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AFIP: extiende hasta fin de año los beneficios destinados a aliviar el impacto de la pandemia

La AFIP pide un polémico permiso para ingresar en un plan de asistencia

Según publica La Nación La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó su decisión de extender hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia de Covid-19 y facilitar los trámites de los contribuyentes durante la emergencia sanitaria.

A través de las resoluciones generales 4863/2020, 4866/2020, 4867/2020 y 4868/2020 publicadas en el Boletín Oficial, la entidad financiera, dirigida por Mercedes Marcó del Pont, estableció la prórroga de los distintos beneficios.

Antes la AFIP establecía la baja del régimen cuando no se abonaban diez cuotas consecutivas, pero desde marzo, y ahora hasta noviembre inclusive, ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones.

En tanto, otra de las resoluciones generales prorroga la suspensión de los embargos hasta el último día del año para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro Mipyme. La normativa también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Con el “objetivo de facilitar la realización de distintos trámites”, la tercera resolución decretó que se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales. Los beneficiarios deben contar con clave fiscal, domicilio fiscal “electrónico, registrado y confirmado”. No hace falta que los contribuyentes asistan a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Y por último, la resolución extendió también hasta dicha fecha los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes. (La Nación)

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