El Gobierno Nacional formalizó la reglamentación de la Ley N° 27.781 mediante el Decreto 1049/2024, estableciendo el uso obligatorio de la Boleta Única de Papel (BUP) en las elecciones nacionales. Este nuevo sistema, que busca garantizar mayor transparencia y equidad, representa un avance significativo en la institucionalidad democrática del país.
Según el decreto, la BUP permitirá que toda la oferta electoral esté disponible en un único instrumento oficial provisto por la Autoridad Electoral. Esto elimina la necesidad de múltiples boletas partidarias, reduciendo potenciales irregularidades y promoviendo la igualdad de condiciones entre los distintos espacios políticos.
El documento detalla las especificaciones técnicas del nuevo formato, incluyendo dimensiones, composición gráfica y elementos de seguridad. Las boletas tendrán entre 25,98 y 66,62 centímetros de ancho, dependiendo de la cantidad de listas participantes. Asimismo, se dispondrá un espacio para la firma del presidente de mesa y datos identificatorios del proceso electoral, garantizando su anonimato y evitando la posibilidad de individualizar boletas específicas.
El decreto también habilita el inicio de procesos licitatorios para la impresión y distribución de las boletas, asegurando una implementación organizada para las próximas elecciones generales. Su vigencia comienza al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Desde el Ejecutivo se destacó que esta reforma “constituye un cambio de paradigma en materia electoral” y permitirá desarrollar estrategias para garantizar su correcta aplicación. La Boleta Única de Papel se posiciona como una herramienta clave para fortalecer la confianza ciudadana en el sistema electoral argentino. (Agencia OPI Santa Cruz)