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“Ruta del dinero K”: volvieron a rechazar el pedido de excarcelación de Martín Báez

Lázaro y Martín Báez sentados en el banquillo de los acusados – Foto: Clarín

Así lo dispuso Cámara Federal de Casación Penal tras el recurso de casación que interpuso la defensa del hijo del empresario kirchnerista Lázaro Báez.

La Justicia rechazó este jueves el pedido de excarcelación que presentó Martín Báez, quien se encuentra detenido en el penal de Ezeiza por la causa conocida como  “la Ruta del dinero K”.

La decisión la tomó la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que preside Mariano Hernán Borinsky y que integra también Javier Carbajo. Los letrados confirmaron del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4) de la Capital Federal.

Martín Báez, hijo del empresario kirchnerista Lázaro Báez, se encuentra detenido por el “delito de lavado de activos doblemente agravado, en orden a demás maniobras financieras, societarias y bancarias, que se encuentra en la última etapa del juicio oral”, recordaron desde la Cámara.

La Sala IV entendió que “el tribunal de grado -a diferencia de un pronunciamiento anterior- brindó debido tratamiento a aquellos planteos formulados por la defensa del imputado contra una nueva denegatoria de su excarcelación”.

Consideraron por ello que “el tribunal de juicio analizó la concreta existencia de peligro de fuga y de entorpecimiento para la averiguación de la verdad a la luz de las pautas vigentes del nuevo Código Procesal Penal Federal”.

En su definición, la Sala IV también interpretó que el TOF 4  “brindó nuevos fundamentos” para su decisión  “y detalló aquellas circunstancias vinculadas al movimiento de dinero que habría realizado el acusado durante el juicio -luego de la prohibición impuesta en su procesamiento- en cuentas radicadas en bancos extranjeros”.

Se recordó que, con esos argumentos, se planteó la “sospecha de que el imputado podría intentar asegurar el provecho del delito o la continuidad de su ejecución (art. 222, inc. “b” del C.P.P.F.), lo que justificaría la mantención de la actual modalidad de prisión preventiva como medio idóneo para impedir la continuación de tal accionar”.

También se contempló que “el sentenciante aludió al avanzado estado del proceso; en el que cabe destacar, las partes acusadoras culminaron sus alegatos finales y solicitaron penas –la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pidió siete (7) años y seis (6) meses, mientras que la Unidad de Investigación Financiera (UIF) y la Oficina Anticorrupción peticionaron ocho (8) años, y el Ministerio Público Fiscal nueve (9) años de prisión-, por lo que infirieron que ello aumentaría los riesgos procesales, ante un eventual pronunciamiento condenatorio”. (Clarín)

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