- Publicidad -

El fiscal opinó que debe hacer el juicio contra Cristina Kirchner y sus hijos por lavado de dinero

Lázaro Báez junto a la vicepresindente de la nación Cristina Kirchner en el mausoleo de la familia en Río Gallegos - Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz
Cristina Kirchner junto a Lázaro Báez en el mausoleo de la familia Kirchner – Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz

Según publica Clarín Diego Velasco respondió al TOF 5 que los casos Hotesur y Los Sauces deben resolverse con el proceso habitual. La vicepresidenta había pedido su absolución.

Por: Lucía Salinas

El fiscal federal Diego Velasco sostuvo ante el Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) que el juicio en los casos Hotesur SA y Los Sauces SA -las empresas de la familia Kirchner investigadas por lavado dinero- debe realizarse, y en ese marco determinar si la vicepresidenta, sus hijos Máximo y Florencia, Lázaro Báez, entre otros imputados, son culpables o inocentes. El planteo se formuló ante el pedido de sobreseimiento de Cristina Kirchner.

“Vengo a contestar la vista de 2300 páginas que me fuera corrida por el término de 3 días, adelantando que se postulará el RECHAZO “IN LIMINE” de todos los planteos realizados por las defensas, toda vez que se advierte de los argumentos brindados que los mismos ya fueron tratados en anteriores resoluciones judiciales de diversas instancias”, inicia el escrito del fiscal al que accedió Clarín.

Como ocurrió con los casos Dólar Futuro y Pacto con Irán (la investigación que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman), la vicepresidenta pidió ser sobreseída sin la realización del juicio oral. En el primer caso fue la Cámara de Casación la que resolvió que el expediente por las operaciones con el dólar futuro sea anulado. En el segundo, el Tribunal que debía realizar el debate resolvió no hacerlo y por “inexistencia del delito” sobreseyó a los acusados.

Ahora, en la causa más sensible para la vicepresidenta -porque involucra a sus hijos Máximo y Florencia- solicitó lo mismo: que el Tribunal integrado por los jueces Daniel Obligado, Adriana Pallioti y Adrián Grunberg, dicte un sobreseimiento y así se anule todo el caso que fue elevado a juicio oral hace tres años.

Con esos antecedentes, el fiscal señaló que los Tribunales “NO pueden desnaturalizar las reglas de la etapa en que se encuentra la investigación, alterando la finalidad de conducir del modo más rápido posible al debate donde se defina la responsabilidad de los imputados, garantizándose no solo los derechos de la defensa sino que también los de la acusación”.

En ese mismo sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el pedido de sobreseimiento sin realizar el juicio oral, no corresponde, “es que los jueces de esta etapa NO tienen jurisdicción para resolver lo que en este momento se plantea y que recién se habilitaría la misma una vez iniciado el debate”.

En estas dos causas se investigaron los negocios familiares de los Kirchner, realizados mientras estaban en la cima del poder y junto con los contratistas de obra pública Lázaro Báez y Cristóbal López. Por un lado, en Hotesur -firma dedicada al rubro hotelero- se analizaron los negocios con Báez, responsable de administrar tres hoteles de la familia Kirchner. En el caso de Los Sauces, se planteó una estructura de lavado de activos a través de la simulación de alquileres de propiedades que administraba esa inmobiliaria familiar.

En el caso de Los Sauces se estimaron operaciones por encima de 30 millones de pesos, y con la empresa hotelera la justicia cree que se blanquearon unos 80 millones de pesos. En ambos casos intervino Báez con su holding, el cual en simultáneo tenía como único cliente al Estado nacional.

El pedido de sobreseimiento se sustentó en “la inexistencia de los supuestos delitos precedentes de las maniobras de lavado de activos imputadas”, al entender que los fondos aplicados a los alquileres cuestionados “estaban bancarizados y fueron efectuados mediante cheques o transferencias bancarias”.

Al responder a los argumentos del abogado de Cristina Kirchner, Velasco indicó que tales planteos “acarrean una total afectación al principio de contradicción, transparencia y publicidad de los actos jurisdiccionales, y a las reglas del debate por pretender una ficción de juicio, en la cual se afectaría el método de valoración probatoria de la sana critica racional al realizarse una valoración parcial de la prueba que aún se encuentra incompleta”.

Este último punto refiere a dos pericias requeridas por Cristina Kirchner y Lázaro Báez sobre todos los contratos celebrados. Una de ellas se entregará al TOF 5 en diciembre y la otra en marzo del próximo año. Pese a encontrarse en pleno proceso, la vicepresidenta pidió la nulidad del caso.

Aquellas cuestiones consideradas “de fondo” en cuanto a las acusaciones que pesan sobre la vicepresidenta y sus hijos “están reservadas al debate oral y público, donde la amplitud del derecho de defensa se consagra”, indicó Velasco.

Ante el análisis de los argumentos formulados por Cristina para evitar el juicio por lavado de dinero, el fiscal recordó que el juicio es la instancia “en la que se resuelven definitivamente las cuestiones de prueba y de procedimiento; y a partir de ellos se podrán recurrir la sentencia y las cuestiones procesales que se rechacen pudiendo concurrir inclusive a la Corte Suprema de Justicia”.

Los Kirchner indicaron que el juicio no debe celebrarse porque no hubo lavado de dinero: “teniendo en cuenta la perfecta trazabilidad de todo el dinero que fue recibido en las cuentas de Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., se advierte que en los pagos cuestionados no solo intervienen las entidades bancarias en las que estas sociedades registraban sus cuentas, sino también los bancos con los cuales operaban las empresas locatarias”, sostuvieron.

La defensa a cargo de Carlos Beraldi entiende que no hay “elementos jurídicos” para llevar adelante el debate oral por eso indicó que “resulta imperativo dictar el sobreseimiento”. Habló en este punto de que con la “inexistencia del supuesto delito de lavado de activos, queda vacía de contenido la imputación por el delito de asociación ilícita, conformada, según la hipótesis acusatoria, para la comisión de tal infracción penal, razón por la cual, desde nuestra perspectiva, ella debe correr idéntica suerte”.

Beraldi remarcó que Máximo y Florencia Kirchner “recién pasaron a detentar el 100% del paquete accionario de Hotesur S.A. y Los Sauces S.A. a partir del año 2016. Ello, como consecuencia de actos jurídicos cuya validez fue judicialmente corroborada”. Entonces, resaltó que la hija de la vicepresidenta “cuando supuestamente se originó la mentada asociación ilícita, apenas tenía doce años de edad; cuando se constituyó Los Sauces S.A., apenas tenía 16 años de edad”.

Se retomó el argumento central de la vicepresidenta en todas las causas que afronta en la justicia federal: “la figura de la asociación ilícita ha sido una constante en la campaña de persecución llevada a cabo en contra de Cristina Fernández de Kirchner”.

Estos dos expedientes -que por cuestiones de economía procesal serán juzgados en un solo proceso oral- quedaron vinculados a la defraudación en la obra pública a favor de Lázaro Báez. La Cámara Federal porteña ya indicó que la corrupción en dicho expediente es el delito precedente de las investigaciones por lavado de activos, es decir, que una porción del dinero que el empresario K percibió por parte del Estado (por ejemplo los sobreprecios en las 51 obras viales) se derivó a los alquileres de las empresas de los Kirchner y finalmente, al patrimonio de los ex Presidentes. (Clarín)

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí