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Los servicios digitales le dejaron al país más de $700 millones en impuestos


11:00 En tiempos en que reducir el déficit fiscal es la principal meta del Gobierno, los servicios digitales, tales como Netflix , Spotify y HBO , aportaron a las arcas del fisco más de $700 millones (o US$19 millones) en pago de impuestos en apenas cuatro meses, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Por: Sofía Diamante
Recién el 27 de junio pasado comenzó a regir el impuesto al valor agregado (IVA) sobre “los servicios digitales prestados por sujetos residentes o domiciliados en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país”. Es una alícuota del 21% sobre el costo final del servicio.

Para el fisco, las empresas internacionales de servicios digitales son de dos tipos: las que prestan servicios “puros” (por ejemplo, Skype o Dropbox) y las que además venden otros bienes y servicios, como Amazon o Airbnb. Según indicaron en el fisco, la lista de compañías digitales que tributan IVA se actualiza cada mes.

Entre las que están alcanzadas por el impuesto, además de las mencionadas, hay medios de comunicación, como The Financial Times, Bloomberg y The New York Times; aplicaciones de citas, como Tinder y Happn; reproductores de música, como Deezer y iTunes, y juegos online, como Sega y Playstation Network.

Figuran en el listado también, las empresas que ofrecen de manera gratuita el servicio para el consumidor, pero tributan el IVA por lo que cobran con el servicio de publicidad, como Twitter, Instagram, Facebook y LinkedIn. Vale aclarar que la descarga de libros digitales se encuentra exenta del IVA.

La firma que al momento no tributa el IVA con esta normativa es Uber, ya que la compañía todavía no está inscripta en la Argentina, según indicaron en la AFIP, por más que su aplicación funcione en el país, tenga “conductores” y haya un comercial suyo en televisión. El organismo recaudador tampoco tendría un mecanismo de retener el impuesto, ya que los usuarios no pueden pagar con tarjeta de crédito local, solo pueden hacerlo con efectivo (o con algún medio de pago internacional).

Por otro lado, existe la figura de “agregadores” (MercadoPago o PayPal, entre otros) que se utilizan para abonar el servicio digital y que suman el IVA a la transacción que se realice para comprar estos servicios. Para quienes pagan un servicio con una tarjeta de crédito del exterior se genera un VEP y pueden pagar ese IVA adeudado trimestralmente.

“Estas empresas van cambiando de nombre para evitar ser identificadas. Por eso, todos los meses, la AFIP publica una nueva lista actualizada de los prestadores alcanzados”, ratificaron fuentes de la entidad que dirige Leandro Cuccioli.

Base imponible

Desde que comenzó a regir la norma, en su primer mes de implementación solo se habían recaudado $139.544.284 con 1.393.517 de sujetos percibidos. Pero el mes pasado -último dato disponible- el ingreso por esta percepción se duplicó a $283.451.031, con el doble de sujetos percibidos: 2.921.958.

El aumento en la recaudación fue además a pesar de la devaluación: en junio, por ejemplo, la percepción promedio por cada operación eran 127 pesos, equivalentes en su momento a cinco dólares. Pero en septiembre el monto retenido en promedio cayó a 90 pesos, que corresponde a dos dólares.

Las compañías prestadoras de servicios, en general, no aumentaron sus precios en el año a pesar de haber decidido cobrar en pesos y no en dólares, como lo hacían en un primer momento. Netflix, por ejemplo, mantiene el costo de $129 (sin impuestos) para el paquete básico, por lo menos de abril, aunque desde fines de junio cobra $27,09 extra por el IVA. Ante la consulta de LA NACION acerca de si la cantidad de suscriptores se vio afectada por el pago del impuesto, en la compañía prefirieron no hacer comentarios sobre el tema.

La disposición de cobrar IVA a este tipo de compañías nació en la reforma tributaria aprobada a fin del año pasado, que fue reglamentada por el Poder Ejecutivo mediante el decreto N° 354, del 23 de abril pasado. Luego, la AFIP, a través de su resolución general 4240, reglamentó la forma en que se paga el IVA sobre los servicios digitales. (La Nación)

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