Ganancias y Bienes Personales: prorrogan una declaración informativa, pero no el pago de los impuestos

Impuesto a las ganancias – Foto:

Por: Silvia Stang

Quienes durante todo el año pasado hayan percibido al menos 2 millones de pesos, sumando conceptos como salarios, facturación del monotributo o jubilaciones, deberán presentarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una declaración informativa de sus ingresos, sus gastos y sus patrimonios. Y, para cumplir con ese trámite, tendrán tiempo hasta el lunes 31 de agosto.

Así lo comunicó el organismo de recaudación de impuestos, que decidió prorrogar la fecha tope para esas presentaciones de carácter informativo correspondientes a Ganancias y Bienes Personales (hasta ahora, el vencimiento de esa obligación fiscal iba a ser el 31 del actual mes de julio). Además, se eleva de 1,5 millones de pesos a 2 millones de pesos el umbral de ingresos anuales que define quiénes están obligados a hacer ese trámite.

Se trata, específicamente, de personas que no están inscriptas en esos tributos ni quedan alcanzadas por ellos ahora, según los parámetros dispuestos para las obligaciones correspondientes a 2019. Por eso, se trata de una declaración “informativa” y no “determinativa”. Para estas últimas presentaciones, que son las que corresponden a quienes efectivamente tributan, no hay prórroga dispuesta, como así tampoco la hay para los pagos.

La decisión se formalizará con la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 4676. Según un comunicado emitido por la AFIP, la medida se tomó con la intención de facilitar el cumplimiento de los contribuyentes y el trabajo de los contadores, en el marco del aislamiento obligatorio dispuesto por la pandemia de Covid-19.

Lo cierto es que la falta de actualización del monto de ingresos obtenidos en 2019 para determinar a quiénes les corresponde cumplir con este trámite iba a provocar, tal como había informado LA NACION, que más personas quedaran alcanzadas por la exigencia fiscal, incluso habiendo sufrido una pérdida en el poder adquisitivo de sus ingresos o apenas habiéndolo mantenido.

El monto de $1,5 millones rigió para las presentaciones que hubo que hacer el año pasado, referidas a las obligaciones tributarias por el año 2018. Mantener la misma cifra habría significado no reconocer ni siquiera parcialmente los efectos de la inflación, que en 2019 fue de 53,8% según el índice del Indec, mientras que los salarios formales de la economía avanzaron el año pasado un 47%, de acuerdo con la evolución que mostró la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Entidades que nuclean a los contadores, como el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, habían reclamado en los últimos días, en notas enviadas a la administradora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, una reprogramación de la presentación de todas las declaraciones juradas y de los pagos vinculados con estos tributos.

Lo decidido por la AFIP, sin embargo, no alcanza a quienes deben hacer sus declaraciones “determinativas” y pagar los impuestos, dada su condición de inscriptos o dado el valor de sus patrimonios.

De esa manera, y en caso de no mediar otra medida de prórroga, el viernes de esta semana comenzará el calendario de vencimientos para los contribuyentes a los que les corresponde tributar por el período 2019. En el caso de Bienes Personales, son quienes al 31 de diciembre pasado tenían activos por al menos 2 millones de pesos, valuados según las normativas dispuestas en particular para este tributo. La vivienda está exenta, por un monto de hasta $18 millones.

Los vencimientos serán, concretamente, los días 24, 27 y 28 de julio para hacer la declaración jurada, según se tenga CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 (el 24); en 4, 5 y 6 (el 27) o en 7, 8 y 9 (el 28). Y los pagos del impuesto que surja, en cada caso, deberán ingresarse los días 27, 28 y 29, siempre de este mes. (La Nación)

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