Modificación en las tasas de intereses para deudas tributarias

El Gobierno nacional ha realizado cambios en el esquema de tasas de intereses resarcitorios para deudas tributarias, pasando de valores fijos a variables con actualización bimestral a partir del 1 de febrero. La medida se estableció a través de la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

Las tasas de intereses resarcitorios por falta de pago de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras dejarán de ser fijas y se ajustarán cada dos meses. Según el tributarista Sebastián Domínguez, la tasa de intereses resarcitorios pasará del 5,91% a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco Nación Argentina (BNA), lo que elevará la tasa a poco más del 15% mensual.

Asimismo, la tasa de intereses punitorios pasará del 7,37% a 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del BNA, alcanzando casi el 18% mensual. Sin embargo, las tasas de intereses resarcitorios y punitorios para deudas en dólares se mantendrán en 0,83% mensual y 1% mensual, respectivamente.

En el caso de devoluciones, acciones de repetición, reintegros y otros casos, se aplicará la tasa de depósitos a 30 días publicada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Hasta el momento, la tasa era fija en 3,84%.

Estos cambios buscan ajustar las tasas de interés a la realidad económica actual y podrían afectar el financiamiento de los contribuyentes a través de planes de pago de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La modificación también genera discusiones sobre la equidad en las tasas aplicadas en diferentes situaciones, como demoras en pagos y devoluciones por parte de la AFIP. (Agencia OPI Santa Cruz) Con información de NA

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