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Revés clave para Cristina Kirchner: la Cámara de Casación le rechazó un recurso y avaló la Ley del Arrepentido en el caso Cuadernos

Desafiante y casi a los gritos, Cristina Kirchner exhibió su poder ante los jueces

Según publica Clarín El tribunal con un voto mayoritario, rechazó un pedido de Cristina Kirchner y así se confirman sentencias anteriores que avalan el trabajo del juez Bonadio y el fiscal Stornelli. El caso tiene 31 arrepentidos.

Por: Lucía Salinas

Pese al insistente planteo de las defensas de varios ex funcionarios Kirchneristas, al que se plegó la asesoría letrada de Cristina Kirchner, la Cámara de Casación resolvió que la Ley del Imputado Colaborador es constitucional. La discusión se libró en el marco de la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas, donde la principal acusada es la vicepresidenta. De esta manera se convalidó el status con el que cuentan los 31 arrepentidos del expediente y se propinó un duro golpe a la estrategia K para voltear el caso. El voto de la Sala I fue mayoritario, siendo los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña quienes se pronunciaron a favor de la norma, con la disidencia de Ana María Figueroa.

La causa en la que Cristina Kirchner está procesada y enviada a juicio oral como jefa de una asociación ilícita que se dedicó a la recaudación de fondos ilegales, cuenta con 31 imputados colaboradores. Se trata, según la Justicia, del mayor “escándalo de corrupción de los últimos 20 años”. Además, nunca un caso había contado con tantos arrepentidos. Justamente eso es lo que buscaron deslegitimar varios abogados que representan a ex funcionarios kirchneristas.

La discusión se centró primero en cómo se aplicó la Ley que se votó durante el gobierno de Mauricio Macri tras una iniciativa de Sergio Massa. El principal reclamo, fue que los testimonios no fueron filmados ni grabados. El articulado bajo cuestión de la normativa, habla de medios técnicos idóneos, algo que se prestó para diversas interpretaciones. Para el fiscal Carlos Stornelli bastaba con las actas firmadas por los imputados y sus respectivos abogados. Después venía la instancia de homologación ante el juez Bonadio, que en doce meses dio por comprobados los dichos de los arrepentidos. Esto llevaba arraigado otro tema: si los imputados mentían, no sólo perdían todos los beneficios, sino que además quedaban acusados por un delito mayor: falso testimonio agravado.

Sin embargo, las defensas de Julio De Vido y  de Juan Carlos Lascurain y Camilo Gómez, remarcaron que no era suficiente al acta de colaboración como respaldo de los dichos de los arrepentidos, poniendo bajo la lupa cómo se realizaron aquellas confesiones, denunciar que podrían haber sido direccionadas o bajo coacción. Fueron más allá y sostuvieron directamente que la Ley era inconstitucional. Por eso la discusión llegó hasta la Cámara de Casación, con el expediente ya elevado a juicio oral.

Con un voto dividido, se rechazaron los reclamos de las defensas ya que a esos planteos adhirieron varios abogados en representación de otros imputados. La decisión es un durísimo golpe para la vicepresidenta y sus ex funcionarios acusados por el sistema de coimas que habría funcionado habitualmente bajo los anteriores gobiernos K, remarca la acusación.

Los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña fueron quienes no hicieron lugar a los planteos formulados por las defensas que buscaban que se declare la inconstitucionalidad de la Ley del Imputado colaborador. En el fallo de 200 páginas al que accedió Clarín, los magistrados recuperaron parte de lo planteado por el fiscal ante la Casación, Raúl Plee avaló lo actuado por los fiscales Stornelli y Carlos Rívolo que tomaron los testimonios a los arrepentidos.

“Los registros de todas las colaboraciones prestadas por imputados que se acogieron al régimen de la Ley 27.304 fueron agregados bajo la forma de actas en sus respectivos legajos, las que se encuentran rubricadas por esos imputados, sus abogados defensores y los fiscales de la primera instancia; legajos en los que también están anexadas las actas de homologación suscriptas por las mismas personas y por el juez de la primera instancia, quedando así homologados los acuerdos referidos”, había señalado el fiscal Plee.

El juez Barroetaveña se remitió en su voto, al respaldo que la Ley del Arrepentido y los dichos de los 31 colaboradores tuvieron en la Cámara federal porteña. En su planteo señaló que declarar la inconstitucionalidad de una normativa, es “una decisión de tal magnitud desequilibraría el sistema constitucional de los tres poderes, que no está fundado en la posibilidad de que cada uno de ellos actúe destruyendo la función de los otros, sino que lo haga con la armonía que exige el cumplimiento de los fines del Estado y para lo cual se requiere el respeto de las normas constitucionales y del poder encargado de dictar la ley”.

En tal sentido, indicó que las defensas de De Vido y demás acusado, “deberían demostrar, de manera concreta y específica, de qué modo la norma cuya inconstitucionalidad alegan viola garantías y derechos reconocidos por la Carta Magna y, en ese ámbito de discusión, quedarán al margen del examen las motivaciones y finalidades que inspiraron a los legisladores para sancionar la norma en trato”. (Clarín)

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