina en donde todo es posible, mire Ud. sino como TODOS lo chorros, los narcos, los asesinos y los violadores se CAGAN DE RISA EN LA CARA DE TODOS LOS ARGENTINOS.
    ¿Buen mensaje para la juventud, no?… “AFANATE LO QUE QUIERAS, ESO SI GUARDA BIEN MUCHA GUITA ASI CUANDO SALGAS LIBRE LA PODES DISFRUTAR TRANQUILO”.
    Que asco.

  5. Muy buen análisis muy descriptivo. Lo que veo es que la detención de Baez está pendiente d aun hilo, en cualquier momento lo tenemos caminando entre nosotros y saludanonos a la mañana cuando entre al banco como hasta diciembre no??

  6. El planteo es muy claro y me da un poco de medito pensar que con todo lo que se robaron no pase nada….. mmmmm…. ¿Que carajo hacen los legisladores con las leyes y los códigos?… un desastre!. gracias OPI

  7. Muy buen analisis. Solo que faltó el otro aspecto a tener en cuenta para futura condena, es la Dañosidad social terrible que hubo. El dolo evidente. La educación de los responsables etc… para mi, da para los máximos de escalas penales.

  8. QUE ESTAS DICIENDO WILLY ……… SI NO PAGA LO QUE HIZO Y LE SACAN LO ROBADO,,, ESTE GOBIERNO TAMBIEN VA A AFANAR,,, TIENE QUE SER UN CASTIGO EJEMPLIFICADOR A TODOS LOS CORRUPTOS O NO VA A TERMINAR NUNCA NO BUSQUEMOS DE REPETIR LO PASADO Y EMPEZAR A BUSCAR UN PAIS AUNQUE SEA PARA NUESTRO HIJOS O NIETOS PERO CULPABLES EN CANA,,,,

  9. Soy Piloto y me molesta seguir leyendo la misma mentira,… “Falta de Plan de Vuelo”, OPI!,… Lectores,… SIN UN PLAN DE VUELO NI EL MISMISIMO T01 PUEDE VOLAR, ES IMPOSIBLE!!!.

    Primero el avión no puede estar en Plataforma porque se le impide moverlo hasta esa Zona sin haber presentado el PLAN de Vuelo, este Plan es notificado y microfilmado a las distintas áreas de control que Intervienen,en este caso Comodoro Rivadavia, Trelew, Baires, Ezeiza, Todos estan INFORMADOS Y SABEN QUE TAL O CUAL AVION ESTA EN EL AIRE, porque se le asigna un código en el TRANSPONDER, esta es la cédula de identidad del avión que indica donde esta exactamente, al avión tiene asignada una Ruta y un destino Final y ALTERNATIVOS (frente a cualquier emergencia), una altura determinada, una velocidad y se lo sigue hasta que se ATERRIZA, por este servicio se le paga a la Fuerza aerea un fee por kilometro de cobertura y/o seguimiento en el aire…!!!, TODO es monitoreado por la Fuerza Aérea, el ANAC, Comando de Regiones Aereas, controladores, verificadores.

    Una vez que el PLAN DE VUELO esta autorizado, recién ahí Y NO ANTES, se nos autoriza a encender motores y a dirigirnos a buscar LOS PASAJEROS, cumplir con TODAS LAS NORMAS DE CONTROLES VIGENTES ESCANEOS DE EQUIPAJE, declaración de los pasajeros los que quedan asentados en un registro OFICIAL de las PSA donde se indica, hora de salida, destino final, numero de docuemnto y Matricula del Avion, y recién ahí pueden subir recién al Avión que se encuentra en la Plataforma por el permiso de la Torre de control QUE YA TIENE LA ORDEN DEL PLAN DE VUELO AUTORIZADO!!!!.

    Los planes de vuelo vencen cada 30 minutos, si eso ocurre es necesario realizar un nuevo plan o bien pedir una extención del ya presentado, se le solicita a la torre permiso para taxear a la cabecera en uso para realizar el despegue, y esta se lo da y le da paso a la Torre que le AUTORIZA EL DESPEGUE!!!(son 2 operadores distintos)., este segundo operador lee el plan de vuelo y la da las directivas finales para la salida del área de control del aeropuerto.

    Una vez en vuelo se debe seguir a rajatabla el Plan, porque se debe notificar cada punto de referencia indicando la matricula, la altura, velocidad etc..

    SUPONGAMOS QUE ME QUIERO SALIR DEL PLAN DE VUELO Y FUGARME!!!, IMPOSIBLE INVADIR UN ESPACIO AEREO INTERNACIONAL SIN EL CORRESPONDIENTE PLAN DE VUELO AUTORIZADO, SALGO PARA CHILE?!, ME INTERCEPTAN LA FUERZA AEREA ARGENTINA Y LA CHILENA, INCREÍBLE INCIDENTE INTERNACIONAL, LO MISMO URUGUAY Y PARAGUAY Y BOLIVIA, PORQUE DEBERÍA ATRAVESAR TODA LA REPÚBLICA Y TODOS LOS ESPACIOS AEREOS.

    OPI,… el Juez mintió Uds. lo saben muy bien y dicen payasadas, en el Expediente deberia de estar el plan de vuelo que seguramente las autoridades responsables aportaron el comando de regiones aéreas y el mismo aeropuerto de Rio Gallegos, no son boludos y menos se van a dejar llevar por delante como ineptos, porque te aseguro que no lo son!! sino preguntenle al jefe del aeropuerto como se le escapo un avión sin el plan de vuelo? y si asi fué?!, cuando piensa renunciar? y otra reflexión, Perez Gadin, tampoco presento el plan de viaje del Taxi?!.

    Lamentablemente algunos medios son responsables de las grande mentiras por sus propios intereses y a veces de grandes verdades, pero por desconocimiento y a veces por mala leche, hacen lo que hacen.

    RECUERDO QUE EN MI PAIS SE DECIA QUE TODA PERSONA SE PRESUME INOCENTE HASTA QUE SE LE DEMUESTRE!!!!! LO CONTRARIO EN UN JUICIO JUSTO.

    • Piloto de tormentas: OPI fue el primer y único medio que desmintió la inexistencia de un Plan de Vuelo. Por lo tanto, dicha aclaración no es para nosotros. Gracias.

      • Es muy cierto. Desde un comienzo se mintió con respecto a la falta de la documentación de vuelo en cuestión. Opi lo informó en tiempo y modo en forma veraz y correcta. Se metió mal la pata de entrada. Ilegal y torpes. Excelente el análisis de PILOTO DE TORMENTAS.

  10. lo que los abogados suelen olvidarse a la hora de dar notas es que esos articulos son en potencial: PUEDE ser excarcelable, PUEDE ser de condena libre. la clave es la desicion del juez de permitir que eso ocurra. no es lo mismo PUEDE que DEBE. obviamente cuando un juez no le da la derecha al imputado, este apela a la opinion de otro juez y se van pasando la pelota hasta llegar a la corte interamericana de derechos si les alcanza la plata…

  11. Nosotros (los argentinos) leemos desde chicos el “Martin Fierro”, y a muchos les pegó demasiado aquello de “…hacete amigo del juez, no le des de que quejarse, pues siempre es bueno tener, un palenque donde rascarse…” mas o menos. Sumale todas las modificaciones acomodaticias de Leyes y Códigos, tenes el coctel perfecto para hacer “travesuras” y no ser “castigado”.

  12. Aparentemente la culpa de todo, la tendría la Facultad de Derecho?

    Pareciera que nuestro País comenzó a funcionar muy mal a partir de elegir y votar a abogados sin Alma ni Honor, que fueron electos como Presidentes, Senadores y Diputados.

    Dicen los que saben que, la mitad de los libros y materias que se estudian en Derecho, son para lograr que se cumpla la Ley y que la otra mitad son para que los delincuentes queden impunes, quizá algún día tengamos suerte y lleguen al poder solamente los abogados que se preocuparon por leer e interpretar sin artilugios la primera parte de esa noble carrera.

    La única esperanza que hoy tenemos, es la de tener de inquilino en la Rosada a un Ingeniero, al cual algunos delincuentes se empeñan en ponerle palos en las ruedas para impedir que Argentina (NOSOTROS) volvamos a ponernos de pie.

    • Viento:
      Los pilotos Narcos son como los Abogados Narco y como los médicos abortistas y como los presidentes que se lavan las manos con Alcohol cada vez que acarician o tocan algún pobre o como los Senadores, diputados, intendentes que fueron punteros y no conocen ni las villas de emergencias existe el bueno y el malo, pero en relación a tu Pregunta la respuesta es NO!. pero sabes porque? ademas de ser capciosa es una respuesta lógica, porque están al margen de la ley y vuelan aviones monomotor de mas de 40 años, mayormente salen de CAMPOS O RUTAS y vuelan a Baja ALtura para evitar los radares, pasan por las fronteras y TIRAN desde los aviones sus Drogas. PARA ESO NO NECESITAN UN PLAN DE VUELO. AHORA dotalos de un avión de 40 toneladas Jet y ponelos a salir de un campo a 100 nudos y hacelos volar a menos de 50 metros a 600Km. por hora y que aterrizen en la ruta 3 a ver si pueden.
      Hay Ladrones de guantes blanco estimado viento, recorda esto año 2000, explota el payaso (invento Peronista-Radical)de De la Rua Todas las Administradoras de Fondos de pension privadas frente a la delicada situacion Gral. SACAN DEL PAIS VIA UPS (aviones cargueros) MAS DE 30.000 MILLONES DE DOLARES, EL PRESIDENTE INTERINO DUHALDE PESIFICA LA MONEDA, SE SALE DE LA CONVERTIBILIDAD Y PONE EL DOLAR A CASI 3.40 A 1, SABES QUE HICIERON LOS FONDOS DE PENSION?, REPATRIARON 30.000 MILLONES DE PESOS, VALE DECIR QUE CAMBIANDO LA MONEDA SE ROBARON MAS DE 20.000 MILLONES DE DOLARES Y NADIE, NADIE DIJO NUNCA JAMAS NADA.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí