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La exención de Ganancias en el aguinaldo tendrá un efecto de bolsillo de hasta $ 4357

El Gobierno admitió que debería subir el piso de Ganancias, pero aclaró que hoy no es posible
14/10 – 09:20 – El Gobierno anunció que habrá a fin de año $ 15.000 libres del impuesto, siempre que el sueldo bruto no supere los $ 55.000; cómo se pagará el bono de $ 1000

Por: Silvia Stang
Dejar al margen del pago de Ganancias el medio aguinaldo que se cobrará a fin de año significará, para los asalariados alcanzados por la medida, un alivio de hasta $ 4357,50 en la carga impositiva. Ése es el monto que dejarán de tributar quienes, por su nivel de ingresos, pagan la alícuota máxima del impuesto.

La decisión anunciada anteayer por el coordinador del gabinete económico, Mario Quintana, y por el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, implica que quedarán libres del impuesto hasta $ 15.000 del aguinaldo. Esa exclusión regirá para los asalariados que tengan una remuneración bruta de hasta $ 55.000 mensuales. Según dijeron fuentes de la cartera laboral, para ese tope se considerará lo cobrado en diciembre.

Así, por ejemplo, alguien con un salario mensual bruto de $ 50.000 y un medio aguinaldo de $ 25.000, tendrá una parte de este pago afectada por Ganancias: $ 15.000 quedarán eximidos y sobre $ 10.000 sí se tributará. Esa liberación parcial del tributo significará, en este caso, un alivio de $ 4357 en la carga fiscal de este año. De tratarse de una persona con deducciones por cónyuge y dos hijos a su cargo, el impuesto de todo el año pasará de $ 61.574 a $ 57.217. Si se trata de un soltero, el monto pasará de $ 89.419 a $ 85.062 anuales.

En el caso de quien tiene un salario bruto de $ 30.000 y, por tanto, un medio aguinaldo de $ 15.000, la totalidad de este último ingreso quedará exenta. En este caso, se trata de alguien no alcanzado por la alícuota máxima del impuesto y el alivio derivado de liberar el medio aguinaldo de Ganancias será de $ 3362.

Más allá de ese alivio, el reclamo de los tributaristas (al igual que el de dirigentes sindicales) es el de una readecuación de la estructura del impuesto, sobre todo en lo referido a actualizar los valores de la tabla que -en función de varios rangos de ingresos- define qué alícuota se aplicar para calcular el impuesto. Esos valores no se modifican desde el año 2000 y eso determinó la pérdida de progresividad del impuesto.

“La solución pasa por otro lado -analiza Martín Caranta, asociado del Departamento de Impuestos del estudio Lisicki, Litvin-, porque hoy el impuesto se recauda sobre una base ficticia, al no actualizarse los montos.” El contador también cuestionó que la medida sólo abarque a asalariados y no a los autónomos, un grupo que tampoco fue alcanzado por varias de las medidas de alivio impositivo en los últimos años.

Por su parte, un estudio del Ieral, de Fundación Mediterránea, estimó que los cambios que hubo a principios de año en Ganancias, sumados ahora a la exención del medio aguinaldo, llevarían a una mejora del salario real promedio de quienes están alcanzados por el impuesto (descontados los efectos de la inflación) de entre 3% y 5% respecto de 2015. El signo positivo -señala el informe- no alcanzaría, en cambio, a los empleados de menores salarios, que sufrirían una pérdida del poder de compra. Las estimaciones del centro de estudios contemplaron una recomposición nominal promedio salarial de 32% y una inflación de 40% anual.

Al margen de la medida anunciada para la segunda cuota del aguinaldo de este año, está vigente la posibilidad de pedir la exención (con la devolución de lo ya retenido) de la parte del aguinaldo que se cobró a mitad de año. Ese beneficio no es automático y se deben dar ciertas condiciones para solicitarlo: la principal es haber cumplido con las obligaciones tributarias de los últimos años, ya que justamente en este caso la exención se presentó como un premio para quienes no tienen necesidad de adherir al blanqueo de bienes y capitales. Otra condición es no haber pedido el otro beneficio que contempla la ley de sinceramiento fiscal para los cumplidores, es decir, la exención del impuesto a los bienes personales para los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018.

El pago del bono

La otra parte de la medida sobre ingresos anunciada anteayer por el Gobierno se refiere al pago adicional de $ 1000 a fin de año. Son dos los grupos sociales que recibirán esa compensación: los jubilados de menores ingresos y las familias que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH). El Ministerio de Trabajo aclaró ayer que el ingreso extra, en el caso de quienes perciben esta prestación social, será por familia y no por cada niño.

En cuanto a los jubilados, el pago de $ 1000 en diciembre será para los que cobren el haber mínimo, que está fijado en $ 5661 mensuales desde el mes pasado. Y, además, quienes perciben entre ese monto y $ 6661 recibirán una asignación especial hasta completar un ingreso equivalente a esta segunda cifra. Por ejemplo, alguien con un haber mensual de $ 6000 percibirá un monto extra de $ 661; o si se cobran $ 6200 mensuales, el plus será de $ 461. (La Nación)

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